N° 41914/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 50
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 50
SECRETARÍA ÚNICA
EDICTO. El Juzgado Nacional de 1ra Inst. en
lo Civil Nº50, Secretaría única, comunica en
autos: “SCOTIABANK QUILMES SA c/MAN-
GIANTINI, María Cristina y Otro s/EJECUCION
HIPOTECARIA” Exp. 112.561/01, que el Martille-
ro MIGUEL A. M. SOAJE subastará el 27 de Ju-
nio de 2016, a las 11 horas en punto en la Sede
de la calle Jean Jaures 545 de esta Ciudad, el
(50%) CINCUENTA POR CIENTO INDIVISO del
inmueble ubicado en la calle Ciudadela 2165 –
entre las de 209 bis y 209-, Don Bosco, Partido
de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, matrí-
cula 20.809 N.C.: C. II, S. G, M. 67, P. 14, que
mide 10m de fte al SSE, 37,6m al OSO, 36,44m
al ENE, y 10,2m c/fte al NNO Sup. 367,40
dm2, que adeuda: Municipalidad de Quilmes
$ 69.986.22, AYSA $ 285,47 al 12/03/2013,
Aguas Arg sin deuda al 08/10/15, sin deuda
de OSN al 07/10/15 y ARBA $ 668.592,60. Del
informe del Martillero surge que la propiedad
se encuentra ocupada por la demandada y
sus hijos en calidad de propietaria. El inmue-
ble tiene frente a la calle Ciudadela 2165 sin
chapa municipal, entre las chapas n21569 y
2171, y entre las calles 209 y 209bis tratándose
de un chalet desarrollado en una planta con
desniveles, ladrillo a la vista y techo de tejas,
componiéndose la planta baja de porch y hall
de entrada, living y comedor con ventana a la
calle tipo bowindow, todo con piso cerámico,
toilette cocina y garaje. Al fondo jardín. En des-
nivel, dos dormitorios con un baño completo.
El estado de uso y conservación en general es
regular por falta de mantenimiento en techos y
carpintería. Esta venta se realiza AL CONTADO
Y AL MEJOR POSTOR, BASE $ 800.000.- SEÑA
30%, COMISION 3%, y ARANCEL (Acordada
10/99) 0,25%, todo en dinero en efectivo en
el acto de la subasta, debiendo el comprador
constituir domicilio procesal dentro del radio
de la Capital Federal, bajo apercibimiento de
que las sucesivas providencias se le tendrán
por notificadas automáticamente en la forma y
oportunidad prevista en el Art. 133 del C.P. (cfr.
Art. 579 cód.cit.). Se hace constar: a) que en la
oportunidad prevista por el Art. 580 del ritual, el
comprador deberá depositar el saldo de precio,
bajo apercibimiento de lo prevenido por el Art.
584 del mismo cuerpo legal. No corresponde
que el adquirente en subasta judicial afronte las
deudas que registre el inmueble por impuestos,
tasas y contribuciones devengadas antes de la
toma de posesión, cuando el monto obtenido
en la subasta no alcance para solventarlas,
a excepción de las expensas comunes (cfr.
CNCiv. en pleno-18/2/99-en autos: “Servicios
Eficientes S.A. c/Yabra, Roberto Isaac s/Ejecu-
ción Hipotecaria”). EXHIBICION: los días 23 y
24 de Junio, de 10 a 12 horas. Publíquese por
dos días en Boletín Oficial y diario La Razón.
BUENOS AIRES, 14 de Junio de 2.016. PABLO
MIGUEL AGUIRRE Juez - ENRIQUE LUIS GRE-
GORINI Secretario
e. 21/06/2016 N° 41914/16 v. 22/06/2016