N° 55755/16 Aviso del Boletín Oficial
TYZNARY S.A.
Texto del aviso
TYZNARY S.A.
Por Acta de Asamblea Extraordinaria de accio-
nistas del 28/07/2016 se aprobó la reforma de
los artículo 1º y 3º del estatuto que quedaron
redactados del siguiente modo: “ARTICULO
PRIMERO: La sociedad se denomina LAISHI
GROUP S.A. antes TIZNARY S.A. y tiene su
domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires”. “ARTICULO TERCERO: La sociedad
tiene por objeto dedicarse por cuenta propia,
de terceros o asociada a terceros, en el país
o en el extranjero a las siguientes actividades:
1) la prestación de servicios de asistencia téc-
nica, de asesoramiento y consultoría econó-
mica, financiera, presupuestaria y de control
de gestión; 2) marketing, management, así
como la realización de estudios de mercado,
encuestas, evaluación financiera y económica
de proyectos de inversión, sociales y políticos;
3) operaciones en los ramos constructivo e in-
mobiliario, mediante la construcción, refacción,
ampliación, reparación, compraventa, permuta,
administración, leasing inmobiliario y locación
de inmuebles en general, y obras civiles e in-
dustriales de cualquier índole, públicas o parti-
culares, en los rubros urbanos o rurales, incluso
bajo los regímenes de propiedad horizontal,
barrios cerrados, tiempo compartido, u otros,
creados o a crearse; 4) actividades financieras y
de inversión mediante el otorgamiento de prés-
tamos a interés y/o a la realización de aportes
de inversiones de capitales a particulares o
sociedades, de financiaciones y operaciones
de crédito con cualquiera de las garantías pre-
vistas en la legislación vigente o sin ellas, la
negociación de títulos, acciones y otros valores
mobiliarios, leasing financiero, realizar inversio-
nes en todos aquellos rubros de la producción
de bienes y servicios, actuar como fiduciario
ordinario público, fiduciario financiero o cual-
quier otra modalidad prevista en la Ley 2441 y
normas complementarias, como así también la
realización de operaciones financieras de las
que quedan excluidas la comprendidas en la
Ley de entidades financieras y toda otra que
requiera concurso público. Las actividades que
así lo requieran serán realizadas por profesio-
nales con título habilitante”. Autorizado según
instrumento privado si de fecha 11/07/2016
JESICA BETSABE ANDREATTA - T°: 104 F°: 415
C.P.A.C.F.
e. 10/08/2016 N° 55755/16 v. 10/08/2016