N° 37576/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
SECRETARÍA NRO. 28
EDICTO DIARIO BOLETIN OFICIAL
El Juzgado Nacional de Primera Instancia
en lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra.
María del Milagro Paz Posse P.A.S, Secre-
taría Nº 28, a mi cargo, sito en la Av. Ca-
llao 635, piso 2º, de esta ciudad, comunica
por dos días que en los autos: “Lara María
Alejandra s/Quiebra s/Incidente de Venta
de 1/3 indiviso- Mat. 17016/2, San Isidro,
Pcia. de Buenos Aires s/Quiebra (expte:
Com6166/2009/2)”, se ha dispuesto la venta
en pública subasta, al contado y al mejor
postor del 1/3 parte indivisa del inmueble
sito en la calle La Pampa 2381, UF Nº 2, piso
1º, Beccar, San Isidro, Pcia. de Buenos Ai-
res. N.C: Cir. VIII, Secc. C, Manz. 118, Parc.
23, Subparc. 2, Sup. aprox. 248 m2, la que
se realizará en la Oficina de Subastas Judi-
ciales, por intermedio del martillero Tomás
Ortiz de Rozas, sita en Jean Jaures 545,
el día 13 de junio de 2016, a las 10:45 hs,
días de exhibición 9 y 10 de junio de 2016,
de 11:30 a 13:00 hs, Base: $ 400.000. Seña
30%. comisión 3%, arancel Acordada 10/99
CSJN 0,25%, impuesto de sellos, en el acto
de remate y a cargo del comprador. El saldo
de precio deberá ingresarse en el banco de
la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Tribu-
nales, a la orden del juzgado y como perten-
ciente a estas actuaciones, dentro del plazo
de cinco días de aprobado el remate sin ne-
cesidad de notificación a los adquirentes ni
requerimiento previo y bajo apercibimiento
de declararlos postores remisos (art. 584 del
CPCCN). En caso de adeudarse expensas,
tasas, impuestos o contribuciones, las que
corresponda al periodo anterior al decreto
falencial deberán ser objeto de petición ve-
rificatoria, los impuestos inherentes al perio-
do cumplido entre la declaración de quiebra
y las fechas de entrega de posesión serán
reconocidas como acreencias del concurso
y serán solventadas con la preferencia que
corresponda, las devengadas con posterio-
ridad a la toma de posesión estarán a cargo
de los adquirentes. No procede la compra en
comisión ni la cesión de los derechos emer-
gentes del instrumento de adquisición y que
el adquirente que invoque tal carácter será
considerado adquirente definitivo. El com-
prador deberá constituir domicilio dentro del
radio del Juzgado, bajo apercibimiento de
ser notificado de las resoluciones ministerio
legis. Buenos Aires, mes de junio de 2016.
MARIA DEL MILAGRO PAZ POSSE Juez -
MARTIN SARMIENTO LASPIUR SECRETARIO
e. 03/06/2016 N° 37576/16 v. 06/06/2016