W20 Argentina W20Argentina

N° 46596/16 Aviso del Boletín Oficial

GRUPO MARCHITTO S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 4 de julio de 2016

Texto del aviso

GRUPO MARCHITTO S.R.L.

1) Jorge Enrique MARCHITTO, argenti-

no, 30/06/74, DNI 24.030.264, CUIT 20-

24030264-1, soltero, comerciante y Alejandro

Javier MARCHITTO, argentino, 12/11/77, DNI

26.394.037, CUIT 20-26394037-8, casado,

comerciante, domiciliados en San Benito de

Palermo 1569, CABA. 2) 28/06/16. 3) GRUPO

MARCHITTO S.R.L. 4) Av. Corrientes 6715,

CABA. 5) la explotación de toda clase de ser-

vicios funerarios y pompas fúnebres, la com-

pra venta, permuta o locación de inmuebles,

semovientes y salas o locales para velatorio,

compra, venta, importación, exportación,

alquiler, manufactura y comercialización de

ataúdes, urnas y toda clase de productos,

objetos, elementos y materias primas nece-

sarios para los servicios antes mencionados,

la inhumación, cremación y exhumación de

cadáveres, la realización de los servicios,

gestión y trámite ante las autoridades co-

rrespondientes que sea necesario para tales

fines, la comercialización de nichos y bóvedas

para al sepultura de cadáveres o sus cenizas,

la compra venta, importación exportación y

todo tipo de comercialización de automóviles

y cualquier clase de automotor y de vehículos

para el traslado de cadáveres y personas, así

como y la ejecución de cualquier otra activi-

dad anexa o derivada que se vincule con el

objeto. 6) $ 80.000. 7) 80.000 cuotas de $ 1,- y

1 voto cada una. 8) Gerente: Jorge Enrique

MARCHITTO, constituye domicilio especial

en Av. Corrientes 6715, CABA. 9) Uno o más

gerentes, socios o no, en forma individual e

indistinta por el plazo de duración de la so-

ciedad si fueran socios o 3 ejercicios si no lo

fueran pudiendo ser reelegidos. 10) 30/6.

Autorizado según instrumento público Esc.

Nº 175 de fecha 28/06/2016 Reg. Nº 601

Gabriela Eliana Blanco - Matrícula: 5382

C.E.C.B.A.

e. 04/07/2016 N° 46596/16 v. 04/07/2016