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N° 44934/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 108

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES viernes, 1 de julio de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 108

SECRETARÍA ÚNICA

BOLETÍN OFICIAL

El Juzgado Nacional de Primera Instancia

en lo Civil Nº 108, a cargo de la Dra. Susana

Amelia Novile, Secretaria única a mi cargo,

sito en Talcahuano 490 3° piso Capital Fe-

deral, comunica por Dos días en los autos

“CONS PROP PICHINCHA 649 c/ESPAÑA

CASTRO JOSE Y OTRO s/EJECUCION DE

EXPENSAS” Expte. N° 36284/2003, que

la martillero Magdalena Riani, rematará el

LUNES 11 JULIO DE 2016 A LAS 12 Hs. EN

PUNTO, Jean Jaures 545 Cap. Fed., el in-

mueble sito en Pichincha 649, UF 10, Piso

1, Matrícula 10-1313/10 de Capital Federal.

Sup. 24,18 m2 Partida 1934720 DV 9. Según

constatación realizada por la martillera se en-

cuentra ubicado en el Piso 1° “D” y se trata de

un se trata de un departamento interno con

poca luz natural y es del tipo “monoambien-

te” con baño completo y cocina. Se encuentra

DESOCUPADO y su estado de conservación

es regular. Registra las siguientes deudas: a

fs. 408 a AGUAS ARGENTINAS al 15/08/15 de

$ 37.798,70.-, a AySA al 13/08/15 $ 4.706,86,

a fs. 397 al GCBA al 18/08/15 $ 5.506,97 y

a fs. 12/13/296/334 y 347 por expensas a

Febrero/2014 $ 19.078,98 en concepto de ca-

pital, cuota de expensas del mes de Mayo/16

es de $ 650.- EXHIBICIÓN: los días 1 y 4 de

JULIO de 11 a 13 horas. CONDICIONES DE

VENTA: Al contado y mejor postor. SEÑA 30%

COMISIÓN 3% SELLADO DE LEY Y EL 0,25%

ARANCEL DISPUESTO POR ACORDADA

24/00 BASE $ 500.000.- En el acto de suscri-

bir el boleto el comprador deberá constituir

domicilio dentro del radio de la Capital Fede-

ral bajo apercibimiento de que las sucesivas

providencias se le tendrán por notificadas en

la forma y oportunidad previstas por el art.

133 del Código Procesal y abonará el saldo

de precio dentro del quinto día de aprobada

la subasta y en los términos y bajo el aper-

cibimiento dispuesto por el art. 580 y 584

del Cod. Procesal y que no corresponde que

el adquirente en subasta judicial afronte las

deudas que registra el inmueble por impues-

tos, tasas y contribuciones, devengadas an-

tes de la toma de posesión, cuando el monto

obtenido en la subasta no alcanza para sol-

ventarlas, no cabiendo una solución análoga

respecto de las expensas comunes para el

caso que el inmueble se halle sujeto al régi-

men de la ley 13.512 (conf. plenario “Servicios

Eficientes S.A. c/Yabra Roberto I. s/ejecución

hipotecaria).

PONCE JUAN MARTIN SECRETARIO

e. 01/07/2016 N° 44934/16 v. 04/07/2016