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N° 52525/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO DE GARANTÍAS DEL JOVEN NRO. 1

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES jueves, 28 de julio de 2016

Texto del aviso

JUZGADO DE GARANTÍAS DEL JOVEN NRO. 1

DEPARTAMENTO JUDICIAL DE DOLORES

EDICTO

El Juzgado de Garantías del Joven N° 1 del

Departamento Judicial de Dolores, a cargo

de la Dra. María Fernanda Hachmann, sito

en calle Pellegrini n° 19 de Dolores, secreta-

ría única a cargo de la Dra. Agustina Franco,

en autos caratulados “ESPÍNDOLA, Thiago

Sebastián S/Abuso Sexual” correspondien-

te a la carpeta de causa N° 4606-16 e I.P.P.

N° 03-00-000954-16 de trámite por ante este

juzgado, notifica a ESPÍNDOLA, Thiago Se-

bastián, D.N.I. N° 47.677.266 con último do-

micilio conocido en calle Necochea y 43 s/n

de la localidad de Villa Gesell, que en fecha

29 de marzo de 2016 se ha dispuesto: “RE-

SOLUCIÓN N°: 223-16 - Dolores, 29 de marzo

de 2016.- AUTOS Y VISTOS: ..//.. CONSIDE-

RANDO: ../.. RESUELVO: I).- DECLARAR AL

MENOR ESPINDOLA, Thiago Sebastián naci-

do el día 10 de diciembre de 2006, argentino,

con DNI N° 47.677.266, con domicilio en calle

Necochea y 43 S/N de la localidad de Villa

Gesell>, NO PUNIBLE POR EDAD, SOBRE-

SEYÉNDOLO DEFINITIVAMENTE en virtud del

delito de Abuso Sexual en la presente Causa

N° 4606-16, Caratulada “ESPINDOLA, Thiago

Sebastián S/ Abuso Sexual”, de trámite ante

este Juzgado de Garantías del Joven N° 1 del

Departamento Judicial Dolores, no sometien-

do al mismo a proceso penal.- II) Encontrán-

dose en conocimiento el Servicio Local de

Promoción y Protección de los Derechos del

Niño y Adolescente de Villa Gesell que el me-

nor Espindola, Thiago Sebastián, se encuen-

tra sindicado en las presentes investigaciones

y en consecuencia se ha dado intervención

mediante comunicación efectuada por la

Fiscalía del joven Departamental, conforme

surge del oficio obrante a fs. 12 de la IPP, a los

organismos de aplicación establecidos en la

ley 13.298 y su respectivo decreto reglamen-

tario, cesar definitivamente la intervención del

juzgado en el marco de la presente causa. III)

Notifíquese al Señor Agente Fiscal y al Sr. De-

fensor Oficial del Joven en sus públicos des-

pachos.- IV) Líbrese oficio a comisaría de Villa

Gesell para notificar al menor y persona mayor

responsable. Regístrese. Fecho, archívese la

causa sin más trámite.- V) Devuélvase la I.P.P.

ante el Sr. Agente Fiscal a sus efectos.” Fdo:

María Fernanda Hachmann, Juez del Juzgado

de Garantías del Joven Dptal. Dolores.

Maria Celeste Victor, Auxiliar Letrada.

e. 28/07/2016 N° 52525/16 v. 03/08/2016