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N° 46073/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 7

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS martes, 5 de julio de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 7

SECRETARÍA NRO. 14

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en

lo Comercial Nº 7 a cargo del Dr. Fernando

D’Alessandro, Secretaría Nº 14 a mi cargo,

comunica por cinco días, en los autos cara-

tulados “FRIGORIFICO FERRARI S.A.I.C.A.,

s/Quiebra, s/Incidente de Venta de Man-

zanas 21 y 22, Dominio 32923”, Expediente

Nº 57466/1997/12, que el martillero Guillermo

T. Chiappetti, CUIT 20-12274890-2, rematará

el día JUEVES 18 DE AGOSTO DE 2016, A LAS

11 HORAS EN PUNTO, en el Salón de Ventas

de la Dirección de Subastas Judiciales, calle

Jean Jaures Nº 545, Capital Federal.- DOS

MANZANAS DESOCUPADAS, EN BLOCK, en

la Ciudad de Bell Ville, Departamento Unión,

Provincia de Córdoba.- Identificadas como

Manzana 21, delimitada por la calles Maes-

tro Bianchi, Catamarca, América y Jujuy, es

terreno baldío, esta designada según título

como Manzana nº 26, con una superficie

de 16.911,4¬6m2.- Nomenclatura Catastral:

Circunscripción 02, Sección 01, Manzana

021, Parcela 001, Subparcela 000.- Dominio

Nº 32.923.- Y Manzana 22, esta delimitada

por las calle Maestro Bianchi, Jujuy, Santiago

del Estero y el cauce del Río Tercero, en la

misma se encuentra una casilla, la que esta

desocupada, el resto es terreno baldío.- Po-

see una superficie de 4.940 m2.- Nomencla-

tura Catastral: Circunscripción 02, Sección

01, Manzana 022, Parcela 001, Subparcela

000.- Dominio Nº 32923.- La venta se realiza

“Ad-Corpus”.- Deudas: Manzana 21: Rentas

al 24/7/13 (Fs. 57/60) $ 15.043,53.- y Manzana

22: Rentas al 24/7/13 (Fs. 54/56) $ 4.878,46.-

Segunda

BASE $ 80.000.- AL CONTADO Y MEJOR

POSTOR.- Seña 30%, Comisión 3% más IVA,

Sellado provincial, Acordada 24/00 CSJN

0,25%, todo en dinero en efectivo en el acto

de la subasta.- El comprador deberá consti-

tuir domicilio en Capital Federal y abonar el

saldo de precio dentro del quinto día de la no-

tificación por ministerio de ley de la providen-

cia que disponga la aprobación de la subasta,

bajo el apercibimiento previsto por el art. 580

Cód. Proc.- Se prohíbe la compra en comisión

y la cesión del boleto.- El adquirente deberá

abonar la totalidad de los impuestos propios

de la venta del inmueble, como así también

los gastos de escrituración.- Respecto de las

deudas en concepto de impuestos, tasas o

contribuciones - de carácter nacional, pro-

vincial o municipal - devengadas a partir del

decreto de quiebra se encuentran a cargo del

adquirente.- Visitense libremente.- Buenos

Aires, 29 de Julio de 2016.- DIEGO VÁZQUEZ

SECRETARIO

e. 04/07/2016 N° 46073/16 v. 11/07/2016