N° 41213/16 Aviso del Boletín Oficial
RED LINK S.A.
Texto del aviso
RED LINK S.A.
Se hace saber por un día que por Acta de
Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de
Miércoles 15 de junio de 2016
fecha 17 de mayo de 2016, se resolvió la modifi-
cación del Art. 9 (Directorio) del Estatuto Social,
quedando el mismo redactado de la siguiente
forma “En su primera sesión o en caso de va-
cancia el Directorio designará un Presidente y
un Vicepresidente de su seno y creará los de-
más cargos que estime necesarios. El término
de elección del Presidente y Vicepresidente
será de dos años. El Vicepresidente suplirá al
Presidente en caso de ausencia o impedimento
aunque sea transitorio. Es condición para ser
elegido Vicepresidente del Directorio: (i) haber
ocupado el cargo de director de la sociedad du-
rante un año como mínimo en el ejercicio inme-
diato anterior al del nombramiento; y (ii) en ese
período, contar con una asistencia a las reunio-
nes de directorio de por lo menos el 50%. El
directorio sesionará con la presencia de por lo
menos nueve de sus miembros y resolverá por
mayoría absoluta de votos presentes. En caso
de empate el Presidente tendrá doble voto. En
garantía del buen desempeño de su mandato,
cada director titular otorgará una suma que de-
termine la legislación vigente en bonos, títulos
públicos o sumas de dinero depositados en en-
tidades financieras o caja de valores, a la orden
de la sociedad, o en fianzas o avales bancarios
o seguros de caución o de responsabilidad civil
a favor de la sociedad, o bien en las formas o
mecanismos autorizados por el organismo de
contralor correspondiente. La garantía será
otorgada al asumir sus funciones y deberá per-
manecer vigente hasta tres años después de la
aprobación de su gestión o el plazo mínimo que
fije el organismo de contralor, fecha en la cual
será reintegrada la garantía otorgada. El Direc-
torio podrá designar un Comité Ejecutivo con-
forme lo establece el art. 269 de la Ley General
de Sociedades, el cual estará integrado por el
número de directores titulares y suplentes que
determine el Directorio en oportunidad de su
elección. Los miembros del Comité Ejecutivo
permanecerán en sus funciones por el término
de dos (2) ejercicios y podrán ser reelectos in-
definidamente. A los efectos de su elección, los
miembros que conformarán el Comité Ejecutivo
serán elegidos entre los directores titulares y
suplentes designados en la sociedad. El Presi-
dente y el Vicepresidente del Comité Ejecutivo
serán los mismos directores que ocupan dichos
cargos en el Directorio de la sociedad. La pér-
dida de la condición de director en la sociedad,
cualquiera sea el motivo, significará de pleno
derecho la pérdida de la condición de integran-
te del Comité Ejecutivo. El Comité Ejecutivo
sesionará con la presencia de la mayoría de sus
miembros y adoptará sus decisiones por mayo-
ría de votos. El Comité Ejecutivo podrá celebrar
sus reuniones con sus miembros comunicados
entre sí mediante videoteleconferencia o a tra-
vés de otros medios de transmisión simultánea
de sonido, imágenes y palabras computándose
a los efectos del quórum los directores presen-
tes en el lugar de celebración de la reunión. Se
deberá garantizar la seguridad de las reuniones
y la plena participación de todos los miembros
del Comité. El acta resultante deberá ser sus-
cripta por todos los participantes de la reunión.
El Directorio fijará las funciones y límites de la
actuación del Comité Ejecutivo y dictará su re-
glamento interno”.
Designado según instrumento privado acta de
directorio de fecha 17/05/2016
RAUL FRANCISCO CATAPANO - Presidente
e. 15/06/2016 N° 41213/16 v. 15/06/2016