N° 51559/16 Aviso del Boletín Oficial
ALTOS CERROS S.A.
Texto del aviso
ALTOS CERROS S.A.
NUEVOS .............................................................. 13
Se hace saber que por Acta de Asamblea Ge-
........................................................ 22 neral Ordinaria y Extraordinaria del 13/04/16 se ANTERIORES
resolvió modificar el artículo Décimo Tercero
del Estatuto Social, el que queda redactado
de la siguiente manera: “ARTÍCULO DECIMO Remates Judiciales
TERCERO: Cuando la sociedad se encuentre
comprendida dentro del inciso 2° del Art. 299
NUEVOS .............................................................. 13
de la Ley N° 19.550, la Asamblea de Accio-
nistas deberá designar un Síndico Titular y un ANTERIORES ........................................................ 23
Síndico Suplente por tres ejercicios, pudiendo
los mismos ser reelectos. Cuando la Sociedad
quedara comprendida dentro de los restantes
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Dr. PABLO CLUSELLAS - SecretarÍa Legal y TÉcnica:
Secretario
LIC. RICARDO SARINELlI - DirecciÓn Nacional del Registro Oficial:
Director Nacional
Los documentos que aparecen en el BOLETÍN
ARGENTINA serán tenidos por auténticos
publicación y por comunicados y suficientemente
territorio nacional (Decreto Nº 659/1947).
produce idénticos efectos jurídicos que su
incisos del Art. 299 de la Ley N° 19.550, se
deberá nombrar una Comisión Fiscalizadora.
Ésta estará integrada por tres síndicos titula-
res y tres síndicos suplentes designados por
el término de tres ejercicios, los que deberán
ser elegidos por la Asamblea de Accionistas y
podrán ser reelectos. Esta Comisión Fiscaliza-
dora se funcionará con un quórum de dos de
sus tres miembros y las decisiones se tomarán
por mayoría absoluta, sin perjuicio de los de-
rechos que correspondan al síndico disidente.
La Comisión Fiscalizadora se reunirá cuando
lo juzgue conveniente y por lo menos una vez
cada tres meses. Sus resoluciones quedarán
asentadas en el libro rubricado a tal efecto. La
Asamblea fijará la remuneración de los miem-
bros de la Comisión Fiscalizadora. Finalmente,
si la Sociedad no estuviera comprendida dentro
del Art. 299 de la Ley N° 19.550, podrá pres-
cindir de la Sindicatura de conformidad con lo
estipulado por el Art. 284, último párrafo de la
Ley N° 19.550”. Autorizado según instrumento
privado Acta asamblea de fecha 13/04/2016
Ana Paula Verardo - T°: 90 F°: 569 C.P.A.C.F.
e. 22/07/2016 N° 51559/16 v. 22/07/2016