N° 53547/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO DE 1ERA INSTANCIA EN LO CIVIL
Texto del aviso
JUZGADO DE 1ERA INSTANCIA EN LO CIVIL
Y COMERCIAL NRO. 3
SECRETARÍA NRO. 3
GUALEGUAYCHÚ
“En autos “ASOCIACION PROTECCION CON-
SUMIDORES DEL MERCADO COMUN DEL SUR
- PROCONSUMER- C/TARJETA NARANJA S.A.
- ORDINARIO” (Expte. N° 3873- Año 2012), que
tramitan por ante el Juzgado de Primera Instan-
cia en lo Civil y Comercial N° 3 de la ciudad de
Gualeguaychú, Entre Ríos, a cargo del Dr. Leo-
nardo PORTELA, Secretaría N° 3 a cargo del Dr.
Javier MUDROVICI, sito en la calle Saenz Peña
N° 94 de dicha localidad, se ha resuelto con fe-
cha 23 de mayo de 2016 la homologación de un
Sucesiones
JUZGADOS NACIONALES
Publicación extractada (Acordada
a partir de la fecha de la publicación a herederos
treinta días comparezcan a estar a derecho conforme
Fecha Edicto
14/07/2016 SIERRA
05/07/2016 GALIMBERTI
15/07/2016 NÉSTOR
11/07/2016 BEATRIZ
01/07/2016 ELSA MARGARITA
01/07/2016 CANTIRI
12/07/2016 ANTONIO
15/07/2016 PURA YOLANDA
07/07/2016 ALBERTO
Sección
acuerdo transaccional mediante el cual Tarjeta
Naranja S.A. se compromete a realizar diversas
acciones tendientes a dotar a los clientes de la
información necesaria previo a efectuar la sus-
cripción de la “Revista Convivimos”, y a congelar
temporalmente el precio de la misma por termino
de seis meses desde la suscripción del acuerdo.
Asimismo se acordó: a) El Diseño de un nuevo
formulario de “Solicitud de la REVISTA CONVIVI-
MOS” a utilizar desde la firma del acuerdo; b) Toda
modificación del precio de la REVISTA CONVIVI-
MOS deberá ser informado en forma previa, con
un aviso en la misma revista, con sesenta días de
anticipación en negrita y con caracteres tipográfi-
cos equivalentes como mínimo a una vez y media
el tamaño de los utilizados en el cuerpo o texto
general de la revista. Se deberá dejar constancia
también que si no está de acuerdo con dicha
modificación puede solicitar la baja de la compra
de la revista; c) Como un modo de compensar a
los suscriptores de la “REVISTA CONVIVIMOS”,
TARJETA NARANJA se compromete a mantener
inalterable el precio de dicha publicación por el
plazo mínimo de seis (6) meses contados a partir
de la suscripción del acuerdo; d) También, como
obligación complementaria, TARJETA NARANJA,
deberá consignar y mantener informado a sus
clientes en la página de inicio del sitio web oficial
de la empresa, con un link especial referido a la
revista, todas las condiciones de contratación de
la REVISTA CONVIVIMOS.- De conformidad con
el primer párrafo del art. 54° de la ley 24.240, se
hace saber que el presente acuerdo no restringe
ni limita en modo alguno el eventual derecho de
poder accionar individualmente apartándose de
los términos aquí convenidos”.-
Leonardo Portela, Juez.
e. 02/08/2016 N° 53547/16 v. 03/08/2016