N° 41783/16 Aviso del Boletín Oficial
En su primera reunión, designará un Presidente, PARQUE EOLICO LOMA BLANCA V S.A.
Texto del aviso
En su primera reunión, designará un Presidente, PARQUE EOLICO LOMA BLANCA V S.A.
pudiendo en caso de pluralidad de titulares, de-
signar un Vicepresidente que suplirá al primero Por Escritura 394 del 9/6/2016, Registro 222,
en su ausencia o impedimento. La garantía de se constituyó la sociedad “PARQUE EÓLICO
los directores por su gestión deberá consistir LOMA BLANCA V S.A.”.- Socios: “ISOLUX IN-
en bonos, títulos públicos o sumas de moneda GENIERÍA S.A.”, CUIT 30-71008233-9, domici-
nacional o extranjera, depósitos en entidades lio en Venezuela 151 CABA, inscripta en la IGJ el
financieras o cajas de valores a la orden de la 27/6/2007, bajo el número 813 del libro 58 tomo
sociedad o en fianzas o avales bancarios o se- de Estatutos Extranjeros; CORSAN CORVIAM
guros de caución o responsabilidad civil a favor CONSTRUCCIÓN S.A., CUIT 30-71209589-6,
de la misma, cuyo costo deberá ser soportado domicilio en Venezuela 151 CABA, inscripta en
por cada director. Cuando la garantía consista la IGJ el 25/6/2007 bajo el número 918 del Libro
en depósito de bonos, títulos públicos o suma 58 Tomo B de Estatutos Extranjeros.- Duración:
de moneda nacional o extranjera, la condición 99 años. Objeto: La sociedad tiene por objeto
de su constitución deberá asegurar su indispo- la construcción, operación y mantenimiento de
nibilidad mientras esté pendiente el plazo de una granja eólica de hasta cien megawatts hora
prescripción de eventuales acciones de res- (100 mw/h) la cual se denominará Parque Eólico
ponsabilidad. Los directores deberán constituir Loma Blanca V, destinada a la generación de
una garantía por una suma no inferior a la que energía eólica, la cual se localizará en la provin-
establezcan las normas y disposiciones legales cia de Chubut, República Argentina. A tal fin la
vigentes, por cada uno debiendo constituirse Sociedad podrá realizar las siguientes activida-
dicha garantía en las condiciones y en las for- des directamente relacionadas con su objeto:
mas previstas por el ordenamiento legal y regla- 1. Construcción: la construcción, dirección
mentario. El directorio tiene amplias facultades ejecutiva y ejecución de obras civiles y montaje
de administración y disposición, incluso las que correspondientes, de electrificación, estacio-
requieren poderes especiales a tenor del art. nes transformadoras, tendido de líneas eléc-
1881 del Código Civil y del artículo noveno, del tricas y redes de alta tensión; construcción de
Dto. Ley 5965/63. Podrá especialmente operar usinas y subusinas, redes de transmisión, como
en toda clase de bancos, compañías financie- asimismo toda obra conexa o complementaria
ras, o entidades crediticias, oficiales y privadas; necesaria para su puesta en funcionamiento. 2.
dar y revocar poderes especiales y generales, Servicios: realización de estudios de ingeniería,
judiciales, de administración, u otros, con o sin estudios de mercado y factibilidad, croquis pre-
facultades de sustituir, iniciar, proseguir, con- liminares, anteproyectos, asesoramiento, con-
testar o desistir denuncias o querellas penales sultoría, organización, supervisión, dirección,
y realizar todo otro hecho o acto jurídico que montajes, ensayos, sistemas de protección y
haga adquirir derechos o contraer obligaciones control, provisión de equipos y/o materiales y
a la sociedad. La representación de la Socie- mantenimiento de obras públicas y privadas
Sección
BOLETIN
de ingeniería civil, vial, hidráulica, sanitaria,
industrial, mecánica, eléctrica, electrónica,
comunicaciones y de sistemas. 3. Financieras:
financiación de todas las operaciones que se
deriven de su objeto social, conforme a las
pautas que fije el Directorio de la Sociedad;
inversiones y aportes de capital a personas fí-
sicas o jurídicas; fondos comunes operativos y
negociación de valores inmobiliarios y papeles
de crédito en los sistemas existentes, excep-
tuándose las previstas en la ley de entidades
financieras y cualquier otra que requiera dinero
o valores al público con promesa de prestacio-
nes o beneficios futuros. 4. Comerciales: La
compraventa, importación, exportación, distri-
bución, locación, leasing, permuta, comodato
de bienes de todo tipo, explotación comercial
y todas las actividades relacionadas con su
objeto social.- Capital: $ 100.000 representado
por 100.000 acciones ordinarias nominativas no
endosables, con derecho a un voto por acción,
de valor nominal $ 1 cada una. Dirección y Ad-
ministración: Directorio de 1 a 5 titulares, duran
1 ejercicio. Representación legal: Presidente,
o Vicepresidente en su caso. Fiscalización: 1
síndico titular y 1 síndico suplente, pudiendo el
suplente reemplazar al titular en su caso. Dura-
ción 1 ejercicio, Síndico Titular: Alexis Leónidas
SPIROPULOS.- Síndico Suplente: Alejandro
BARILATTI.- Designación de Directorio: Presi-
dente: Juan Carlos de GOYCOECHEA, Director
Suplente: Mario José MAXIT. Todos constituye-
ron domicilio especial en la sede social. Sede
social: Venezuela 151, PISO 13 C.A.B.A.- Cierre
de Ejercicio: 31 de Diciembre. Autorizado se-
gún instrumento público Esc. Nº 394 de fecha
09/06/2016 Reg. Nº 222
Sebastian Corradi - Matrícula: 5193 C.E.C.B.A.
e. 16/06/2016 N° 41783/16 v. 16/06/2016