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N° 56975/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES viernes, 12 de agosto de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

ECONÓMICO NRO. 7

SECRETARÍA NRO. 14

EDICTO:

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico

N° 7, Secretaría N° 14, notifica a Héctor Enrique

MONACO (titular del DNI N° 12.226.754), de lo

resuelto el 9 de agosto de 2016, en la causa

N° 1.079/2.014 (6.970), caratulada: “BHI TRADE

IN S.A. SOBRE INFRACCIÓN LEY 22.415”. Pu-

blíquese por el término de un día. Como recau-

do legal, se transcribe el auto que así lo ordena:

“Buenos Aires, 9 de agosto de 2016. AUTOS Y

VISTOS: … Y CONSIDERANDO: … Por todo lo

expresado, y de conformidad con las prescrip-

ciones dispuestas por los artículos 334, 335 y

336, inciso 3° del C.P.PN., corresponde y así

RESUELVO: I.- SOBRESEER TOTALMENTE a

Héctor Enrique MONACO (D.N.I. N° 12.226.754),

porque los hechos investigados no encuadran

en una figura legal (confr. artículo 336, inciso

3° del C.P.P.N.); II.- HACER EXPRESA MEN-

CIÓN que la formación del presente proceso,

con relación a los hechos mencionados por

el punto anterior, no afecta el buen nombre y

honor del que hubiere gozado Héctor Enrique

MONACO (artículo 336, “in fine”, del C.P.P.N.).

III.- EXTRAER TESTIMONIOS de las presentes

actuaciones, y remitirlos al Banco Central de la

República Argentina, para que en esa órbita se

investiguen los presuntos giros de divisas al ex-

terior por parte de la firma BHI TRADE IN S.A.,

en transgresión a las normas cambiarias aplica-

bles en la especie; IV.- ARCHIVAR las presentes

actuaciones porque los hechos investigados no

encuadran en una figura legal; V.- SIN COSTAS

(artículos 530 y concordantes del C.P.P.N.). Re-

gístrese, protocolícese, notifíquese a la señora

representante del Ministerio Público Fiscal y

a la defensa de BHI TRADE IN S.A., mediante

cédulas de notificación electrónicas, y a Héctor

Enrique MONACO mediante la publicación de

edictos por el término de un día. Firme, comu-

níquese al Registro Nacional de Reincidencia,

y cumplido que sea cúmplase con la remisión

de testimonios ordenada, junto con la docu-

mentación reservada por Secretaría y, oportu-

namente, ARCHÍVESE.” FDO: JUAN P. GALVÁN

GREENWAY, JUEZ. ANTE MÍ: MARÍA INES

CARBAJALES, SECRETARIA. Buenos Aires, 10

de agosto de 2016.

Juan P. GALVÁN GREENWAY Juez - MARIA

INES CARBAJALES SECRETARIA

e. 12/08/2016 N° 56975/16 v. 12/08/2016