N° 37446/16 Aviso del Boletín Oficial
PRENDA YA S.A.
Texto del aviso
PRENDA YA S.A.
Se rectifica publicación del 19/5/16 - 33745/16.
ARTICULO TERCERO: La Sociedad tiene por
objeto la realización y prestación, por cuenta
propia o de terceros, o asociada a terceros,
en el país o en el extranjero, de las siguientes
actividades: Adquirir, mantener y administrar
participaciones e inversiones en sociedades
constituidas tanto en el país como en el extran-
jero. Participar en la fundación y constitución
de sociedades, efectuar aportes de capitales
a sociedades existentes o a constituirse para
la financiación de operaciones realizadas o a
realizarse. Comprar, vender, negociar y suscri-
bir toda clase de títulos, acciones, debentures
y demás valores mobiliarios de cualquier natu-
raleza conocida o que se creen en el futuro.-
Tomar y otorgar prestamos con o sin garantía,
a corto, mediano o largo plazo, ya sea en el
país como en el extranjero. Ejercer mandatos,
representaciones, agencias y comisiones, y la
administración de bienes y empresas de so-
ciedades, personas o entidades radicadas en
el país o en el extranjero. En especial, podrá
actuar como agente o mandataria para todo
tipo de operaciones de la naturaleza indicada
anteriormente. Realizar cualquier clase de
operaciones en los mercados de capitales o de
bienes, del país o del extranjero. Podrá, previa
resolución asamblearia, emitir debentures u
obligaciones negociables. Sin perjuicio de que
la sociedad participe en o ejerza el control so-
bre bancos y entidades financieras nacionales
o extranjeras como actividad propia, queda
excluida toda intermediación en la oferta y de-
manda de recursos financieros reglamentada
por leyes especificas, en particular por la Ley
de Entidades Financieras; ello sin perjuicio de
la eventualidad de que la sociedad sea autori-
zada a realizar oferta pública por la Comisión
Nacional de Valores o por cualquier otra Bolsa
o Mercado de Valores del país o del extranjero
y/o realizar convenios y/o acuerdos con entida-
des para la promoción y o comercialización de
sus productos.- Celebrar contratos para operar
como agente institorio de diversas compañias
de seguros y realizar las operaciones com-
prendidas dentro de dichos contratos. Adquirir,
reunir, cancelar o extinguir en cualquiera forma
cualquier póliza, contrato de garantía u otro
efectuado por la Compañía, o prestar dinero
sobre los mismos.- Todas las actividades que
así lo requieran deberán ser realizadas por
profesionales con título habilitante. Autorizado
según instrumento público Esc. Nº 127 de fecha
30/05/2016 Reg. Nº 603
NORBERTO VICTOR FALBO - Matrícula: 3242
C.E.C.B.A.
e. 02/06/2016 N° 37446/16 v. 02/06/2016