N° 54341/16 Aviso del Boletín Oficial
ALIMENTARIA CONOSUR S.A.
Texto del aviso
ALIMENTARIA CONOSUR S.A.
Por Asamblea Extraordinaria del 30/12/2014,
se resolvió: (i) Aumentar el capital social en
la suma de $ 6.370.495, o sea de la suma de
$ 20.946.797 a $ 27.317.292, estando este au-
mento compuesto de 6.370.495 acciones ordi-
narias, nominativas no endosables, con dere-
cho a un voto por acción y de $ 1 valor nominal
cada una, reformándose el artículo cuarto del
estatuto; (ii) Modificar el objeto social (artículo
3°) y el artículo 12° del estatuto, quedando re-
dactados así: ARTÍCULO TERCERO: El objeto
de la Sociedad será, ya sea por cuenta propia o
en nombre de o asociada con terceros en la Re-
pública Argentina o en el exterior, la realización
de actividades financieras y operaciones de
inversión, incluyendo, el otorgamiento o la toma
de préstamos en dinero, en moneda nacional
o extranjera, o de valores de la deuda pública
o privada, a corto, a mediano o a largo plazo;
la participación en otras sociedades nacionales
o extranjeras, constituidas o a constituirse y
la realización de aportes de capitales a socie-
dades nacionales o extranjeras, constituidas
o a constituirse, pudiendo efectuar aportes
financieros en contratos de colaboración em-
presaria, uniones transitorias de empresas,
consorcios, “joint ventures” y, en general, en
cualquier otro contrato asociativo; la toma
o el otorgamiento de todo tipo de garantías
personales o reales, gratuitas u onerosas, de
terceros o a favor de éstos; el financiamiento
de operaciones realizadas o a realizarse, así
como la emisión y compraventa de acciones,
debentures, obligaciones negociables y toda
clase de valores mobiliarios y papeles de crédi-
to de cualquiera de los sistemas o modalidades
creados o a crearse y la realización de todo tipo
de inversiones en bienes muebles o inmuebles,
valores mobiliarios, públicos o privados, cotiza-
bles o no. Se exceptúan aquellas operaciones
financieras que requieran el concurso público
y las operaciones que estuvieren previstas por
la Ley de Entidades Financieras No. 21.526. A
los fines expuestos, la Sociedad tiene plena ca-
pacidad legal para adquirir derechos, contraer
obligaciones, y realizar todo acto no prohibido
por la ley o por este Estatuto; ARTÍCULO DE-
CIMO SEGUNDO: La fiscalización de la Socie-
dad estará a cargo de un síndico titular y uno
suplente. El síndico titular y el suplente serán
elegidos por un ejercicio y podrán ser reelegi-
dos sin limitación. En caso de ausencia o im-
pedimento, el síndico suplente reemplazará al
titular. Autorizado por Asamblea del 30/12/2014.
Patricio Jorge Richards - T°: 87 F°: 293 C.P.A.C.F.
e. 04/08/2016 N° 54341/16 v. 04/08/2016