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N° 46073/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 7

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS miércoles, 6 de julio de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 7

SECRETARÍA NRO. 14

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en

lo Comercial Nº 7 a cargo del Dr. Fernando

D’Alessandro, Secretaría Nº 14 a mi cargo, co-

munica por cinco días, en los autos caratulados

“FRIGORIFICO FERRARI S.A.I.C.A., s/Quiebra,

s/Incidente de Venta de Manzanas 21 y 22,

Dominio 32923”, Expediente Nº 57466/1997/12,

que el martillero Guillermo T. Chiappetti, CUIT

20-12274890-2, rematará el día JUEVES 18 DE

AGOSTO DE 2016, A LAS 11 HORAS EN PUN-

TO, en el Salón de Ventas de la Dirección de

Subastas Judiciales, calle Jean Jaures Nº 545,

Capital Federal.- DOS MANZANAS DESOCU-

PADAS, EN BLOCK, en la Ciudad de Bell Ville,

Departamento Unión, Provincia de Córdoba.-

Miércoles 6 de julio de 2016

Identificadas como Manzana 21, delimitada por

la calles Maestro Bianchi, Catamarca, América

y Jujuy, es terreno baldío, esta designada según

título como Manzana nº 26, con una superficie

de 16.911,4¬6m2.- Nomenclatura Catastral: Cir-

cunscripción 02, Sección 01, Manzana 021, Par-

cela 001, Subparcela 000.- Dominio Nº 32.923.-

Y Manzana 22, esta delimitada por las calle

Maestro Bianchi, Jujuy, Santiago del Estero y el

cauce del Río Tercero, en la misma se encuentra

una casilla, la que esta desocupada, el resto es

terreno baldío.- Posee una superficie de 4.940

m2.- Nomenclatura Catastral: Circunscripción

02, Sección 01, Manzana 022, Parcela 001,

Subparcela 000.- Dominio Nº 32923.- La venta

se realiza “Ad-Corpus”.- Deudas: Manzana 21:

Rentas al 24/7/13 (Fs. 57/60) $ 15.043,53.- y

Manzana 22: Rentas al 24/7/13 (Fs. 54/56)

$ 4.878,46.- BASE $ 80.00¬0.- AL CONTADO

Y MEJOR POSTOR.- Seña 30%, Comisión 3%

más IVA, Sellado provincial, Acordada 24/00

CSJN 0,25%, todo en dinero en efectivo en

el acto de la subasta.- El comprador deberá

constituir domicilio en Capital Federal y abonar

el saldo de precio dentro del quinto día de la no-

tificación por ministerio de ley de la providencia

que disponga la aprobación de la subasta, bajo

el apercibimiento previsto por el art. 580 Cód.

Proc.- Se prohíbe la compra en comisión y la

cesión del boleto.- El adquirente deberá abonar

la totalidad de los impuestos propios de la ven-

ta del inmueble, como así también los gastos

de escrituración.- Respecto de las deudas en

concepto de impuestos, tasas o contribuciones

- de carácter nacional, provincial o municipal -

devengadas a partir del decreto de quiebra se

encuentran a cargo del adquirente.- Visitense

libremente.- Buenos Aires, 29 de Julio de 2016.-

DIEGO VÁZQUEZ SECRETARIO

e. 04/07/2016 N° 46073/16 v. 11/07/2016