N° 43684/16 Aviso del Boletín Oficial
sentes.
Texto del aviso
sentes.
fundamental del Partido “COMPROMISO FE- COMPROMISO FEDERAL
DE LAS UNIDADES DE TRABAJO
DERAL”, cuya organización y funcionamiento
Y FORMACION; AUTORIDADES
Duran 2 años en sus funciones y son meros
se ajustará a las disposiciones contenidas en Distrito San Luis
DE CIRCUNSCRIPCIÓN, PARTIDO
auxiliares de la implementación de políticas del
ella.
O DEPARTAMENTO
Consejo Provincial Partidario.
Publicación ordenada por el artículo 63, párrafo
2do. de la ley 23.298:
ARTICULO 2°: El Partido “COMPROMISO
ARTICULO 12°: Las Unidades de Trabajo y
Los Secretarios Generales Departamentales
FEDERAL”, está constituido por la totalidad
Formación Política, constituyen el organismo
son además miembros naturales del Congreso
de sus afiliados y adherentes en la República EDICTO
primario del Partido, centro natural de adoctri-
provincial Partidario y participan de sus Se-
Argentina e inscriptos en el Registro Partidario
namiento y difusión de sus principios y bases
siones Ordinarias y Extraordinarias con voz y El Juzgado Federal con competencia Electo- correspondiente.
de acción política y actividades culturales. La
voto. Tienen para tal fin los mismos derechos y ral en el distrito San Luis, bajo jurisdicción del
afiliación se efectuará en los locales que se ha-
obligaciones que los Congresales Provinciales
CAPITULO II Doctor Juan Esteban Maqueda, Secretaría
bilitarán al efecto por los organismos partida-
Partidarios.
Electoral Nacional a cargo de la Dra. Sonia
rios y las fichas deberán ser remitidas para su
DE LOS AFILIADOS Y ADHERENTES Merry Randazzo, hace saber, en cumplimien-
aprobación y registro al Consejo Provincial del
En caso de no poder asistir a las reuniones del to de lo establecido en el art. 63, 2do. Párrafo,
distrito electoral al cual correspondan y según
Congreso Provincial Partidario el Secretario de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos ARTICULO 3°: Son afiliados todos los ciudada- normas que ellos dicten.
General, podrá en su reemplazo, desempeñar Nº 23.298, que a fs. 384/387, de los autos nos de ambos sexos que soliciten su afiliación y
su representación como Congresal el Secreta-
sean admitidos por las autoridades competen- caratulados: “COMPROMISO FEDERAL –
ARTICULO 13°: Los organismos directivos del rio General Adjunto de cada Consejo Departa-
tes partidarias. ORDEN NACIONAL S/FUSIÓN DE PARTI-
Partido fijarán el número mínimo de afiliados mental.
DOS POLÍTICOS – (PARTIDO ES POSIBLE
que sea preciso para constituir una Unidad de
Y MOVIMIENTO INDEPENDIENTE, JUSTICIA ARTICULO 4°: No podrán afiliarse los ciudada-
Trabajo y Formación Política, y tendrán la juris- Los integrantes de cada Consejo Departamen- Y DIGNIDAD)”, Expte. Nº CNE 6618/2015, y nos incluidos en las prohibiciones del art. 33 de
dicción territorial que ellos establezcan. tal son:
con fecha 13 de Mayo de 2.016, se ha dictado la Ley 23.298, disposiciones legales posteriores
o concordantes. sentencia de aprobación de la fusión de los
ARTICULO 14°: Serán autoridad de cada Uni- 1. Un Secretario General, Un Secretario General partidos ES POSIBLE-ORDEN NACIONAL y
dad de Trabajo y Formación Política el Consejo Adjunto, y Un Vocal, por el departamento Juan MOVIMIENTO INDEPENDIENTE JUSTICIA Y ARTICULO 5°: El ciudadano que desee afi-
que se forme, que actuará de acuerdo a las Martin de Pueyrredón;
DIGNIDAD-ORDEN NACIONAL; y, en con- liarse deberá firmar la solicitud de afiliación y
instrucciones y directivas de las autoridades
secuencia, RECONOCER como PARTIDO llenar la ficha correspondiente, que exprese:
superiores del Partido. 2. Un Secretario General, Un Secretario Gene- NACIONAL resultante de dicha fusión, a la nombre y domicilio; matrícula; clase; sexo;
ral Adjunto, y Un Vocal, por el departamento
estado civil; profesión; oficio; su firma o im- agrupación requirente, acordándole la co-
Pedernera;
presión digital debidamente autenticada y ARTICULO 15°: En cada Circunscripción, rrespondiente personería jurídico-política
Partido o Departamento en que se dividen definitiva de orden nacional bajo la deno- adhesión a los principios, las bases de acción
los Distritos Electorales, podrá constituir- 3. Un Secretario General, Un Secretario Gene- minación “COMPROMISO FEDERAL”, que política y a ésta Carta Orgánica. Aprobada
se el Consejo de Circunscripción, Partido ral Adjunto, y Un Vocal, por el departamento en su parte resolutiva dispone: “SAN LUIS, su solicitud, se le entregará constancia de su
o Departamento cuando las circunstancias Pringles;
Mayo 13 de 2.016.- Y VISTO:…. RESULTA:... afiliación.
así lo requieran o lo exijan las necesidades Y CONSIDERANDO:…. RESUELVO: I.- APRO-
4. Un Secretario General, Un Secretario Gene-
partidarias, y ejercerá jurisdicción sobre las BAR LA FUSIÓN de los partidos ES POSIBLE ARTICULO 6°: Los ciudadanos deben afiliarse
ral Adjunto, y Un Vocal, por el departamento
Unidades de Trabajo y Formación Política de ORDEN NACIONAL y MOVIMIENTO INDE- en el organismo partidario que corresponda al
las respectivas circunscripciones, partidos o Dupuy;
PENDIENTE JUSTICIA Y DIGNIDAD-ORDEN último domicilio anotado en su Libreta de Enro-
departamentos, quien supervisará su desen- NACIONAL conforme el acuerdo de fusión lamiento, Libreta Cívica o Documento Nacional
volvimiento y acción. 5. Un Secretario General, Un Secretario Gene- que adjuntan a fs. 1/3 de estas actuaciones; de Identidad. La afiliación estará abierta perma-
ral Adjunto, y Un Vocal, por el departamento
nentemente. y, en consecuencia, RECONOCER como
Belgrano;
ARTICULO 16°: Los integrantes de las Unidad PARTIDO NACIONAL resultante de la fusión,
de Trabajo y Formación Política y de los Con- a la agrupación requirente, acordándole la ARTICULO 7°: Los afiliados ejercerán la direc-
sejos de Circunscripción, Partido o Departa- 6. Un Secretario General, Un Secretario General correspondiente personería jurídico-política ción, gobierno y fiscalización del Partido, según
mento, deben ser elegidos por simple mayo- Adjunto, y Un Vocal, por el departamento Junín; definitiva de orden nacional bajo la denomi- las disposiciones de esta Carta Orgánica y la de
nación “COMPROMISO FEDERAL”; debiendo los organismos partidarios de distrito que ella ría, por voto directo y secreto de los afiliados
7. Un Secretario General, Un Secretario General
organiza.
de las respectivas jurisdicciones y revestir ese procederse por Secretaría a su inscripción en
Adjunto, y Un Vocal, por el departamento Cha-
carácter. Durarán dos años en sus funciones. los términos del art. 39 de la Ley N° 23.298.-
En las Unidades de Trabajo y Formación Po- cabuco;
II.- DECLARAR, en cuanto hubiere lugar, que ARTICULO 8°: La afiliación se extingue: por
lítica, Partidos de Circunscripción o Distrito, el partido “COMPROMISO FEDERAL” se renuncia expresa, por desafiliación y por expul-
donde se haya oficializado una sola lista para 8. Un Secretario General, Un Secretario Gene- encuentra autorizado a funcionar con tal de- sión.
ral Adjunto, y Un Vocal, por el departamento nominación (nombre) y con arreglo a la Carta
las elecciones internas del Partido, podrá
Ayacucho;
ARTICULO 9°: La renuncia a la afiliación debe prescindirse del voto de los afiliados; será su- Orgánica (fs. 5/13) y Declaración de Principios
ficiente en tal caso la pública proclamación de y Bases de Acción Política (fs. 4 y vlta.) que hacerse conforme al método establecido en la
los candidatos o la lista presentada. La única 9. Un Secretario General, Un Secretario Gene- corren agregadas en los presentes actuados Ley Nº 26.571 y/o disposiciones legales poste-
lista se pondrá de manifiesto en las respecti- ral Adjunto, y Un Vocal, por el departamento y que se tienen por aprobadas.- III.- CONCE- riores o concordantes.
vas sedes partidarias durante cinco días para San Martin;
DER el plazo máximo de SESENTA (60) DÍAS
que los afiliados puedan, dentro de ese térmi- contados a partir de la fecha de la presente, La desafiliación se produce en caso de acep-
Disposiciones transitorias
no, impugnar, en su caso, a sus integrantes para que se acompañen los libros a que se tación de candidaturas extrapartidarias y/o
por no estar afiliados dentro de la jurisdicción refiere el art. 37 de la Ley Nº 23.298 y 21 de de cargos públicos de naturaleza política en
del organismo para el cual se lo elige o por Artículo 39°: A los fines del cumplimiento de la Ley Nº 26.215, a los fines de su rubricación gobiernos que no sean de este partido, sin
las causales previstas en la Carta Orgánica los estipulado por la presente Carta Orgánica (art. 7 bis. Inc. c, Ley N° 23.298), bajo aper- contar con la previa y expresa autorización
Partidaria. Partidaria, y para cumplir con los mandatos de cibimiento de ley.- IV.- CONCEDER el plazo de los organismos partidarios correspon-
la Ley de Partidos Políticos vigente, se designa máximo de CIENTO OCHENTA (180) DÍAS dientes.
Las impugnaciones se resolverán por la autori- a partir de la firma del acta fundacional, una contados a partir de la fecha de la presente,
dad que corresponda, según las disposiciones junta promotora que estará integrada por un para que se acrediten las nuevas autoridades La desafiliación y la expulsión son sanciones
reglamentarias o que se dicten, dentro de las Presidente, un Vice-presidente, un Secretario, del partido, surgidas conforme lo dispuesto que se aplicarán por los órganos y procedi-
cuarenta y ocho horas de vencido dicho térmi- un Tesorero y un vocal. Así mismo se designan en la Carta Orgánica, bajo apercibimiento mientos que más adelante se señalan, según
dos (2) apoderados partidarios a fin de que re- de ley.- V.- El NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN la gravedad de la infracción cometida por el no.
presenten al Partido Del Trabajo y la Equidad del partido “COMPROMISO FEDERAL” como afiliado.
El término de manifiesto de la lista única; se (PAR.T.E.) ante las autoridades electorales co- partido nacional, por aplicación de la Acor-
hará conocer a los afiliados por los medios más rrespondientes.
dada Nº 94/02 C.N.E., acápite 2º), punto I y ARTICULO 10°: Todos los afiliados tienen igua-
art. 18 de la Ley N° 23.298, será adjudicado les derechos y obligaciones. Ningún afiliado o idóneos en el lugar. Los Consejos de Circuns-
La Junta Promotora tendrá a su cargo el por la por la Excma. Cámara Nacional Elec- grupo de afiliados podrá atribuirse la represen- cripciones, Partido o Departamento, estarán
cumplimiento de los requisitos establecidos toral.- VI.- ORDENAR publicar por un (1) día tación del Partido, o de sus organismos o de integrados por el número de miembros que
en la Ley Orgánica de Partidos Políticos (Ley el presente auto y la Carta Orgánica (fs. 5/13) otros afiliados.
determinan las respectivas Cartas Orgánicas
de cada Distrito Electoral y serán elegidos con N° 23.298 y modificatorias), normas concor- en el Boletín Oficial de la Nación (art. 63°, pá-
determinación de funciones. dantes y subsiguientes. A sus efectos la Junta rrafo 2do., Ley N° 23.298).- VII.- COMUNICAR Están obligados a observar esta carta orgá-
Promotora será la autoridad partidaria, hasta la presente resolución a la Excma. Cámara nica, los principios y bases de acción política
tanto se convoque a elecciones partidarias in- Nacional Electoral, a los Juzgados Federales aprobados por el Partido y en su hora, la pla- ARTICULO 17°: En las Circunscripciones, Par-
ternas para designar las autoridades.
con competencia Electoral, al Ministerio del taforma electoral, mantener la disciplina parti- tidos, Departamentos o centros urbanos para
Interior de la Nación, a la Dirección Nacional
los que deban elegirse autoridades municipa- daria, cumplir estrictamente las disposiciones
Artículo 40°: A los efectos de la constitución Electoral y al Juzgado Electoral Provincial; a de sus organismos, votar en las elecciones les, los candidatos del Partido serán elegidos
como Partido Nacional oportunamente y cuyos efectos se librarán los oficios pertinen- internas y contribuir a la formación del patri- por simple mayoría, por el voto directo y secreto
cuando se obtengan los respectivos recono- tes.- VIII.- PÓNGASE EN CONOCIMIENTO del monio del partido, según las disposiciones de los afiliados de la respectiva jurisdicción o
23
Lunes 27 de junio de 2016
Segunda Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.406
por el modo que las cartas orgánicas de cada ARTICULO 20°: El Congreso Nacional de- Congreso Nacional y las reglamentaciones y conocimiento y resolución de impugnacio-
distrito lo dispongan.
signará de su seno sus autoridades por sim- que se dicten. Representa la suprema auto- nes, fiscalización de elecciones y proclama-
ple mayoría de votos presentes. Elegirá un ridad ejecutiva del Partido y es el encargado ción de candidatos electos. d) Confección de
Los candidatos a legisladores provinciales se Presidente, un Vicepresidente Primero, Un de orientar la acción partidaria en los casos cronograma electoral. e) Dictado de su propio
designarán igualmente por el modo que lo se- Vicepresidente Segundo, Un Vicepresidente no previstos por resolución del Congreso reglamento y normas complementarias nece-
ñalan las Cartas Orgánicas de cada Distrito. Tercero, Un Secretario General, Un Secreta- Nacional. De todo lo actuado por los distintos sarias para la regulación de los actos electo-
rio de Actas, Un Secretario de Organización, Órganos del Consejo Nacional se levantará rales.
Un Secretario de Prensa y Difusión y Dos acta, al igual que las resoluciones que dicte, CAPITULO IV
Prosecretarios, los que conformarán la Mesa se instrumentarán por escrito, con las firmas
CAPITULO VIII
Directiva de dicho Organismo Partidario. El de quien haya presidido el acto; y de los se-
DE LAS AUTORIDADES DE DISTRITO
Congreso Nacional deberá reunirse ordi- cretarios que correspondan.
DE LOS TRIBUNALES DE DISCIPLINA
nariamente, al menos, una vez al año y ex-
ARTICULO 18°: En cada Distrito (Ciudad Au- traordinariamente cuando lo solicite un tercio ARTICULO 24°: Corresponde asimismo al Con- ARTICULO 28°: En cada Distrito existirá un tri- tónoma de Buenos Aires y en cada una de las de sus miembros por nota, con firmas cer- sejo Nacional:
bunal permanente de disciplina para entender Provincias), la dirección del Partido estará a tificadas, dirigida al Presidente del Congre-
en los casos individuales o colectivos que se cargo de los organismos que se indican a conti- so Nacional o cuando lo solicite el Consejo a) Dirimir conflictos de cualquier naturaleza que susciten por inconducta, indisciplina, viola- nuación sobre los que legislarán las respectivas Nacional. Será obligación de las autoridades se susciten entre los organismos partidarios. ción de los principios y resoluciones de los Cartas Orgánicas, ajustándose a las siguientes del Congreso, en estos casos, efectuar la
organismos partidarios que puedan significar bases generales: a) El Congreso de la Ciudad convocatoria dentro del quinto día de solici- b) Fiscalizar la conducta política de los repre- la aplicación de sanciones para sus afiliados Autónoma de Buenos Aires o Provinciales re- tada para que este pueda reunirse dentro del sentantes del Partido en los cuerpos colegia- o adherentes. Substanciarán las causas por el presentativo de la soberanía local partidaria, plazo de veinte días de efectuada la petición. dos nacionales.
procedimiento escrito que se reglamente y que serán elegidos por simple mayoría y voto direc- Si así no lo hicieren el Congreso podrá au-
asegure el derecho de defensa del imputado to y secreto de los afiliados de las respectivas toconvocarse por decisión de un tercio de c) Mantener las relaciones con los poderes y dictaminará aconsejando la sanción que co- jurisdicciones en el modo, número y proporción los Congresales o ser citado por el Consejo públicos nacionales y con los organismos parti- rresponda. que determinen las respectivas Cartas Orgá- Nacional. En caso de acefalía del Congreso darios de Distrito.
nicas. Sus integrantes durarán cuatro años en la convocatoria se hará por el Presidente del
sus mandatos.
ARTICULO 29°: En el Orden Nacional existirá
Consejo Nacional o por un tercio de los Con- d) Organizar la difusión y propaganda Partidaria asimismo un Tribunal de Disciplina designado
gresales.
en el orden nacional creando los organismos por el Congreso Nacional, que con los mismos b) Corresponderán al Congreso de la Ciudad
necesarios para ese fin.
recaudos, procedimiento escrito, garantía de Autónoma de Buenos Aires o Provinciales ARTICULO 21°: Corresponderá al Congreso
la defensa, dictaminará en los casos que le la facultad disciplinaria sobre los afiliados y Nacional:
e) Dar directivas sobre la orientación y actuación sean propuestos por el Congreso Nacional y el autoridades partidarias de su jurisdicción, de-
del Partido de conformidad a las disposiciones Consejo Nacional y en las Apelaciones cuando signará los candidatos a Jefe y Vice Jefe de a) Fijar en el orden nacional un plan de acción de esta Carta Orgánica y las Resoluciones del ellas procedan, interpuestas ante el Congreso Gobierno y demás cargos electivos locales y política, social, económica y cultural del Partido Congreso Nacional y realizar con las facultades Nacional por sanciones disciplinarias resueltas provinciales, Gobernador y Vicegobernador y aprobar en su caso la Plataforma Electoral. suficientes, todos los actos y contratos que por las autoridades del Distrito. El Consejo Na- de las Provincias y demás cargos electivos
deben cumplirse conforme a las disposiciones cional aplicará la sanción prevista en los incisos Provinciales, por la elección directa de los b) Impartir las directivas generales para el de- legales.
a) y b) del artículo 31 a propuesta del Tribunal de afiliados según lo establece la Carta Orgánica senvolvimiento del partido, en toda la Nación,
Disciplina. Partidaria o por el voto de la mitad mas uno de expedir los reglamentos necesarios para su f) Aplicar las sanciones a que hace referen-
los congresales presentes, lo que en definitiva mejor gobierno.
cia el artículo 31, inciso a) y b) de esta Carta ARTICULO 30°: El Tribunal de Disciplina está se resuelva.
Orgánica, previo dictamen de los Tribunales compuesto por Tres miembros titulares y
c) Recabar y recibir informes de los organismos de Disciplina, y ad referéndum del Congreso dos suplentes, preferentemente abogados o Conforme a la Ley Nº 26.571 para la designa- nacionales o provinciales del Partido o de sus Nacional.
escribanos, que durarán cuatro años en sus ción de candidatos a cargos electivos naciona- afiliados.
funciones, y no podrán formar parte de otros les – Presidente y Vicepresidente de la Nación,
g) Hacer las designaciones de Responsable organismos partidarios. Diputados Nacionales, Senadores Naciones y d) Juzgar en definitiva, originariamente, o por Económico-Financiero y Responsable Político
Parlamentarios del Mercosur se aplicará el sis- apelación, de la conducta de todas la autorida- de las campañas electorales, o cualquier otra
ARTICULO 31°: Los Tribunales de Disciplina tema que rige en la legislación vigente y/o la que des establecidas por esta Carta Orgánica o las necesaria conforme a las disposiciones de la
podrán aconsejar las siguientes sanciones: en un futuro la modifique.
de Distrito.
ley 26.215 y/o sus modificatorias.
a) Amonestación. c) El Consejo de la Ciudad Autónoma de Bue- e) Considerar los informes de representaciones h) Intervenir los Distritos u Organismos Partida-
nos Aires o Provinciales, compuesto por el parlamentarias nacionales.
rios, la duración de la Intervención en ningún
b) Suspensión temporaria de la afiliación. número que determinen las Cartas Orgánicas
caso podrá extenderse más de un año.
respectivas, elegidos por simple mayoría por f) Reformar la Carta Orgánica, por la simple
el voto directo y secreto de los afiliados. Sus
c) Desafiliación. mayoría de los miembros presentes.
CAPITULO VI
integrantes durarán cuatro años en su mandato.
Ejercerá la autoridad efectiva en el orden local y g) Entender en grado de apelación sobre las
DE LA ELECCION DE CANDIDATOS
d) Expulsión.
tendrá la facultad de crear organismos adminis- intervenciones que dispongan los Congresos
A PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE
trativos y de difusión necesarios y de conducir de Distrito en los organismos que dependan de
DE LA NACIÓN.
CAPITULO IX
el Partido en el orden local.
ellos.
ARTICULO 25°: Internas Abiertas: Los candi- DE LA COMISION DE FISCALIZACIÓN
CAPITULO V
ARTICULO 22°: El Congreso verificará los po- datos partidarios a Presidente y Vicepresiden-
deres de los delegados en su sesión preparato- te de la Nación, serán elegidos conforme el ARTICULO 32°: A los efectos del contralor
ria y será único Juez de su validez.
procedimiento previsto en el art. 23 de la Ley DE LAS AUTORIDADES NACIONALES
contable de los ingresos y egresos de los
Nº 26.571, disposiciones legales posteriores o fondos partidarios, el Congreso Nacional
ARTICULO 23°: El Consejo Nacional estará in- concordantes.
designará una Comisión Fiscalizadora de tres ARTICULO 19°: El Congreso Nacional del Par-
tegrado por Un Presidente, Un Vicepresidente
miembros, preferentemente profesionales tido es su organismo supremo y representa
Primero, Un Vicepresidente Segundo, Un Vice-
CAPITULO VII
especializados en la materia. La Comisión directamente a la soberanía partidaria. Sus
presidente Tercero, Un Secretario General, Un miembros durarán en sus mandatos cuatro
se dará su propia reglamentación de fun-
Secretario de Actas, Un Tesorero y un Prote- DE LA JUNTA ELECTORAL NACIONAL cionamiento la que deberá ser aprobada por años, pudiendo ser elegidos de manera di-
sorero.
el Consejo Nacional. recta por los afiliados o por los respectivos
ARTICULO 26º: La Junta Electoral Nacional Congresos distritales en la siguiente propor-
Los Apoderados Nacionales formarán parte del estará integrada por Tres miembros titulares y ción: cada distrito electoral designará tres
CAPITULO X
Cuerpo participando de las deliberaciones, con Dos suplentes, y durarán cuatro años en sus (3) delegados titulares y tres (3) delegados
voz y sin voto.
funciones. Serán designados por el Congreso suplentes. Los Congresales Nacionales de-
DE LOS APODERADOS
Nacional y se conformará de la siguiente ma- berán ser mayores de edad y cumplir además
El Consejo Nacional dictará su propio regla- nera: Un Presidente, Un Vicepresidente y Un las condiciones exigidas para ser Diputados
ARTICULO 33°: El Consejo Nacional y las auto-
mento y determinará las funciones y compo- Secretario. Nacionales.
ridades distritales, en sus respectivos ámbitos,
sición de todos sus organismos. Tendrá Sede
nombrarán uno o más apoderados, con prefe-
en la Ciudad Capital de la Provincia de San Frente a cada proceso electoral, y hasta la fina- rencia abogados, para que conjunta, alterna- Una vez incorporados al Congreso integrarán
Luis y podrá sesionar en el lugar de la Re- lización del mismo, la mesa directiva del Con-
el cuerpo y su permanencia en el cargo será
tiva o separadamente representen al Partido
pública que se establezca en cada caso. Los greso Nacional designará Un miembro titular
inamovible mientras dure el mandato original,
ante las autoridades judiciales, electorales o
mandatos durarán cuatro años. Serán elegi- a propuesta de los apoderados de listas que
salvo sanción impuesta por el propio órgano.
administrativas y realicen todas las gestiones
dos por los Congresales Nacionales reunidos hayan oficializado candidatos. La no proposi- o trámites que le sean encomendados por
en el Congreso Nacional Partidario que se ción de miembros por parte de las listas o la no aquellos. Para el supuesto que los congresales lo sean convoque a dichos efectos. El quórum para designación de miembros por parte de la mesa
de un distrito intervenido, designados por el el Consejo Nacional será de la mitad más del Congreso, no invalida el funcionamiento
propio interventor, estos no gozarán de la ga-
CAPITULO XI
uno de sus miembros presentes en Primera del cuerpo. Mientras no se incorporen los
rantía antes mencionada.
Citación y de un tercio de sus miembros pre- miembros en representación de las listas de
DEL PATRIMONIO
sentes en Segunda Citación. Las decisiones candidatos, el quórum de la junta se cons-
El Congreso Nacional tendrá su sede en la Ciu- sometidas a su consideración se tomarán por tituirá con la presencia de la mitad más uno
ARTICULO 34°: El Patrimonio del Partido se dad Capital de la Provincia de San Luis pero simple mayoría de los presentes y en caso de de sus miembros. Las decisiones de la Junta
formará con: podrá sesionar en el lugar de la República que empate el Presidente tendrá doble voto. Para Electoral son inapelables e irrevocables en el
designe en cada caso, el quórum se forma con todo lo no previsto y hasta tanto dicho Orga- ámbito partidario. Quedando expedita para el
la mitad más uno de los presentes en la primera
a) Las contribuciones de los afiliados en todo el nismo dicte su propio reglamento se regirán o los interesados la vía establecida en la Ley
citación y con un tercio de los presentes en la
territorio de la Nación. por el Reglamento del Honorable Congreso Nº 23.298, disposiciones legales posteriores
segunda citación.
Nacional y supletoriamente por el último Re- y/o concordantes.
glamento de la Cámara de Diputados de la
b) El diez por ciento de las retribuciones que
Sus deliberaciones y resoluciones se regirán Nación.
ARTICULO 27: La Junta Electoral tiene las si- perciban los legisladores nacionales.
por el Reglamento del Honorable Congreso
guientes facultades: a) Dirección y control de
Nacional y supletoriamente por el último Re- El Consejo Nacional es el órgano permanen- todo acto eleccionario interno. b) Aprobación, c) Los aportes, donaciones o ingresos de cual-
glamento de la Cámara de Diputados de la te encargado de cumplir las disposiciones ordenamiento, clasificación y distribución de quier naturaleza que se efectuaran voluntaria-
Nación.
de esta Carta Orgánica, las resoluciones del los padrones. c) Organización de los comicios mente y que no están prohibidas por las leyes.
Lunes 27 de junio de 2016
Segunda
Este patrimonio será administrado por el Con- alianzas en los términos previstos en las leyes
sejo Nacional.
23.298 y 26.571 y modificatorias.
d) Se establece como fecha de cierre del ejer- En los casos en que el Distrito está intervenido,
cicio anual el 31 de diciembre de cada año el Consejo Nacional estará facultado para con-
calendario.
certar alianzas electorales, confederaciones o
fusiones con Partidos Nacionales, Provinciales
y Municipales y elegir candidatos a cualquier ARTICULO 35°: Los fondos del Partido serán
depositados en el Banco de la Nación Argen- cargo que corresponda a ese Distrito, pudiendo
tina a nombre del Partido y a la orden conjunta delegar esta facultad en la intervención parti-
de Dos miembros del Consejo Nacional, que daria.
serán el Presidente y el Tesorero. Los bienes
inmuebles adquiridos con fondos partidarios o
CAPITULO XVII
de donaciones con tal objeto, se inscribirán a
nombre del Partido.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
ARTICULO 36°: Se adoptarán por el Consejo ARTICULO 44°: Si existieran circunstancias ex-
Nacional y de distrito las disposiciones nece- cepcionales, de tipo institucional, político, gre-
sarias para el más riguroso control contable mial o económico, o de grave trascendencia,
de los ingresos y egresos de los fondos parti- que impidiere el libre y normal desenvolvimien-
darios, observándose las disposiciones al res- to del Partido, el mandato de sus miembros se
pecto de las leyes 23.298, 26.215, 26.571 o de entenderá prorrogado hasta que el propio Con-
las disposiciones legales concordantes o que greso determine que han cesado las causales
se dicten en lo sucesivo.
que motivaron dicha prórroga. Queda sin efecto
toda disposición que se oponga al presente ar-
CAPITULO XII
tículo.
DE LA MUJER
Dra. Sonia Merry Randazzo – Secretaria Electo-
ral Nacional del Distrito San Luis.-
ARTICULO 37°: Los cargos partidarios en todos San Luis, Junio 22 de 2.016.
sus niveles electivos nacionales, provinciales y
e. 27/06/2016 N° 43684/16 v. 27/06/2016 municipales y para los que postule candidatos