N° 53804/16 Aviso del Boletín Oficial
COMPAÑIA INTERNACIONAL
Texto del aviso
COMPAÑIA INTERNACIONAL
DE TELECOMUNICACIONES S.A.
Inscripta en la IGJ el 4/10/90 bajo el número
7265, Libro 108, Tomo A de Sociedades Anó-
nimas. Se comunica que la Asamblea Gene-
ral Ordinaria y Extraordinaria del 29/04/16,
aprobó un aumento de capital en la suma de
$ 187.179.161,80, aumentándose por lo tanto el
capital social de la suma de $ 612.148.688,60
a $ 799.327.850,40. En consecuencia, se re-
solvió modificar el artículo quinto del Estatuto
Social, el cual quedó redactado de la siguiente
manera: “ARTICULO QUINTO: CAPITAL SO-
CIAL: El Capital Social se fija en la suma de
$ 799.327.850,40 representado por la cantidad
de 7.993.278.504 acciones, divididas en las
siguientes clases: (i) 5.809.557.307 acciones
ordinarias, escriturales, de $ 0,10 valor nominal
cada una y un voto por acción; (ii) 311.929.579
acciones preferidas, escriturales, Clase D, de
$ 0,10 valor nominal cada una, sin derecho a
voto, y (iii) 1.871.791.618 acciones ordinarias,
escriturales, Clase E, de $ 0,10 valor nominal
cada una y un voto por acción. Las acciones
preferidas Clase D tendrán una preferencia eco-
nómica que consistirá en el derecho a cobrar el
dividendo de liquidación con preeminencia a los
titulares de las acciones ordinarias, pero que no
gozarán de derecho a voto, salvo en los casos
de los artículos 217 segundo párrafo y 244
cuarto párrafo de la Ley 19.550 y modificato-
rias. Por resolución de la Asamblea Ordinaria, el
Capital Social podrá elevarse hasta el quíntuplo
del monto fijado precedentemente, sin que se
requiera nueva conformidad administrativa. Los
socios constituyentes de la Sociedad, TELEFÓ-
NICA INTERNATIONAL HOLDING B.V. y TELE-
FONICA HOLDING DE ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA (en su carácter de continuadora de
CEI CITICORP HOLDINGS SOCIEDAD ANONI-
MA), en su carácter de miembros del NÚCLEO
PRINCIPAL del consorcio adjudicatario de las
acciones de la Sociedad Licenciataria Sur S.A.,
en ningún caso podrán reducir su participación
a porcentajes inferiores al diez y veinte por cien-
to, respectivamente, de las Acciones Ordinarias
con derecho a voto, sin la previa autorización de
la Comisión Nacional de Telecomunicaciones
(Decreto del Poder Ejecutivo Nacional núme-
ro 62 del día 5 de Enero de 1990). Asimismo,
a partir de la posesión de las acciones de la
SOCIEDAD LICENCIATARIA SUR S.A., los ac-
cionistas existentes a ese momento tampoco
podrán reducir sus participaciones, en conjunto
a menos del 51% del capital total de la sociedad
con derecho a voto, sin la previa autorización de
la Comisión Nacional de Telecomunicaciones
(Decreto del Poder Ejecutivo Nacional número
62 del día 5 de Enero de 1990).”
Apoderado según instrumento público Esc.
N° 166 de fecha 04/04/2014, Reg. N° 1058 Pa-
blo Luis Llauró
e. 03/08/2016 N° 53804/16 v. 03/08/2016