N° 50840/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19
SECRETARÍA NRO. 38
EDICTO
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 19, a cargo del Dr. Gerardo
D. Santicchia, Secretaría Nº 38, interinamente
a cargo del Dr. Edgardo Ariel Maiques, sito en
Marcelo T. de Alvear 1840, P.B., C.A.B.A., co-
munica por CINCO días, que con fecha 16 de
junio de 2016 se decretó la quiebra de CHE
BUENOS AIRES S.R.L., CUIT: 30-65869064-3,
con domicilio en Peña 2475 unidad 1, C.A.B.A.,
en los autos caratulados CHE BUENOS AIRES
S.R.L le pide la quiebra Cichello Quiros Carlos
Fernando, Expte. Nº 41463/2014, en la cual se
designó síndico a la contadora Olga Noemí Par-
do con domicilio en Av de Mayo 1370 8° “199”,
ante quien los acreedores deberán presentar
los pedidos de verificación y los títulos justifica-
tivos de sus créditos hasta el día 25 de agosto
de 2016. El síndico presentará los informes de
los arts. 35 y 39 de la ley concursal, los días
6 de octubre de 2016 y 18 de noviembre de
2016 respectivamente. Se intima a la deudora
Segunda
y sus administradores para que cumplimenten
los siguientes recaudos: Pongan los bienes a
disposición del Síndico a fin de que el funciona-
rio concursal pueda tomar inmediata y segura
disposición de los mismos, como en su caso,
de corresponder para que entregue al Síndico
en 24 horas los libros de comercio y demás do-
cumentación relacionada con la contabilidad.
Constituya en autos domicilio procesal dentro
de las 48 horas, bajo apercibimiento que las su-
cesivas notificaciones se tendrán por realizadas
en los términos de los arts. 141 y 133 Cód Proc.
Se prohíbe los pagos y/o entrega de bienes a la
fallida so pena de considerarlos ineficaces y se
intima a quienes tengan bienes y documentos
de la fallida en su poder, para que los pongan
a disposición de la sindicatura en cinco días.
Aires, 11 de junio de 2016.
Gerardo D. Santicchia Juez - Edgardo Ariel Mai-
ques Secretario interino
e. 20/07/2016 N° 50840/16 v. 26/07/2016