N° 38439/16 Aviso del Boletín Oficial
UNIDAD POPULAR MENDOZA
Texto del aviso
UNIDAD POPULAR MENDOZA
Distrito Mendoza
El Juez Federal con Competencia Electoral de
Mendoza - Dr Walter Ricardo Bento - en autos
CNE 13015100/2009, ordena la publicación de
la Resol. Nº 42 /2016 de fecha 24 de mayo de
2016 y del contenido de los artículos reforma-
dos en la Carta Orgánica del partido UNIDAD
POPULAR MENDOZA, que a continuación se
detalla: AUTOS Y VISTOS: Los presentes
n° CNE 13015100/2009, caratulados “P. UNI-
DAD POPULAR MENDOZA S/RECONO-
CIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO” y CON-
SIDERANDO: I.- Que a fs. 1058 se presenta el
apoderado del partido ‘Unidad Popular Mendo-
za’ de este Distrito, adjuntando diversa docu-
mentación relativa al proceso electoral interno
llevado a cabo por el partido. Así adjunta copia
del Libro de Actas desde fs. 77 a 124, surgiendo
de ellas -entre otras-, actas de la Mesa Directi-
va Provincial (fs. 1019/1020) en la que se resuel-
ve convocar a Congreso Extraordinario para
modificar parcialmente el texto legal partidario;
acta del Congreso realizado el día 20 de febrero
último, en el que se resuelve la aprobación de la
reforma de los artículos 16, 23, 24, 26, 34, 60 y
74 (fs. 1022/1030); acta de la Mesa Directiva del
29 de febrero que convoca a elecciones inter-
nas partidarias para el 17 de abril último (fs.
1031/1033); actas de la Junta Electoral que in-
forma los cargos a elegir (fs. 1036/1039) y acta
que proclama la única lista presentada (fs.
1053/1054). Ante dicha presentación y previo a
decretar la presentación de las nuevas autori-
dades, se ordenó a fs. 1061, correr vista de las
modificaciones aludidas al Ministerio Fiscal,
quien a fs. 1062, dictamina no tener objeciones
que formular respecto a la incorporación de los
artículos reformados, con excepción del art. 60,
solicitando se le comunique al partido a los fi-
nes de adecuarse al art. 3 de la ley 23298. II.-
Que tal como se ha señalado, el Congreso Ex-
traordinario, resolvió y aprobó modificaciones
parciales a la Carta Orgánica, por lo que corres-
ponde en primer lugar analizar las reformas in-
troducidas. Así y tal como lo expresa el Ministe-
rio Fiscal, los artículos 16, 23, 24, 26, 34, y 74 no
contradicen ninguna disposición ni principio de
la ley 23.298, “Orgánica de los Partidos Políti-
cos”. Véase que la reforma de los arts. 16 y 23
se refiere a la cantidad de miembros que inte-
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Lunes 6 de junio de 2016
Segunda Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.393
grarán las mesas directivas provincial y depar- 34, y 74 de la Carta Orgánica del partido ‘UNI- Secretario de Cultura y Deportes; j) Secretario próxima convocatoria; k) y Designar a los coor-
tamentales; el art. 24 establece los cargos que DAD POPULAR MENDOZA (Nº 196), de este de Prensa y Propaganda, k) Secretario de Fi- dinadores de equipos técnicos provinciales y
ocuparán en la Mesa Directiva Provincial; los Distrito Mendoza, con excepción del art. 60. 2°) nanzas; l) Secretario de Relaciones Institucio- departamentales. Los coordinadores de equi-
arts. 26 y 34 establecen las atribuciones de los EMPLAZAR al partido para que en el término de nales y Municipales ll); Secretario de Afiliación y pos técnicos departamentales podrán partici-
órganos ejecutivo y deliberativo y el art. 74 re- cinco (5) días presente ante la Secretaria Elec- Padrones m) Secretario de Defensa de Usuarios par en las reuniones de las mesas ejecutivas
fiere a una excepción para la elección interna toral del Juzgado a mi cargo, Anexo en soporte y Consumidores; n) Secretaría de la Mujer; ñ) departamentales correspondientes, con voz
del corriente año. Asimismo cabe mencionar digital con el texto de los artículos aprobados, a Secretaría de Asuntos Gremiales; o) Secretaría pero sin voto. ARTÍCULO 34º: Corresponde al
que dichas reformas fueron aprobados por el los fines de su publicación en el Boletín Oficial y de la Juventud; p) Secretaria de Asuntos de la Congreso Provincial: a) Designar a los miem-
órgano partidario competente, esto es, el Con- notificaciones pertinentes. 3°) Presentado que Tercera Edad; q) Secretaría de Asuntos Profe- bros de la Junta Electoral, a los del Tribunal de
sea el Anexo solicitado, PUBLÍQUESE en el Bo- sionales. Constituida la Mesa Directiva Provin- greso Provincial, quien detenta la máxima re-
Disciplina Partidario y a los de la Comisión Fis-
presentatividad de todos los afiliados al partido letín Oficial por un día la presente resolución y el cial será necesario para el cambio y/o remoción calizadora; b) Aprobar su propio reglamento, el
‘Unidad Popular Mendoza’ de este Distrito texto de los artículos incorporados; OFÍCIESE a de cualquiera de sus miembros los dos tercios que deberá prever necesariamente la existencia
Mendoza, por lo que –adelanto corresponde la Excma. Cámara Nacional Electoral y a la H. de los votos de la totalidad de sus miembros. de comisiones permanentes de asesoramiento
aprobar sin más trámite los artículos 16, 23, 24, Junta Electoral Provincial, remitiendo copia de Para la aprobación de los actos políticos de y consulta y aprobar reglamentaciones de las
26, 34, y 74. Sin perjuicio de ello, cabe agregar la presente resolución y del texto de los artícu- trascendencia así establecidos se requerirá comisiones creadas por esta Carta Orgánica; c)
asimismo los dos tercios de los votos de la tota- al respecto que dicha aprobación no impide de los mencionados ‘supra’. CÓPIESE, NOTIFÍ-
Corregir por simple mayoría a cualquiera de sus
ningún modo su posterior revisión ante un caso QUESE, OFÍCIESE, y oportunamente, vuelvan lidad de sus miembros. Así mismo la Mesa Di- miembros o suspenderlo por el voto de los dos
concreto o controversia. Al respecto el Superior los autos a despacho” - // ARTÍCULO 16°: Cada rectiva Provincial, puede crear Comisiones de tercios de sus miembros presentes; d) Conside-
ha sostenido: “…Que, sin perjuicio de lo expre- Mesa Ejecutiva Departamental estará integrada hasta tres miembros, para lograr mayor partici- rar y resolver las apelaciones por las sanciones
sado hasta aquí, vale recordar que -como se por un número de catorce (14) miembros titula- pación de sus afiliados en temas de interés de- aplicadas a los afiliados por la Mesa Directiva
explicó en otras ocasiones- la aprobación ge- res y siete (7) suplementes. Las autoridades de partamental y sectorial. Los integrantes de di- Provincial siendo obligatoria la inclusión de es-
nérica de los estatutos partidarios o las modifi- las Mesas Ejecutivas de Partidos Departamen- chas comisiones serán nombrados por el voto tas cuestiones en el Orden del Día; e) Requerir y
caciones que -como en este caso- puedan tales durarán dos (2) años en sus funciones. Los de la mayoría simple de la Mesa Departamental, recibir informes que estime necesario de los
eventualmente efectuarse no impide que poste- miembros de la Mesa Ejecutiva Departamental y podrán participar en las reuniones de la Mesa,
organismos partidarios, de los afiliados que
riormente, en ejercicio de sus funciones juris- ocuparán los siguientes cargos: a) Presidente; con voz pero sin voto. Se podrán crear las si-
desempañan cargos electivos o ejecutivos y de
diccionales, los jueces verifiquen, en el marco b) Secretario Administrativo y de Actas; c) Se- guientes comisiones: Comisión de Cultura, de
los afiliados en general y producir pronun-
cretaría Política y de Organización; d) Secreta- Técnicos y Profesionales, de la Familia, de Edu- de una causa o controversia (cf. artículo 116 de
ciamiento al respecto; f) Dar las directivas que
la Ley Fundamental) la compatibilidad de sus ría de Adoctrinamiento y Capacitación; e) Se- cación, de la Mujer, de la Juventud, de Asuntos
estime necesario a los distintos organismos
normas con las disposiciones constitucionales cretaría de Acción Social; f) Secretaría de Cul- de la Tercera Edad y cualquier otra a criterio de
partidarios; g) Aprobar y sancionar el Programa
y legales que rigen la materia, pues aquel trámi- tura y Deportes; g) Secretaría de Prensa y Pro- la Mesa Provincial. ARTÍCULO 26º: Correspon-
de Acción Política y la Plataforma Electoral para
te administrativo previo no puede importar -por paganda; h) Secretaria de Finanzas; i) Secretaría den a la Mesa Directiva Provincial: a) Cumplir y
la Provincia de Mendoza; h) Considerar la me-
su naturaleza- que se resigne la obligación im- de Afiliaciones y Padrones, j) Secretaría de De- hacer cumplir las disposiciones de la presente
moria, balance y cuenta de gastos y recursos, Carta Orgánica y las resoluciones del Congreso puesta a los magistrados de la Nación de ase- fensa de Usuarios y Consumidores, k) Secreta-
el informe de la Comisión Fiscalizadora, de-
gurar la primacía de las normas constituciona- ría de la Mujer; l) Secretaría de Asuntos Gremia- Provincial; b) Dictar su propio reglamento; c)
biendo poner la documentación pertinente a les y dentro de ella la vida democrática interna les; ll) Secretaría de la Juventud; m) Secretaría Someter a consideración del Congreso Provin-
disposición de los congresales con diez (10) de las agrupaciones políticas (cf. Fallos CNE de la Tercera Edad, los cargos serán distribui- cial las contribuciones que considere necesa-
días como mínimo de anticipación a la fecha del 3533/05 y 3538/05).- Se aclaró al respecto que, dos de conformidad con lo dispuesto por el ar- rias; d) Elaborar todo proyecto de reglamento
Congreso; i) Intervenir las Mesas Ejecutivas de tal como ocurre con el control de constituciona- tículo 53° de la presente Carta Orgánica. Así que quede a cargo de la autoridad partidaria
Departamentos, por un lapso que no exceda de lidad, la aplicación de una norma no la hace mismo cada Mesa Ejecutiva Departamental, provincial; e) Intervenir las estructuras partida-
un (1) año, fundado en grave violación a la Carta “inmune” ante futuros casos en los que ponga puede crear Comisiones de hasta tres miem- rias inferiores cuando se viole la Carta Orgánica
Orgánica o a la legislación electoral vigente; j) en juego la adecuación de su contenido a la bros, para lograr mayor participación de sus o los reglamentos, se incurra en infidelidad a la
Ejercer la supervisión general del Partido en el Constitución Nacional o a la ley 23.298, pues su afiliados en temas de interés departamental y Declaración de Principios o al Programa Parti-
empleo no impide que, ante diferentes supues- sectorial. Los integrantes de dichas comisiones dario, o en caso de incumplimiento de directi- orden Provincial modificando o dejando sin
serán nombrados por el voto de la mayoría sim- vas emanadas de autoridades superiores; di- efecto las resoluciones de los distintos organis- tos fácticos y con sujeción exclusiva a ellos,
mos mediante el voto de los dos tercios de los posteriormente se declare la alegada incompa- ple de la Mesa Departamental, y podrán partici- chas intervenciones deberán ser sometidas a
congresales presentes; k) Declarar la necesi- tibilidad (cf. Fallos CNE 3533/05), circunstancia par en las reuniones de la Mesa, con voz pero consideración del Congreso Provincial en sus
que -en el sub examine- resulta improcedente, sin voto. Se podrán crear las siguientes comi- sesiones ordinarias; f) Convocar a sesiones or- dad de la reforma de la presente Carta Orgáni-
en tanto los recurrentes carecen -como se dijo siones: Comisión de Cultura, de Técnicos y dinarias y extraordinarias al Congreso provin- ca, por el voto de dos tercios del total de sus
(cf. considerando 2º) - de legitimación activa….” Profesionales, de la Familia, de Educación, de cial del Partido Unidad Popular - Mendoza; g) miembros presentes; l) Sancionar la reforma de
Convocar a una reunión anual como mínimo de cuya necesidad haya sido declarada de confor- (Ver Fallo CNE Nº 4029/08, Considerando 12º).- la Mujer, de la Juventud, de la Tercera Edad y
midad con lo establecido en el inciso preceden- III.- Que respecto al nuevo art. 60, tal como lo cualquier otra a criterio de la Mesa Departa- todos los Presidentes de las Mesas Ejecutivas
sostiene la señora Fiscal Federal con compe- mental. ARTÍCULO 23º: La Mesa Directiva Pro- Departamentales o Delegados que los sustitu- te, por el voto de los dos tercios de los miem-
tencia electoral, entiendo que no corresponde vincial estará integrada por diecinueve (19) yan, para información y consulta; h) Ejercer la bros presentes; ll) Considerar los informes
aprobar su reforma. Adviértase que la facultad miembros titulares y nueve (9) miembros su- dirección general del Partido y adoptar todas anuales de los bloques de Concejales, Legisla-
de incorporar a los representantes del partido plentes elegidos por el voto directo y secreto de las resoluciones no enumeradas precedente- dores Provinciales y Legisladores Nacionales
en las listas de una alianza, queda restringido a los afiliados, de acuerdo al artículo 53º de la mente, que sean indispensables para la vida elegidos por la Provincia y formular las obser-
sólo las dos terceras partes de los miembros presente Carta Orgánica. Los miembros de la partidaria, siempre que ellas no estén expresa- vaciones que estime pertinentes; m) Convocar
presentes del órgano ejecutivo partidario y sin Mesa Directiva Provincial durarán dos (2) años mente confiadas a otros organismos según esta a elecciones en caso de acefalia de la Mesa
el aval del Congreso, órgano éste, y como ya se en sus funciones. ARTÍCULO 24°: Los afiliados Carta Orgánica; i) Designar los candidatos a los Directiva Provincial. ARTICULO 74º - Para las
dijo supra, es el de máxima representatividad incorporados a la Mesa Directiva Provincial cargos públicos electivos en aquellas comunas elecciones internas del año 2016, se exceptúa
ocuparán los siguientes cargos: a) Presidente, donde no exista estructura partidaria, o donde de todo el conjunto de afiliados. En este contex-
de la antigüedad de seis meses como afiliado
to, la reforma introducida al art. 60 contradice b) Vicepresidente primero; c) Vicepresidente no se hubieren realizado elecciones internas a para ocupar cargos partidarios, por lo que se
los principios democráticos a que alude el ar- segundo: el Vicepresidente primero ejercerá la pesar de haber sido convocadas en término y acepta para dicha elección la ficha de afiliación
tículo 3 de la ley 23.298, por lo que –reitero- no presidencia de la Mesa Directiva Provincial en forma; j) Llevar a cabo y concretar iniciativas en conjuntamente con el formulario de aceptación
corresponde aprobar el art. 60 reformado. IV.- ausencia del Presidente del Partido de la Pro- materia de política electoral, realizando la con- del cargo.
Que en cuanto a la proclamación de las nuevas vincia de quien es reemplazante natural y el Vi- formación de frentes y alianzas con otros parti-
dos políticos. Para conformar frentes o alianzas autoridades partidarias, notificada que sea la cepresidente 2° lo es del Vicepresidente 1º; d)
Walter Ricardo Bento Juez – Maria Marta Palero presente, vuelvan los autos a despacho. Por lo Secretario General; e) Secretario Administrativo con otros partidos políticos, es necesaria la
Prosecretaria Electoral expuesto y de conformidad con lo dictaminado y de Actas; f) Secretario Político y de Organiza- aprobación de las dos terceras partes de los
por el Ministerio Fiscal, RESUELVO: 1°) APRO- ción; g) Secretario de Adoctrinamiento y Capa- miembros presentes de la Mesa Directiva Pro-
BAR la reforma de los artículos 16, 23, 24, 26, citación; h) Secretario de Políticas Sociales; i) vincial e informar al Congreso Partidario en su
e. 06/06/2016 N° 38439/16 v. 06/06/2016