N° 46729/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
SECRETARÍA NRO. 28
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. María del
Milagro Paz Posse, Secretaría Nº 28, a cargo del
Dr. MARTIN SARMIENTO LASPIUR, sito en Callao
635 piso 2º de esta Capital Federal, comunica por
5 días que con fecha 27 de junio de 2016, en los
autos caratulados: 22290/2014 HOMERO S.A. s/
QUIEBRA se resolvió decretar la quiebra de HO-
MERO S.A. (CUIT 30-55297998-9), haciéndole
saber a éste y a los terceros que deberán
hacer entrega al síndico de los bienes que
posean del fallido. Hágase saber, asimismo,
la prohibición de realizar pagos al fallido, los
que serán ineficaces. Se intima al deudor
para que entregue al síndico dentro de las 24
horas los libros de comercio y demás docu-
mentación relacionada con la contabilidad, así
como también a que dentro de las 48 horas
constituya domicilio procesal en el radio del
Tribunal, con apercibimiento de tenerlo cons-
tituído en los estrados del Juzgado. Deberá el
deudor cumplir con los requisitos a los que se
refiere el art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a
su remisión a los arts. 11 inc 2, 3, 4, y 5 y en
su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal. Fíjese
hasta el día 7 DE SEPTIEMBRE DE 2016 para
que los acreedores por causa o título anterior
a la declaración de quiebra y sus garantes for-
mulen al síndico el pedido de verificación de
sus créditos; oportunidad en la que deberán
denunciar su tipo y número de documento de
identidad, y en su caso, los datos de la cuen-
ta, números de CUIT/CUIL y CBU incluidos,
donde oportunamente deberá transferirse el
dividendo concursal. Se fijan las fechas de
20 DE OCTUBRE DE 2016 y el 2 DE DICIEM-
BRE DE 2016 para las presentaciones de los
informes individual y general previstos en los
arts. 35 y 39 de la L.C., respectivamente. El
síndico designado es el contador BEATRIZ
DEL CARMEN MURUAGA con domicilio en
AGÜERO 1290 PISO 4°. Publíquese por 5 días
sin necesidad de pago previo y sin perjuicio
Sección
de asignarse los fondos cuando los hubiere
(art. 89 inc. 3 L.C.). MARIA DEL MILAGRO PAZ
POSSE Juez - MARTIN SARMIENTO LASPIUR
SECRETARIO
e. 06/07/2016 N° 46729/16 v. 13/07/2016