N° 44652/16 Aviso del Boletín Oficial
UNITE POR LA LIBERTAD Y LA DIGNIDAD
Texto del aviso
UNITE POR LA LIBERTAD Y LA DIGNIDAD
Distrito Córdoba
El Juzgado Federal número 1 con Competencia
Electoral, Distrito Córdoba, a cargo del Juez
Federal, Dr. Ricardo Bustos Fierro, Secretaría
Electoral a cargo de la Dra. Marcela Martínez
Paz, hace saber que en los autos caratulados:
“UNITE POR LA LIBERTAD Y LA DIGNIDAD
S./RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DIS-
TRITO”, Expte. Nº CNE 4000213/2002, se ha
dictado la siguiente resolución: “CÓRDOBA, 17
de marzo de 2016. Publíquese por el término
de un día, en el Boletín Oficial de la Nación, el
texto ordenado de la Carta Orgánica del Partido
“UNITE POR LA LIBERTAD Y LA DIGNIDAD”.-
Fdo. Dr. Ricardo Bustos Fierro, Juez Federal
con Competencia Electoral. – Dra. Marcela
Martínez Paz, Secretaria Electoral Distrito Cór-
doba.
PARTIDO UNITE POR LA LIBERTAD Y
LA DIGNIDAD - Distrito Córdoba
CARTA ORGÁNICA
CAPITULO PRIMERO: DE LOS AFILIADOS:
Art. 1ro: El partido Unite por la Libertad y la
Dignidad (distrito Córdoba), fundado para, ac-
tuar en el territorio de la Provincia de Córdoba,
se integra con personas de ambos sexos, que
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habiéndose adherido a la carta orgánica, su y Vice intendentes municipales, Presidentes, brar los apoderados Generales del partido del Art. 21ro: El Partido, exige como deber primor-
declaración de Principios y sean aceptados por o Jefes Comunales, electores para cargos de distrito, la provincia y demás circuitos.
dial a sus electos, la asistencia permanente a
la autoridad partidaria.
Presidente o Vicepresidente cuando corres-
sus funciones, la identificación de su actuación
ponda, para Convencionales Constituyentes Art. 13ro bis: En caso de renuncia, imposibili- con los principios Doctrinarios y la plataforma.
CAPITULO SEGUNDO: DEBERES Y
en los casos de reforma de la Constitución dad sobreviniente, enfermedad grave o muerte Deben concurrir los mismos al Consejo Provin-
DERECHOS DE LOS AFILIADOS:
Nacional o Provincial. La designación de todos del presidente del consejo provincial, la con- cial, cada vez que este los convoque para infor-
los cargos podrán recaer tanto en afiliados del ducción del partido y todas las atribuciones del mar y recibir sugerencias sobre su labor. Igual
Art. 2do: Son derechos de los afiliados: a) Es- partido como en extrapartidarios, cuando así el presidente del partido expresados en el Art. 13. atribución tienen los consejos departamentales
tar inscriptos en el registro partidario; b) Ser congreso Provincial lo crea conveniente m) En serán realizadas en forma conjunta por el teso- con relación a los legisladores provinciales y
amparado conforme a derecho por el partido todo caso podrá autoconvocarse mediante la rero del consejo provincial y el presidente del los consejos de circuito sobre Intendentes y
si se vieran atacados sus derechos Políticos comunicación en tal sentido, cursada al Presi- congreso provincial, los cuales tendrán igual Concejales. Todo ciudadano que desempeñe
o su libertad personal; c) Ser apoyados en sus dente del Consejo Provincial, por el treinta por voz y voto en las decisiones, no pudiendo estos un cargo electivo o de designación política en
justos reclamos ante el estado en sus diversos ciento de sus miembros. n) Fijar anualmente cambiar los apoderados ni designar nuevos, nombre del partido, dará cuenta en la primera
estamentos d) Ejercer el sufragio interno y el las retribuciones de los apoderados y las gra- esta situación tendrá lugar hasta que asuma reunión anual del congreso provincial de la ges-
tificaciones a estos en épocas electorales. Las derecho a postularse a cualquier cargo partida-
el nuevo presidente del consejo surgido de la tión realizada. Deberá además contribuir con el
rio o electivo e) Presentar ante las autoridades retribuciones serán únicamente para los apo- elección partidaria correspondiente.
tesoro del partido con el cinco por ciento de su
partidarias todos los proyectos y peticiones derados generales de distrito.
remuneración.
que estime conveniente: f) Aceptar, previa au-
DE LOS CONSEJOS DEPARTAMENTALES
torización de la autoridad partidaria. Candida- Art. 8vo: Sesionara válidamente con la asisten-
SISTEMA ELECTORAL DE LA
turas para cargos electorales. a propuesta de cia de la mitad más uno de sus miembros a la
AUTORIDAD ELECTORAL Art. 14to: Son la Autoridad ejecutiva del partido
otros partidos políticos reconocidos tanto en hora fijada en la convocatoria y treinta minutos en el respectivo departamento, sesiona valida-
el ámbito Municipal, como en el Provincial y/o más tarde, con la asistencia de los miembros mente con la mitad mas uno de sus miembros, Art. 22do: Será desempeñada por una JUNTA
Nacional.
que hubiesen comparecido durante el termino otorgándosele al presidente doble voto en caso ELECTORAL, designada por el congreso pro-
de tolerancia establecido, cualquiera sea su de empate, tienen su sede en las respectivas vincial y compuesta por tres miembros, todos
Art. 3ro: Son deberes de los Afiliados: a) Acatar número. La convocatoria para las sesiones del cabeceras o donde lo fije el plenario correspon- afiliados al partido, que durarán en sus funcio-
las resoluciones de la autoridad partidaria. b) Congreso Partidario se realizaran por cualquier diente y se integran con: a) Un Presidente b) nes por el término de dos años, los que solo po-
Ajustar sus actos y su conducta pública a los medio fehaciente.
Un Vicepresidente c) Tres Secretarios titulares drán ser removidos de sus funciones por causa
principios y normas del partido, c) Poner en
d) Tres Secretarios suplentes que por orden de grave sancionada por el voto de dos tercios de
conocimiento de las respectivas autoridades Art. 9no: Para las deliberaciones y votaciones, elección remplazaran a los titulares en caso de los miembros asistentes a la reunión respectiva
partidarias los atentados y las restricciones a regirá en forma supletoria el reglamento interno ausencia. La integración de las listas de can- del consejo provincial, previo audiencia del in-
los derechos políticos y libertad individual de de la Cámara de LEGISLADORES de la Provin- didatos a miembros de los Consejos Departa- teresado para su descargo y “Ad-referéndum”
los que estuviere conocimiento d) Desempeñar cia.
mentales, se realizara de acuerdo con lo pres- del congreso provincial hasta cuyo pronun-
los cargos y funciones que le fueron confiados
cripto en el artículo 3º inciso b) de la ley número ciamiento quedará el afectado suspendido en
por el partido e) Contribuir a la formación del
DEL CONSEJO PROVINCIAL:
23.298, en lo referido al porcentaje minino por sus funciones. Se constituirá por si misma sin
tesoro partidario. f) Abonar la cuota partidaria
sexo contemplado por ley número 24.012.
necesidad de convocatoria alguna y funcionará
mensual para el sostenimiento del partido, di- Art. 10mo: El Consejo Provincial, ejerce la auto-
Válidamente, con un quórum de dos miembros.
fusión de sus Principios, ideales y fomentar la ridad ejecutiva del partido. Está integrado por: Art. 15to: Son deberes y atribuciones del con-
expansión del partido.
a) Un Presidente, quien ejerce la presidencia cejo departamental: a) Ejercer la dirección del Art. 23ro: Corresponde la junta electoral: a)
del partido el que se encuentra embestido de partido en sus respectivos departamentos. b) Organizar y fiscalizar las elecciones internas,
CAPITULO TERCERO: DE LAS AUTORIDADES las atribuciones que se establecen en el Art. 13. Cumplir y hacer cumplir en cuanto de él depen- b) Presidir las tareas inherentes al acto elec-
DEL PARTIDO: DEL GOBIERNO
b) Un tesorero c) Un tesorero Suplente. La inte- da, la resolución del congreso provincial y del cionario, c) Atender las reclamaciones que se
gración de las listas de candidatos a miembros consejo provincial. c) Colaborar en las tareas planteen sobre irregularidades en materia elec-
Art. 4to: El Gobierno del partido será ejercido del Consejo Partidario, se realizará de acuerdo de inscripción y depuración de los registros toral, recibiendo las pruebas pertinentes y ex-
por las siguientes autoridades: a) CONGRESO con lo prescripto en el artículo 3º inciso b) de la provinciales d) Adoptar las medidas que esti- pidiéndose en él termino de cinco días hábiles
PROVINCIAL. b) CONSEJO PROVINCIAL c) ley número 23.298, en lo referido al porcentaje mare conducentes para organizar e incremen- de la clausura de la etapa probatoria, mediante
CONSEJO DEPARTAMENTAL d) CONSEJO DE minimo por sexo contemplado por ley número tar el tesoro del partido en el departamento. e) resolución fundada, d) Realizar el escrutinio y
CIRCUITO.
24.012.
Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de proclamación de los candidatos electos en el
la presente carta. f) Mantener comunicación acto respectivo.
Art. 5to: Solo los afiliados podrán integrar los Art. 11ro: El consejo Provincial tendrá asiento permanente con los consejos de circuito g) In-
diversos órganos de gobierno del Partido. en la Ciudad capital de la provincia. Sesionara tervenir en los conflictos que se susciten entre
DEL REGISTRO PARTIDARIO
válidamente a la hora indicada en la citación los consejos de circuito, dando cuenta de lo
Art. 6to: La duración de los mandatos para el pertinente con la mitad más uno de sus miem- actuado al Consejo Departamental h) Difundir Art. 24to: La afiliación al partido se recibirá per-
desempeño de todos los cargos será de Cuatro bros y media hora más tarde, cualquiera sea el permanentemente la declaración de principios manentemente. Los ciudadanos que deseen
y la base de acción política i) Realizar por lo años. Si vencido él termino, no se hubiese rea- número de asistentes, quedando en este caso
participar en el mismo deberán suscribir la ficha
lizado el respectivo comicio, la Junta electoral, limitada la competencia a los temas indicados menos una reunión bimestral j) Denunciar in- de afiliación e inscribirse en el registro de afilia-
por si y sin necesidad de requerimiento alguno en el orden del día correspondiente. La citación mediatamente al tribunal de disciplina los actos dos en la forma y condiciones que determine
formulara la correspondiente convocatoria para para la sesión del Consejo Partidario se realiza- de los afiliados y organizaciones partidarias esta carta orgánica y las reglamentaciones
el acto comicial, el que deberá realizarse dentro rá por cualquier medio fehaciente.
del departamento que a su criterio impliquen que en consecuencia se dicten. En el mismo
de un término no mayor de seis meses. Si así
inconductas o indisciplina partidaria, elevando estarán agrupados los afiliados de acuerdo al
los antecedentes que obren en su poder k) Re- circuito respectivo del padrón electoral. ocurriese la propia Junta Electoral proveerá a Art. 12do: Son deberes y atribuciones del con-
todas las cuestiones referentes al Gobierno del sejo provincial: a) La conducción general del solver las divergencias que puedan plantearse
Partido.
partido b) La convocatoria a elecciones inter- entre los organismos partidarios que tengan Art. 25to: Tres meses antes de cada elección
nas c) La convocatoria a reunión del Congreso asiento en su departamento.
partidaria, quedará automáticamente clausu-
DEL CONGRESO PROVINCIAL:
Provincial, sea ella ordinaria o extraordinaria
rado el registro, sin necesidad de declaración
DE LOS CONSEJOS DE CIRCUITO
alguna, al solo efecto de determinar el padrón o cuando la soliciten el veinticinco por ciento
electoral, debiendo el Consejo de cada circuito Art. 7mo: El Congreso Provincial constituye la de sus miembros mediante la Comunicación
máxima autoridad del partido y puede resolver prevista en el Art. 7mo, inciso m, debiendo en Art. 16to: A los fines de la presente carta, se comunicar de inmediato el número y nómina de
todas las cuestiones relativas a su organización todo caso mediar un plazo no menor a quince entiende por circuito, lo que define como tal la los inscriptos a la fecha de clausura. La junta
y desenvolvimiento. Debe reunirse todas las días ni mayor a treinta días, corridos entre la Ley Electoral Nacional, es decir, el lugar que electoral abrirá un periodo de depuración del
veces que a criterio del Consejo Provincial lo fecha de convocatoria y la reunión del congre- sirve de asiento a una o más mesas electorales. registro que durara quince días, termino du-
rante el cual el mismo estará a disposición de requiera a interés del Partido, y en todo caso, so. La convocatoria a la reunión del Congreso
cualquier afiliado. por lo menos una vez al año, en el lugar en que Partidario se podrá realizar por cualquier medio Art. 17mo: En cada uno de los circuitos orga-
se fije la convocatoria. Estará integrado por fehaciente. d) Hacer cumplir las resoluciones nizados funcionará un consejo del circuito que
un delegado cada mil afiliados al partido. Se- del congreso y las normas de la carta orgánica estará constituido por: a) Un Presidente b) Un Art. 26to: Las tachas serán propuesta por es-
rán elegidos por voto directo y secreto de los e) Ejercer la supervisión de los concejos depar- Vicepresidente c) Un Secretario d) Un Tesorero critos ante la junta electoral y solo procederán
afiliados de la provincia. La integración de las tamentales e intervenir en los conflictos que se e) Cuatro miembros suplentes
por las siguientes causas: a) Fallecimiento b)
Error de identidad c) Expulsión del partido d) listas de candidatos a delegados del Congreso susciten entre los mismos f) Dictar las medidas
Partidario, se realizara de acuerdo con lo pres- que se consideren necesarias para la formación Art. 18vo: En caso de fallecimiento, renuncia o Inscripción o afiliación a otro partido. e) Ins-
cripto en el artículo 3º inciso b) de la ley número del tesoro del partido g) Presentar al Congreso imposibilidad del Presidente, será, Remplazado cripción en más de un circuito f) Indignidad o
23.298, en lo referido al porcentaje mínimo por Provincial la memoria anual dando cuenta de por el Vicepresidente. Los miembros suplentes deslealtad partidaria g) Otras causas previstas
sexo contemplado por ley número 24.012. Son su gestión h) Reglamentar su funcionamiento reemplazarán a los titulares por el orden en que en la legislación o esta carta orgánica. Art. 26
sus atribuciones: a) Fijar el reglamento interno interno y de las comisiones que de él dependan hubiesen sido elegidos.
bis. El Tesorero del consejo provincial informara
a la junta electoral por escrito, 3 meses antes de b) Sanciona la Declaración de Principios y las i) Reunirse cuando lo estime necesario y por
Bases de ACCIÓN política; c) Formular la plata- lo menos una vez al mes j) Aprobar las líneas Art. 19no: Son deberes y atribuciones de los cada elección partidaria interna, la nómina de
forma electoral que sostendrán los candidatos partidarias internas. k) Dirigir campañas electo- consejos de circuitos: a) Cumplir y hacer cumplir afiliados que deben excluirse del padrón elec-
a cargos electivos que propondrá el partido d) rales l) Confeccionar el presupuesto de gastos las disposiciones de las autoridades partidarias toral partidario por incumplimiento de los arts.
Reformar la Carta Orgánica e) Constituir alian- y recursos m) Llevar el registro de afiliados, b) Cooperar en la inscripción y depuración de 3ro. Incs. e y f, y de esta forma dar cumplimien-
zas transitorias o permanentes con otros par- aprobar la incorporación de nuevos solicitantes los registros c) Realizar con carácter de perma- to al Art 27 Inc. F.
tidos políticos reconocidos f) Podrá decidir la y aceptar la renuncia de sus miembros n) Efec- nente la propaganda del ideario del partido y
fusión con otro u otros partidos políticos ya re- tuar y actualizar el inventario de los bienes del promover la elevación cultural de los afiliados
DE LAS ELECCIONES
conocidos g) Fiscalizar las cuentas del Consejo partido o) Ejercer toda otra gestión ejecutiva no en especial de los mas jóvenes d) Organizar la
Provincial h) Considerar la memoria del Consejo reservada a otro órgano partidario
acción política y electoral del circuito.
Art. 27mo: Para las elecciones de autoridades
Provincial y aprobar su gestión i) Designar una
partidarias regirán las siguientes normas: a) El
Junta Electoral j) Pronunciase públicamente
consejo provincial se elegirá por voto directo y Art. 13ro: Son atribuciones del presidente del
CAPITULO CUARTO Y DE LOS
sobre asuntos de interés general que se en- partido: a) Citar al consejo cuando lo estime
CARGOS ELECTIVOS: REQUISITOS
secreto de los afiliados que posean una anti-
cuentren a consideración de los Poderes del conveniente o a solicitud de tres de sus miem-
PARA SER CANDIDATOS:
güedad de seis meses como mínimo. b) podrán
Estado, o sean necesarios para orientar la opi- bros como mínimo b) Suscribir juntamente con
postularse como candidatos los afiliados que
nión del Partido. k) Ampliar el orden del día de la el tesorero las órdenes de pago c) Representar Art. 20mo: Para ser candidatos a cargos elec- tengan dos años de antigüedad como mínimo
convocatoria, mediante el voto de la mitad más al partido en sus relaciones externas d) Adoptar tivos se requiere cumplir con las disposiciones c) Cuando concurra en una elección más de
uno de los miembros presentes con derecho a
una lista se aplicara el sistema de representa- las medidas urgentes que estime necesarias constitucionales, legales y de esta carta orgá-
voto. l) Designar para los cargos a Gobernador con el debido informe en tiempo oportuno al nica, pudiendo, los mismos ser miembros afilia- ción proporcional directa entre aquellas que hu-
y Vicegobernador, Senadores y Diputados, Na- consejo e) Decidir con voto doble en caso de dos al partido o extrapartidarios, con domicilio biesen obtenido un mínimo del veinte por ciento
cionales, legisladores Provinciales, Intendentes empate en las reuniones del consejo. f) Nom- en esta provincia o distintos municipios.
de los votos emitidos. Si se presentase una sola
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lista, vencido el termino respectivo para pre- Art. 29no: Las listas de candidatos serán pre- Art. 31ro: Inmediatamente concluido el período medidas disciplinarias de apercibimiento,
sentar nuevas postulaciones, se procederá a la sentadas ante la junta electoral o el delegado de depuración y tachas, la junta electoral pro- suspensión temporaria y expulsión. Sus reso-
proclamación automática de los candidatos así que la misma designe por los apoderados de cederá a designar los presidentes de mesas y luciones deberán fijar prolijamente los hechos
remitirá a estos el padrón con que se efectuará sometidos a sus juzgamientos detallando las elegidos. Si vencido el plazo de presentación las líneas internas debidamente reconocidas,
de listas para elección de autoridades partida- con una antelación no menor a quince días co- la elección correspondiente.
circunstancias de tiempo, lugar y modo, ten-
rias no se hubiere presentado ninguna lista o de rridos entre la fecha de recepción y el día del
drán en consideración el descargo respectivo y
haberse presentado estas no cumpliesen con comicio. La lista deberá ser abalada por el tres Art. 32do: El día del comicio el presidente de fundaran la decisión adoptada, ella de acuerdo
los requisitos emanados de esta carta orgáni- por ciento como mínimo de los afiliados con de- cada mesa deberá encontrarse en el lugar res- al reglamento que oportunamente apruebe el
recho a voto en el padrón respectivo debiendo pectivo a la hora indicada para el comienzo del consejo provincial. ca, o del ordenamiento legal, la junta electoral
proclamará por un nuevo periodo a las autori- cada uno de los integrantes de la lista satisfacer acto eleccionario. Si a la hora doce de ese día
dades partidarias, previa aceptación de estas. los requisitos para ser candidato y manifestar por cualquier motivo no se hubiera instalado la
PATRIMONIO DEL PARTIDO
Sí alguna autoridad partidaria no aceptase con- su conformidad con la candidatura. Si no sa- mesa, el comicio se postergará para el nuevo
tisficiera los requisitos la junta electoral deberá día que fije la junta electoral quedando a cargo Art. 39no: El patrimonio del partido se integrará tinuar un periodo más en su cargo partidario,
comunicar vuelta de correo el impedimento que de cada uno de ellos tomar conocimiento de la con las contribuciones de sus afiliados y los el presidente del consejo provincial presentará
nueva fecha fijada para el acto.
bienes y recursos que reciban por cualquier una terna de tres afiliados para su reemplazo al hubiere a los efectos del reemplazo.
tribunal de disciplina quien analizara la conduc-
medio licito y no prohíba la ley. Los órganos
ta de estos afiliados y de no mediar observa-
Art. 33ro: El presidente de mesa, tendrá a la partidarios encargados de recaudar y admi-
Art. 29 bis: Se considera debidamente reco-
vista el padrón partidario, para comprobar la nistrar los fondos según esta carta orgánica ción enviara la terna al congreso provincial para
nocida una línea interna y habilitada para pre-
inscripción del votante, controlar su identidad y deberá: a) Llevar contabilidad de todo ingreso su elección y designación para el cargo para el
sentar listas de candidatos a cargos electivos
de fondos o especies, con indicación de la cual fue propuesto por el consejo provincial. e)
anotar la emisión del voto. Cuando sé realizaren
internos y a presentar listas a cargos electivos
fecha del mismo y los nombres y domicilios El consejo departamental y el consejo del cir-
elecciones mediante internas abiertas y simul-
municipales o comunales si tuvieren repre- taneas deberá atenerse al padrón electoral que de las personas que los hubieren ingresado o cuito se elegirá por voto secreto y directo de sentación en el congreso provincial cuando fuese confeccionado y entregado por el Juz- recibido, esta contabilidad deberá conservase los afiliados y con las mismas modalidades de hubieren cumplido los siguientes requisitos 1) gado Federal con competencia electoral. Cada durante tres ejercicios contables con todos los incisos a, b, c. f) En la elección interna de presentar al consejo provincial la siguiente do- lista interviniente tendrá derecho a designar un sus comprobantes. b) Dentro de los 60 días de autoridades solo podrán votar los afiliados que cumentación; a) Declaración de principios de
finalizados cada ejercicio, deberá presentarse posean las cuotas partidarias pagas a la fecha
fiscal por mesa que podrá impugnar por escrito
la línea interna- b) Acta constitutiva de la línea
al juez de aplicación correspondiente, el estado los votos por razones de identidad del votante de realización del acto comicial. g) Podrán interna c) Nomina de autoridades- .d) Designa- y formular reclamos sobre el desenvolvimiento anual del patrimonio del partido y la cuenta de postularse como candidatos los afiliados que ción de apoderados certificado ante escribano del proceso eleccionario.
ingresos y egresos del ejercicio, ambos certifi- posean las cuotas partidarias pagas a la fecha público. e) Presentación de 2500 afiliados a la
cados por los órganos de control del partido, de realización del acto comicial y no hayan línea interna, los cuales deberán ser afiliados al
según correspondiese. e) Dentro de los 60 días Art. 34to: Terminado el acto electoral, el pre- registrado atrasos, en el pago de sus cuotas partido, en fichas cuadriplicadas según modelo
de celebrado el acto electoral en el que hubie- sidente de mesa recontará los votos, inclusive partidarias mayores a dos meses, en el lapso entregado por el consejo partidario.) Las cuales
re participado el partido, deberán presentar al los observados y practicará el escrutinio en de tiempo que media entre elección interna y contendrán los datos filiatorios completos del presencia de los fiscales. Levantará una acta Juez de aplicación correspondiente la cuenta
elección interna.
afiliado y su firma, la cual deberá ser certificada en el que constará el número de emitidos, los detallada de los ingresos y egresos relaciona-
por autoridad policial, Juez de paz, Escribano
dos con la campaña electoral. observados, el resultado de la elección y las
Art. 28vo: La elección de candidatos a cargos público o personal que a tal fin designe el con- recomendaciones si las hubiere, lo que comu-
sejo provincial. 2) La anterior documentación
EXTINCIÓN DEL PARTIDO públicos electivos, regirán las siguientes nor-
nicará a la junta electoral por carta certificada.
receptada por el consejo provincial será remi- mas: a) Los candidatos a Intendentes, Vice in-
tida en un plazo no mayor a cinco días hábiles tendentes y jefes Comunales serán designados
Art. 40: El partido se extinguirá por: a) Decisión Art. 35to: Las protestas o reclamaciones a que
al tribunal de disciplina para su aprobación o por el congreso Provincial, conforme a lo nor-
de la mayoría absoluta de los miembros del dieren lugar los actos eleccionarios deberá
rechazo El tribunal de disciplina podrá no reco-
congreso provincial b) Las causas que determi- mado por el Art 7 Inc. b de esta carta orgánica,
efectuarse dentro de los diez días de cerrado
nocer una línea interna en los siguientes casos:
na la ley en caso de extinción del partido, sus pero cuando existiesen más de un candidato en
el acto comicial. Previa vista de lo actuado a los
a) declaración de principios de la línea interna cada cargo, que fueren propuestos por líneas
interesados la junta electoral, resolverá acep- bienes tendrán el destino que fije el congreso o
se contrapone en parte o en su totalidad a la internas debidamente reconocidas con repre-
tando el resultado del comicio o las impugna- la ley respectiva.
declaración del P partido Unite por la Libertad sentación en el Congreso provincial, y no se
ciones y si correspondiere convocando a un
y la Dignidad o al ordenamiento legal vigente.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS lograse el consenso para una postulación úni-
nuevo acto electoral. El fallo de la junta electoral
b) Cuando las autoridades de la línea interna no ca, Será elegido por el voto secreto y directo de
es inapelable.
cumplan con los requisitos para ser candidatos los afiliados del circuito organizado y o depar-
Art. 41ro: No regirán las antigüedades esta-
a autoridades partidarias o no hubiesen cumpli- tamento organizado respectivo, que acrediten
blecidas en los artículos precedentes para los DE LAS PENALIDADES ELECTORALES
do con los deberes de los afiliados expresados
electores y candidatos, durante los primeros seis meses de antigüedad como Mínimo, salvo
en el Art. 3ro c) Cuando la línea interna no al-
veinticuatro meses contados a partir del otor- lo dispuesto en el artículo 20. Proclamándose
Art. 36to: Los afiliados que comentan faltas
cance un mínimo de 2500 afiliados con dere-
gamiento de la personería. Cuando se incorpo- el vencedor por simple pluralidad de sufragios,
electorales comprometiendo la pureza del acto
cho a voto al momento de realizar el recuento
ren grupalmente afiliados de un departamento cuando en la elección interna hubiesen partici-
eleccionario serán pasivos de las penas que a
de afiliaciones a la línea interna. El congreso
pado más del 25% de los afiliados habilitados a
de modo que permitan la organización parti- continuación se detallan las que serán aplica-
partidario como autoridad máxima del partido
daria en el mismo, no se tendrá en cuenta la votar en el circuito o departamento respectivo,
das por el tribunal de disciplina y recurribles
considera debidamente constituida y reconoci-
antigüedad requerida en la presente carta orgá- de no cumplirse este requisito el congreso pro-
ante el consejo provincial. a) suspensión hasta
da la línea interna, JUNTA PROMOTORA y ha-
nica para participar en las elecciones internas vincial designara la nómina de candidatos sin
un año, en cuyo lapso quedaran suspendidos
bilitada a todos los fines de esta carta orgánica
tanto como elector como a candidato a cargo más trámite. b) Los candidatos a concejales
los derechos que otorga la afiliación. b) Expul-
y reconoce como autoridades de esta a las que
partidario, pudiendo participar los mismos en serán elegidos en la forma descripta prece-
sión.
figuran en el acta constitutiva del partido y en el
la elección que a tal efecto se lleve en ambos dentemente pero en caso de haber más de una
testimonio ante escribano publico presentado
caracteres. Es de establecer que la junta pro- lista se aplicará el sistema de representación
TRIBUNAL DE DISCIPLINA
en oportunidad de iniciar los trámites tendien-
motora del partido es la que designará por esta proporcional directa entre aquellas listas que
tes al reconocimiento jurídico político. Esta
única vez a la junta electoral, hasta la consti- hubiesen obtenido más del veinte por ciento
Art. 37mo: Cada vez que deba elegirse autori- excepción se produce en reconocimiento de
tución definitiva del mismo la que lo hará el
del total de votos emitidos. En las ciudades en
dades partidarias además de los candidatos a todo lo actuado por los fundadores del partido,
congreso provincial de acuerdo a lo establecido
que haya más de un circuito, se distribuirán las
cubrir los mencionados cargos, las listas debe- esta excepción tendrá carácter de definitiva y
por el artículo 22do. De esta carta orgánica.
candidaturas según la reglamentación de cada
rán proponer también los miembros del tribunal no podrá ser modificada ni anulada en todo o
circuito. c) Las restantes candidaturas a car-
de disciplina en un número de tres. La integra- en parte en futuras modificaciones a esta carta
DEL CIERRE CONTABLE DEL EJERCICIO
gos electivos serán resueltas por el congreso
ción de las listas de candidatos a miembros del
orgánica.
provincial, exigiéndose una antigüedad de dos
Tribunal de Disciplina, se realizara de acuerdo
Art. 42vo: La fecha de cierre de los ejercicios
años como afiliado en todos los casos y dejan-
con lo prescripto en el artículo 3º inciso b) de la
contables de este partido es el 31 de diciembre
do a salvo la facultad de hacer uso de las atri- Art. 30mo: La junta electoral con una antelación ley número 23.298, en lo referido al porcentaje
de cada año.
buciones establecidas en él articulo 20 cuando no menor de treinta días corridos e indicación mínimo por sexo contemplado por ley número
24.012. así lo estimaran conveniente. d) En caso que precisa de los lugares donde funcionarán las
DR. RICARDO BUSTOS FIERRO Juez - DR.
las candidaturas recaigan sobre afiliados al mesas receptoras de votos formulará la con-
RICARDO BUSTOS FIERRO JUEZ FEDERAL
partido, se exigirá que estos tengan las cuotas vocatoria respectiva y las elecciones tendrán Art. 38vo: Tendrá competencia para entender
CON COMPETENCIA ELECTORAL
partidarias pagas a la fecha de proclamación lugar el día domingo entre las ocho y dieciocho en todos los actos que constituyan indisciplina
de los candidatos a cargos públicos electivos. horas sin interrupción de ningún tipo.
partidaria pudiendo aplicar según su criterio,
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