N° 52976/16 Aviso del Boletín Oficial
CAUCHARI SOLAR I S.A.
Texto del aviso
CAUCHARI SOLAR I S.A.
1) JUJUY ENERGIA Y MINERIA SOCIEDAD DEL
ESTADO (J.E.M.S.E) Domicilio calle Ascasubi
290, San Salvador de Jujuy, Capital de la Pro-
vincia de Jujuy, inscripta en el Registro Público
de Comercio de la Provincia de Jujuy, al folio 1,
Acta 1, Libro I de sociedades del estado, el 16
de abril de 2012. IGA ENERGIA Y CONSTRUC-
CIONES S.A. Domicilio calle Corrientes 931,
piso 3, Rosario, Provincia de Santa Fe. Inscripto
en el Registro Público de Comercio, de la ci-
duad antes citada, el dia 15/11/2007, en el Tomo
88, Folio 16090, Número 681 2) 15/07/2016 3)
CAUCHARI SOLAR I S.A. 4) Avenida Santa Fe
967 C.A.B.A. 5) a) Generación, producción,
distribución y comercialización de electricidad
a partir del aprovechamiento y/o explotación
de fuentes de energía renovables.- b) Proyecto,
Intelectual Nº 5.218.874
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y líneas rotativas
Viernes 29 de julio de 2016
ingeniería, dirección, desarrollo, construcción,
instalación, montaje, importación, exportación,
compraventa, inversión, operación, conserva-
ción, reparación, mantenimiento, adquisición
y enajenación de las instalaciones que utilicen
fuentes renovables de energía, ya sean propias
o de terceros, tanto para la generación como
para la accesibilidad, el transporte, la distribu-
ción y la compra y venta de energía eléctrica,
6) 99 años. 7) $ 1.000.000. 8) Representación
Legal: Presidente. Existe además comisión fis-
calizadora todos duran 3 ejercicios Presidente
José María PALOMARES, Vicepresidente: Gui-
llermo Fernando HOERTH Director Titular En-
rique GATTI RAPPALLINI, Presidente Comisión
Fiscalizadora: Marcelo Horacio FERNÁNDEZ,
Sindico: Gerardo Gastón MORALES, Sindico:
Luis Eduardo SPROVIERI aceptaron cargos
constituyeron domicilio especial en sede social.
9) Firma Presidente. 10) 31/12. Autorizado se-
gún instrumento público Esc. Nº 169 de fecha
15/07/2016 Reg. Nº 45
Claudia Beatriz Garcia Cortinez - Matrícula: 4799
C.E.C.B.A.
e. 29/07/2016 N° 52976/16 v. 29/07/2016