N° 54496/16 Aviso del Boletín Oficial
CRITERIA ASSET MANAGEMENT S.A.
Texto del aviso
CRITERIA ASSET MANAGEMENT S.A.
Inscripta en la I.G.J. el 09/12/2003, N° 17717,
L° 23 Sociedades Anónimas, comunica que
por acta de Asamblea Extraordinaria de fecha
19/07/16 se resolvió modificar el artículo ter-
cero del estatuto social, quedando redactado
del siguiente modo: “ARTÍCULO TERCERO:
Tiene por objeto realizar, por cuenta propia
o ajena, en forma independiente o asociada
a terceros, dentro o fuera de la República
Argentina, las siguientes actividades: A) CO-
MERCIALES: Actuar como Agente Productor
de conformidad a lo dispuesto por la Ley
N° 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), y
Viernes 5 de agosto de 2016
sus modificatorias, por lo que podrá: a) Cap-
tar clientes para su posterior alta por parte del
Agente de Negociación y/o el De Agente de Li-
quidación y Compensación y Agente de Nego-
ciación con los que tenga firmado un contrato,
b) Prestar información sobre los servicios
brindados por los Agente de Negociación y/o
el De Agente de Liquidación y Compensación
y Agente de Negociación con los que haya
suscripto contrato, c) Proveer al cliente de
la documentación utilizada por el Agente de
Negociación y/o el De Agente de Liquidación
y Compensación y Agente de Negociación
necesaria para su registro como cliente, d)
Prestar asesoramiento a clientes respecto de
inversiones, e) Gestionar órdenes de clientes,
dados de alta por el Agente de Negociación
y/o el De Agente de Liquidación y Compen-
sación y Agente de Negociación, siempre que
cuente con autorización expresa otorgada por
los clientes, y f) Administrar carteras de clien-
tes, siempre que cuenten con autorización
expresa otorgada por los clientes.- B) ACTI-
VIDADES FINANCIERAS: Efectuar inversiones
en acciones, debentures, obligaciones, op-
ciones, futuros, productos derivados, plazos
fijos, fondos comunes de inversión y demás
títulos de crédito o títulos valores públicos o
privados, nacionales o extranjeros, en el país
o en el extranjero; otorgamiento de créditos en
general con fondos propios, con o sin garan-
tías de prenda o hipoteca o de cualquier otra
de las permitidas por la legislación vigente, no
pudiendo realizar las actividades reguladas
por la Ley Nº 21.526 de Entidades Financieras
y sus modificaciones, y realizar inversiones en
sociedades constituidas o a constituirse por
cualquier medio, ya sea mediante aportes de
capital, compra de acciones o de cualquier
otra forma.- C) INTERMEDIACIÓN DE VALO-
RES: Intermediar en la oferta pública de valo-
res negociables u otras especies autorizadas
a la oferta pública por la Comisión Nacional
de Valores de acuerdo a lo establecido por
la normativa vigente, actuando a través de
entidades y/o mercados autorizados por la
Comisión Nacional de Valores. A tales fines, la
sociedad tiene plena capacidad jurídica para
inscribirse en los registros pertinentes como
agente asesor de mercado de capitales; como
agente de liquidación y compensación, agen-
te de negociación, agente productor o como
cualquier otra figura a tales efectos, adquirir
derechos, contraer obligaciones y ejercer los
actos que no sean prohibidos por las leyes o
por este estatuto”. Autorizado según instru-
mento privado Acta de Asamblea Extraordina-
ria de fecha 19/07/2016
Guillermo Fleming - T°: 116 F°: 167 C.P.A.C.F.
e. 05/08/2016 N° 54496/16 v. 05/08/2016