N° 42697/16 Aviso del Boletín Oficial
De los deberes de los afiliados
Texto del aviso
De los deberes de los afiliados
VALORES PARA MI PAÍS
Distrito Catamarca
Artículo 5: Todos los afiliados tienen iguales
deberes y especialmente los siguientes:
EDICTO
El Juzgado Federal con Competencia Electoral de a. Respetar pública y privadamente el honor y la
Catamarca, a cargo del Dr. Ricardo Antonio Mo- imagen del Partido, de sus órganos y de todos
reno, hace saber que en los autos N° 2715/2015 sus afiliados.
caratulados “VALORES PARA MI PAIS s/reco-
nocimiento de partido de Distrito” que tramitan b. Respetar esta Carta Orgánica, la Declaración
ante sus estrados, el partido “VALORES PARA de Principios y Bases de Acción Política, las
MI PAIS” ha comunicado con fecha 14-06-2016 instrucciones y directrices emanadas de sus
la modificación de su Carta Orgánica Partidaria órganos de Gobierno y del Partido, y ajustar su
cuyo texto ordenado es el siguiente:
actividad política a los principios, fines, y pro-
gramas del Partido.
VALORES PARA MI PAIS
c. Realizar la oportuna declaración jurada de
CARTA ORGÁNICA
bienes cuando accedan a cualquier cargo de
representación institucional o sean designados
Del Partido
para ello, de acuerdo con el formato que al efec-
to establezca la Junta de Gobierno, y depositar-
Título 1 Símbolos y Denominaciones
la en el Tribunal de Ética y Disciplina, siendo el
presidente de dicho tribunal el responsable de
Artículo 1: Este Partido Político se constituye la guarda y custodia de las mencionadas de-
bajo la denominación “VALORES PARA MI claraciones notariales de bienes y actividades.
PAÍS”. La presente Carta Orgánica rige su orga-
nización y funcionamiento. Este Partido adop- De la pérdida de la condición de afiliado
tará los símbolos y los logotipos que establez-
can oportunamente las autoridades del mismo. Artículo 6: La afiliación se extingue por renuncia
del afiliado, expulsión o fallecimiento.
Título 2 Objeto y Finalidad
Tampoco podrán ser afiliados, y en caso de
Artículo 2: El Partido tiene por objeto propender serlo, perderán su condición de tales:
al cumplimiento de los objetivos básicos esta-
blecidos en la Declaración de Principios y Ba-
a. Los inhabilitados por las disposiciones lega-
ses de Acción Política, que han sido aprobados
les vigentes, mientras dure su inhabilitación.
en su acto fundacional.
b. Los autores, cómplices, o instigadores de
Título 3 Afiliados y Adherentes
fraude electoral.
De la afiliación
c. Las personas a que se refiere la Ley de Par-
tidos Políticos. Artículo 3: El Partido estará compuesto por afi-
liados y adherentes.
Artículo 6 bis: Se considerarán causales de
expulsión de los afiliados, como también de a. Podrán ser afiliados las mujeres y hom-
los adherentes, la realización de declaraciones bres mayores de 16 (dieciséis) años de edad,
públicas contrarias a la doctrina del partido, o domiciliados en el Distrito, que adhieran a su
en oposición a las resoluciones y acciones de- Declaración de Principios y cumplan con las
cididas por la asamblea o la junta de gobierno, formalidades de afiliación previstas en esta
como también la adhesión a políticas que se Carta Orgánica y en la normativa vigente en la
encuentren en contradicción con los principios Provincia de Catamarca.
que definen las bases de acción política del
partido; cuando por su gravedad o reiteración b. Podrán ser adherentes las mujeres y hom-
no ameriten una sanción menor. bres que se encuentren excluidos del padrón
electoral, en razón de su edad, nacionalidad, o
De derechos de los adherentes domicilio.
Los registros de afiliados y adherentes estarán Artículo 7: Los adherentes gozan de todos los
mismos derechos de los afiliados, con excep- permanentemente abiertos y a disposición de
ción de los derechos políticos activos y pasi- los mismos, en la Sede del Partido. Salvo en
vos, como ser el de votar en elecciones, y el los periodos de cierre interno que no podrán
de presentarse como candidatos a un cargo exceder los60 (sesenta) días corridos.
partidario.
De los derechos de los afiliados
De los deberes de los adherentes
Artículo 4:
Artículo 8: Los adherentes tienen los mismos
a. Los afiliados tienen derecho en el marco de deberes de los afiliados, con excepción del de
realizar la declaración jurada de bienes, ya que esta Carta Orgánica a participar en la formación
estos no podrán presentarse como candidatos de opinión y a presentar su candidatura y ser ele-
gidos en cualquiera de los órganos del Partido. en elecciones partidarias.
b. La opinión de los afiliados podrá ser consul- De la pérdida de la condición de adherente
tada por la Junta de Gobierno a través de los
Consejos departamentales o directamente a Artículo 9: La adhesión se extingue por renun-
los afiliados por cualquier vía.
cia del adherente, expulsión o fallecimiento.
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Tampoco podrán ser adherentes, y en caso de k. Entiende y resuelve en todos los asuntos no otros puntos por parte de los delegados titula- 8. Reglamentar la Carta Orgánica sin modificar
serlo, perderán su condición de tales:
atribuidos expresamente a otros órganos del res, conforme lo establezca oportunamente el sus fines.
Partido.
Reglamento Interno.
a. Los inhabilitados por las disposiciones lega-
9. Llevar los libros y registros que prescriba la
les vigentes, mientras dure su inhabilitación. l. Aprueba un programa anual de trabajo, con el g. La Asamblea, cuando se reúna por primera legislación vigente.
voto de la mayoría absoluta de la totalidad de vez, designará su Vicepresidente, su Secreta-
los miembros que la componen.
rio, que surgirán de los delegados ya electos, 10. Designar al interventor, en caso de interven- b. Los autores, cómplices, o instigadores de
fraude electoral.
con el voto de la mayoría absoluta de la totali- ción a una CPV.
m. Decide la disolución del Partido en el distrito dad de los miembros que la componen.
c. Los que posean jubilaciones de privilegio o con unanimidad de la Asamblea de Distrito, la
11. Dictar el Reglamento de Acefalia Partidaria.
Junta de Gobierno, el Tribunal de Ética y Dis- h. Los delegados serán citados mediante carta hayan sido condenados por delitos de lesa hu-
ciplina y el Defensor General del afiliado y el manidad o corrupción.
de la cual deberá quedar copia de la recep- 12. Crear y disolver los equipos de trabajo que
adherente.
ción, con firma, aclaración y número de docu- considere necesarios. Realiza solicitudes a los
Título 4 Órganos de Gobierno del Partido
mento del delegado citado. La citación deberá distintos órganos.
n. Decide sobre la apertura y cierre de los Cen- realizarse con una anticipación mínima de 10
tros de Participación Vecinal. Para la creación (diez) días corridos a la fecha de reunión, en Artículo 10: Los órganos que constituyen el go-
13. Designar y remover a los miembros de la
se necesita el voto de la mayoría absoluta de el que se determinará lugar, día, hora y orden bierno del Partido son: la Asamblea de Distrito;
Escuela Superior de Conducción Política.
los miembros presentes, y para el cierre se
la Junta de Gobierno; y los Centros de Partici-
del día.
necesita el voto de las dos terceras partes de
14. Designar las autoridades de los CPV, dictar pación.
la totalidad de los miembros que la componen. Artículo 15: Cada delegado tiene un voto, a ex- su reglamento y coordinar sus actividades.
Artículo 10 bis: Al momento de asumir un cargo
cepción del Presidente de la Asamblea que, en
o. Fija la fecha de realización de las elecciones
dentro de los organismos de gobierno, el filiado
caso de empate, tendrá un voto adicional.
15. Aprobar o desechar las actividades y los
internas de autoridades y candidatos a cargos
programas elevados por los miembros de la deberá declarar bajo juramento que respetará
electivos, con el voto de la mayoría absoluta de
Junta de Gobierno
Escuela Superior de Conducción Política. las bases de acción política del partido, según
la totalidad de los miembros que la componen,
la fórmula que al efecto deberá redactar la pri-
a propuesta de la Junta de Gobierno.
mer asamblea electa.
Artículo 16: La Junta de Gobierno tiene a su Artículo 21: La Junta de Gobierno y la Asam-
cargo la dirección y coordinación de la activi- blea de Distrito podrán convocar a consulta
p. La Asamblea y la Junta de Gobierno podrán
dad partidaria en el distrito y representa al Par- interna a los afiliados, de carácter no vincu- Asamblea de Distrito
convocar a consulta interna a los afiliados, de
lante, sobre los temas que consideren perti- tido en sus relaciones externas. Los miembros
carácter no vinculante, sobre los temas que
nentes, con el voto de la mayoría absoluta de Artículo 11: La Asamblea es el órgano delibera-
de la Junta de Gobierno no pueden integrar el
consideren pertinentes, con el voto de la mayo-
tivo máximo del distrito.
Tribunal de Cuentas, ni el Tribunal de Ética y la totalidad de los miembros que componen la
ría absoluta de la totalidad de los miembros que
Disciplina.
Asamblea.
componen la Asamblea.
Estará compuesta por 15 (QUINCE) miembros,
Título 5 Otros Órganos del Partido elegidos por el voto directo y secreto de los
Artículo 17: La Junta de Gobierno estará in- q. Resuelve sobre la admisibilidad del o de los
afiliados del Partido, a razón de 1 (un) delegado
tegrada por una mesa ejecutiva conformada pedidos de juzgamiento de los miembros de la
por 1 (un) Presidente, 1 (un) Vicepresidente, 1 Artículo 22: Los demás órganos que constitu- por cada comuna.
Junta de Gobierno y del Tribunal de Ética y Dis-
(un) Secretario General, y 1 (un) Tesorero. Los yen el Partido son: el Tribunal de Ética y Disci-
ciplina, con el voto de las dos terceras partes de
plina, el Tribunal de Cuentas, la Junta Electoral, La Asamblea estará conducida por 1 (un) Presi-
miembros de la Junta serán elegidos por simple la totalidad de los miembros que la componen.
el Defensor General del Afiliado y el Adherente, dente, 1 (un) vicepresidente y 1 (un) Secretario,
mayoría de votos de los afiliados del Distrito, en
y la Escuela Superior de Conducción Política y elecciones partidarias. elegidos anualmente por la misma.
r. Decide la exoneración o culpabilidad de los
los Centro de Participación.
miembros de la Junta de Gobierno y del Tribu-
Artículo 12: Los delegados electos de la Asam- nal de Ética y Disciplina, con el voto de las dos Artículo 18: Para ser miembro de la Junta de
Tribunal de Ética y Disciplina
blea de Distrito permanecerán 2 (dos) años en terceras partes de la totalidad de los miembros Gobierno es necesario figurar en el padrón
electoral del Distrito emitido por la justicia elec- su cargo, con la posibilidad de ser reelectos que la componen.
toral, como afiliado en el Partido. La duración Artículo 23: Está encargado de garantizar y indefinidamente.
en el cargo es de 2 (dos) años, pudiendo ser velar por el ejercicio de los derechos de los s. Designa al Defensor General del Afiliado y el
reelectos indefinidamente, con excepción del afiliados y adherentes, instruir y resolver los
De las facultades y funciones de la Asamblea Adherente.
procedimientos disciplinarios que en el orden Presidente de la Junta de Gobierno que solo
interno se sigan contra afiliados y adherentes puede ser reelecto por una única vez en perio-
Artículo 13: La Asamblea de Distrito
t. Designa a los miembros del Tribunal de Ética
del Partido y aplicar, en su caso, las sanciones dos consecutivos. y Disciplina; del Tribunal de Cuentas y de la
pertinentes. Se constituyen con competencia Junta Electoral. a. Define y aprueba el programa de acción
en el distrito. La elección deberá realizarse de 30 (treinta) política, específicamente determina objetivos y
De los delegados a la Asamblea de Distrito a 45 (cuarenta y cinco) días corridos antes de formula lineamientos a seguir en temas especí-
Las sanciones que podrá disponer serán las de la expiración de los mandatos anteriores. La ficos, con el voto de la mayoría absoluta de los
llamado de atención, suspensión o expulsión convocatoria a elecciones deberá realizarse en miembros presentes.
Artículo 14:
un plazo fijo de 90 (noventa) días antes de la de los afiliados y adherentes; según la grave-
expiración de los mandatos anteriores.
dad y reiteración de las faltas cometidas por a. Todos los afiliados tienen derecho a acceder b. Aprueba o rechaza alianzas electorales, con
aquél. a la Asamblea conforme lo estipulado en el Re- el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de
glamento Interno de la misma. Los delegados Las listas que se presenten deberán contar con los miembros que la componen.
Artículo 24: El Tribunal de Ética y Disciplina el aval de por lo menos 50 (cincuenta) afiliados reciben una tarjeta identificadora para ejercer
estará compuesto por 1 (un) Presidente, 1 (un) su derecho de voto, mientras que todos los afi- que figuren en el padrón total del distrito.
c. Decide sobre el lanzamiento de iniciativas
Vicepresidente, y 1 (un) Secretario. liados tienen derecho a emitir su opinión, con- populares, con el voto de la mayoría absoluta
forme lo estipulado en el Reglamento Interno. Artículo 19: La Junta de Gobierno se reunirá 1 de los miembros presentes.
Serán elegidos por la Asamblea, por el voto (una) vez por mes en sesiones ordinarias; y en
b. La Asamblea se reúne ordinariamente una vez
de al menos la mayoría absoluta de sus miem- sesiones extraordinarias cuando lo requiera el
d. Define la posición del Partido sobre las con-
bros. por año. Extraordinariamente se reúne a pedido Presidente o 3 (tres) de sus miembros, con es-
sultas populares y el referéndum, con el voto
de la Junta de Gobierno o, a pedido de por lo pecificación de los asuntos a considerar.
de la mayoría absoluta de la totalidad de los
Los miembros del Tribunal permanecerán menos un tercio de sus delegados, o a pedido
miembros que la componen.
2 (dos) años en sus funciones pudiendo ser del 25% (veinticinco por ciento) de los afiliados.
De las atribuciones y deberes
reelectos indefinidamente, y no podrán desem- de la Junta de Gobierno
e. Aprueba el reglamento de la Junta Electoral, c. Constituye requisito para ser delegado figu-
peñar ninguno de los otros cargos partidarios
con el voto de la mayoría absoluta de la totali-
dentro de los órganos de gobierno enunciados rar en el padrón electoral del Distrito emitido Artículo 20: Son atribuciones y deberes de la dad de los miembros que la componen, el cual
en el Art. 22 ni en la Asamblea, durante sus por la justicia electoral y ser afiliado al Partido. Junta de Gobierno: será confeccionado y elevado por dicha Junta.
mandatos.
d. El quórum de la Asamblea, para sesionar 1. Implementar la política del Partido dirigiendo f. Decide sobre la aceptación o modificación de válidamente, tanto ordinaria como extraordina-
Artículo 25: Deberá sesionar con la totalidad de
esta Carta Orgánica, la Declaración de Princi-
su acción en el Distrito, de acuerdo con linea- los miembros que la componen, y sus decisio- riamente, es de la mayoría absoluta de la tota- mientos generales fijados conjuntamente con la pios y las Bases de Acción Política, con el voto
nes se adoptarán por la mayoría absoluta de los lidad de los miembros que la componen y, de Asamblea de Distrito. de las dos terceras partes de la totalidad de los
votos. lo contrario, pasada 1 (una) hora se convocará
miembros que la componen.
a una nueva Asamblea a realizarse en el plazo
2. Hacer cumplir las sanciones disciplinarias
de 7 (días) corridos, que sesionará válidamente
Artículo 26: El Tribunal de Ética y Disciplina dic-
impuestas por la Asamblea o el Tribunal de Éti- g. Aprueba anualmente la memoria, balance y con los miembros presentes.
tamina sobre:
ca y Disciplina. presupuesto, elevados por el Tribunal de Cuen-
tas, con el voto de la mayoría absoluta de los
a. Conflictos o divergencias de interpretación e. La Asamblea dictará su propio Reglamento
miembros presentes.
3. Convocar a la Asamblea a sesión extraor- Interno, siendo de aplicación supletoria el de la
y aplicación de esta Carta Orgánica, las Bases
dinaria y formular el orden del día respectivo, honorable Cámara de Diputados de la Nación.
de Acción Política o resoluciones de cualquier
tanto en las Asamblea ordinarias como en las h. Se pronuncia sobre las actuaciones de los Deberá contener mínimamente los siguientes
órgano del Partido.
extraordinarias. representantes electos por el Partido en el Dis- puntos:
trito, los que elevarán anualmente a la Junta de
b. Conflictos entre los órganos del Partido.
Gobierno un informe relativo a su gestión.
4. Es responsable de todos los actos adminis- • Orden y fijación de los tiempos de debates
trativos y políticos, en particular define las con- en sesión.
c. Todos los otros conflictos que sean deriva-
diciones de trabajo del Presidente y contrata i. Solicita informes e interpela a los represen-
dos por la Junta de Gobierno.
los colaboradores administrativos. tantes y dirigentes del Partido, con el voto de la • Régimen de sanción. Formas y casos de san-
mayoría absoluta de la totalidad de los miem- ción a sus propios miembros.
El Tribunal de Ética y Disciplina, antes de apli-
bros que la componen. Quienes sean citados
5. Designar a los apoderados del Partido en el car sanción alguna, deberá propender al acer-
Distrito. por el cuerpo, estarán obligados a concurrir • Régimen de licencia de los delegados a la
camiento de las partes en conflicto y lograr un
personalmente.
Asamblea.
entendimiento.
6. Convocar a elecciones internas de autorida-
j. Designa las comisiones internas y las comisio- • Régimen de votación.
des y candidatos a cargos electivos.
Tendrá a su cargo la recepción y guarda de la
nes asesoras de la Asamblea que estime con-
declaración jurada patrimonial de los miembros
venientes, con el voto de la mayoría absoluta de f. El orden del día será preparado por el Pre- 7. Coordinar la comunicación del Partido en el de los órganos de Gobierno y los funcionarios
la totalidad de los miembros que la componen. sidente de la Asamblea y se podrán mocionar distrito.
públicos del Partido.
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Artículo 27: El Tribunal de Ética y Disciplina dicta- sonalmente responsables de la conservación,
Título 6 Apoderados del Partido
principios que emergen de la Doctrina Social
rá un Reglamento Interno para su funcionamien- integridad y pureza del padrón puesto a su car-
de la Iglesia y los Valores Cristianos, según la
to y las normas de procedimiento aplicables, las go. Tendrá asimismo copia de los registros en Artículo 44: La Junta de Gobierno nombrará fórmula que al efecto deberá redactar la prime-
que serán divulgadas entre los afiliados.
soporte informático.
uno o más apoderados del Partido, preferen- ra asamblea electa.
temente de profesión abogados para que, en
Artículo 28: Las decisiones del Tribunal serán Artículo 37: Los miembros electos serán citados conjunto o separadamente, representen al Par- Artículo 52: Estarán habilitados para votar en
irrecurribles en el ámbito del Partido, agotando a una reunión constitutiva por la Junta Electoral, tido ante las autoridades judiciales, electorales las elecciones internas a cargos electivos, quie-
la instancia administrativa y dejando abierta la dentro de los 15 (quince) días posteriores de y administrativas y realicen todas las gestiones nes estén autorizados por la normativa vigente.
vía judicial.
conocerse el escrutinio definitivo. En caso de que le sean recomendadas por las autoridades
que no se hubiere efectuado la citación, podrán partidarias.
Artículo 53: En la elección interna, las boletas
Artículo 29: El Tribunal no resuelve en cuestio- auto convocarse por decisión de un tercio de los
contendrán cuerpos separados por cargos a
nes que afecten a sus propios miembros y a los titulares electos para cada órgano respectivo.
Título 7 Financiamiento y
elegir, tanto partidarios como electivos.
miembros de la Junta de Gobierno.
Patrimonio del Partido
Defensor General del Afiliado y el Adherente
Artículo 54: La elección de candidaturas electi-
Tribunal de Cuentas
vas, se hará de la misma forma que las eleccio- Artículo 45: El patrimonio del Partido estará
Artículo 38: El Defensor General del Afiliado integrado por:
nes generales, en cuanto a mayorías, asigna-
Artículo 30: El Tribunal de Cuentas estará inte- y el Adherente es un órgano independiente,
ción de cargos, cupos, y distritos.
grado por 1 (un) Revisor General de Cuentas, y instituido en el ámbito de la Asamblea de a. Fondos provenientes de los distintos poderes
2 (dos) Revisores Generales de Cuentas Adjun- Distrito, que actuará con plena autonomía ejecutivos: Nacional, Provincial o municipal, se- Artículo 55: Si después de oficializadas las
tos, designados por la Asamblea, a través del funcional sin recibir instrucciones de ninguna
listas de candidatos, se diere el caso de falle- gún lo indique la normativa vigente.
cimiento, renuncia, separación, inhabilidad o voto directo de al menos la mayoría absoluta autoridad.
del total de sus miembros.
b. Con las contribuciones de los afiliados, ad- incapacidad relativa o absoluta de los candi-
Su misión es la defensa y protección de los de- herentes, y/o personas físicas o jurídicas.
datos o representantes electos, se producirá el
Permanecerán 2 (dos) años en sus funciones y rechos, garantías e intereses del afiliado y ad-
reemplazo por corrimiento en el orden de lista,
podrán ser reelectos indefinidamente.
herente, tutelados por la Constitución Nacional,
agotándose primero la de los candidatos titula- Artículo 46: Todos los gastos e inversiones que
por la Constitución de la Provincia de Catamar-
res y luego la de los suplentes. efectúe el Partido serán controlados por el Tri-
Deberá sesionar con la totalidad de los miem- ca, leyes que en su consecuencia se dicten, por bunal de Cuentas.
bros que la componen, y sus decisiones se esta Carta Orgánica y demás reglamentos que
Título 9 Causas de Extinción del Partido
adoptarán por la mayoría absoluta de los votos. dicte el Partido, ante hechos, actos u omisiones Los fondos del Partido, salvo los destinados a
de las autoridades partidarias. Tendrá también
Artículo 56: La extinción del Partido Valores financiar la campaña electoral, deberán depo-
Artículo 31: El tribunal de Cuentas tendrá ac- la misión de controlar el ejercicio de las funcio-
para mi País solo puede ser decidida por la sitarse en una cuenta única que se abrirá en el
ceso permanente a los libros de contabilidad, nes administrativas.
Asamblea de Distrito, por unanimidad de sus Banco de la Nación, según lo establecido en la
miembros extractos bancarios y a toda documentación
normativa vigente.
económica y financiera del Partido.
Artículo 39: El Defensor será designado y remo-
vido por la Asamblea con el voto de la mayoría Artículo 47: Los aportes al Partido son:
Artículo 57: Los bienes del Partido extinguido
Tiene el deber de informar inmediatamente al absoluta de la totalidad de los miembros que la
serán donados a una institución Cristiana de
Presidente de la Junta de Gobierno y al Presi- componen.
beneficencia, estando a cargo de dicha dona- a. Los realizados por personas jurídicas no
ción quienes ejercían el Tribunal de Cuentas. dente de la Asamblea de Distrito, sobre cualquier
podrán ser superiores al monto equivalente al
irregularidad que advierta. La Junta de Gobierno Permanecerá en su cargo 2 (dos) años, pudien- 50% (cincuenta) del total de gastos permitidos.
podrá solicitar la opinión del Tribunal de Cuentas do ser nuevamente designando por una sola
Título 10 Normas Generales:
con relación a los asuntos de su competencia. vez en forma consecutiva.
b. Los realizados por personas físicas no po-
Artículo 58: Todos los cargos partidarios, sin drán ser superiores al monto equivalente al
Artículo 32: Anualmente, el Tribunal de Cuentas Escuela Superior de Conducción Política
excepción alguna, se ejercerán ad honorem, sin 50% (Cincuenta) del total de gastos permitidos.
derecho a retribución pecuniaria alguna. elevará a la Asamblea para su consideración,
un informe que será tenido en cuenta por la Artículo 40: La Escuela Superior de Conduc- Artículo 47 Bis: Se establece como fecha de
misma en oportunidad de expedirse sobre la ción Política es un órgano del Partido, depende
Artículo 59: Luego de oficializadas las precan- cierre el día 31 de diciembre.
gestión de la Junta de Gobierno, la cual recibirá directamente de la Junta de Gobierno, la cual
didaturas o candidaturas se abrirá un plazo de
copia del mismo.
designa y remueve a sus autoridades.
24 horas para realizar impugnaciones a la reso- Título 8 Elecciones Internas y
lución ante la junta electoral. Participación Popular
Junta Electoral
Artículo 41: Todas las actividades de la Escuela
Superior de Conducción Política, son gratuitas
Artículo 60: Ningún miembro del Partido podrá Artículo 48: El presente título se aplicará a las
Artículo 33: La Junta Electoral estará integrada y de libre acceso para los afiliados y adherentes
ocupar más de tres cargos simultáneamente. elecciones internas para elegir candidatos a
por 3 (tres) miembros: 1 (un) Presidente, 1 (un) del Partido.
cargos Públicos electivos nacionales y de la
Vicepresidente y 1 (un) secretario, designados
Artículo 61: Cada órgano propone anualmente a Provincia de Catamarca, siendo de aplicación
por la Junta de Gobierno que no podrán ser
la Junta de Gobierno su presupuesto de gastos, Artículo 42: Todas las actividades de la Escue- supletoria el Código Nacional Electoral y la Ley
así como la designación del personal necesario miembros de la misma.
la Superior de Conducción Política deben ser electoral de la Provincia de Catamarca, la Ley
aprobadas previamente a su realización, por la
para sus tareas administrativas. Orgánica de los Partido Políticos, y la ley 26.571
Artículo 34: El mandato de los miembros de la Junta de Gobierno.
Ley de Democratización de la Representación
Junta Electoral durará 2 (dos) años.
Título 11 Norma Transitoria Política, la Transparencia y la Equidad Electoral.
Artículo 43: Son sus funciones:
Artículo 62: Las autoridades surgidas en el Acta Deberá sesionar con la totalidad de los miem-
Artículo 49: El mecanismo para elegir cargos
Constitutiva del Partido Valores para mi País bros que la componen, y sus decisiones se a. Realizar un informe anual que contiene el públicos, será mediante la implementación de
adoptarán por la mayoría absoluta de los votos. análisis político de la situación partidaria, el
ejercerán las funciones que la presente otorga elecciones internas, de no haber una sola lista
funcionamiento interno del Partido en general y
a todos los organismos partidarios, hasta tanto, conformada, la cual será proclamada electa por
Artículo 35: Son atribuciones de la Junta Elec- de cada una de sus áreas y órganos en particu-
mediando elecciones, dichos organismos se la Junta Electoral.
toral:
constituyan. lar; el cual elevará a la Asamblea de Distrito, a
la Junta de Gobierno y al Defensor General del Artículo 50: Las elecciones internas para elegir
Artículo 63: Durante los primeros 10 (diez) a. Formar el padrón de afiliados, depurarlo pe- Afiliado y el Adherente.
precandidatos a cargos electivos y/o ejecutivos
riódicamente de los afiliados fallecidos, o que
años de funcionamiento del partido, solamente deberán ser convocadas con 90 (noventa) días
hubieran renunciado, o que fueron inhabilita- b. Realizar un informe que elevará a la Asam-
podrán ocupar los cargos de presidente de la de anticipación a la oficialización de las listas
dos, suspendidos o expulsados.
blea de Distrito, conteniendo los requisitos que
Asamblea, presidente de la Junta de Gobierno, de la elección primaria obligatoria.
y presidente del Tribunal de Ética y Disciplina, considere, en ese momento, necesarios para
aquellas personas que se encuentren entre los b. Solicitar la impresión del padrón de afiliados un desempeño idóneo de la función, y los po- El término para oficializar precandidatos será
miembros integrantes de la Junta Originaria a la Justicia Electoral.
sibles candidatos con motivo de la elección del de 20 (veinte) días anteriores a la elección pri-
Defensor General del Afiliado y el Adherente.
Promotora de Valores Para mi País.
maria obligatoria simultánea.
c. Registrar los cambios de domicilio, actuali-
zando las altas y las bajas que se produzcan. c. A pedido de los representantes electos del
Artículo 64: Durante los primeros 10 (diez) años
Las elecciones para cargos partidarios podrán
de funcionamiento del partido, los delegados Partido, ya sea a nivel nacional o distrital, reali- coincidir o no con las elecciones para cargos
por departamentos para integrar la Asamblea d. Presidir, organizar, y fiscalizar las elecciones zará informes, proyectos y prestará asistencia. legislativos y/o ejecutivos, estableciendo que
de Distrito, como las personas designadas internas convocadas por la Junta de Gobierno y
las candidaturas deberán ser oficializadas con
oficializar las listas de candidatos y precandida- d. Con motivo de la realización de elecciones,
para conducir los CPV, podrán tener domicilio
30 (treinta) días de anticipación al acto eleccio-
tos, pudiendo verificar la autenticidad de las fir- prestará colaboración a la Junta Electoral en
fuera del ámbito de la comuna que se trate,
nario.
mas. Hacer el escrutinio definitivo e inapelable
siempre que sea dentro de la Provincia de Ca- cuanto a la fiscalización del proceso.
tamarca. de las elecciones, proclamando a los electos, y
Artículo 51: Podrán ser precandidatos, y par-
debiendo comunicarlo al apoderado del Partido e. Realizar cursos de capacitación política, de- ticipar en las elecciones internas, todos los
SECRETARIA ELECTORAL, 14 de junio de 2016.- para la respectiva oficialización cuando se trate biendo contener como mínimo en sus progra- afiliados del Partido. Para cargos electivos,
de candidatos a cargos públicos.
mas los siguientes puntos: conducción política,
DR. RICARDO ANTONIO MORENO JUEZ
podrán postularse candidatos extrapartidarios,
oratoria, régimen electoral y de los partidos
FEDERAL CON COMPETENCIA ELECTORAL
si reúnen los requisitos exigidos.
SUBROGANTE Juez - FDO. DR. AMERICO e. Fijar los lugares donde funcionaran las urnas políticos, análisis y profundización de la Doctrina
MORCOS - SECRETARIO ELECTORAL FEDE- de los comicios.
Social de la Iglesia, análisis crítico de las distintas Toda persona que pretenda ser precandidata
RAL SECRETARIO ELECTORAL FEDERAL doctrinas políticas, ética política, derecho cons- deberá declarar bajo juramento que respetará
f. Redactar y hacer imprimir la credencial del titucional, opinión pública, campañas electora- las bases de acción política del partido, los
e. 23/06/2016 N° 42697/16 v. 23/06/2016
Partido, que será entregada a los afiliados, y la les, políticas públicas y un análisis constante de