N° 57119/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
ECONÓMICO NRO. 7
SECRETARÍA NRO. 14
EDICTO:
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico
N° 7, Secretaría N° 14, notifica a Esteban Mar-
tín RUIZ DÍAZ, (titular del DNI N° 26.359.083),
Alberto Andrés MAMONE (titular del DNI
N° 4.386.495), de lo resuelto el 9 de agosto
de 2016, en la causa N° ° 1.086/2.014 (6.986),
caratulada: “MAMONE, ALBERTO ANDRES
SOBRE INFRACCIÓN LEY 22.415”. Publíquese
por el término de un día. Como recaudo legal,
se transcribe el auto que así lo ordena: “Buenos
Aires, 9 de agosto de 2016. AUTOS Y VISTOS:
… Y CONSIDERANDO:… Por todo lo expresa-
do, y de conformidad con las prescripciones
dispuestas por los artículos 334, 335 y 336,
inciso 3° del C.P.PN., corresponde y así RE-
SUELVO: I.- SOBRESEER TOTALMENTE a Es-
teban Martín RUIZ DÍAZ (D.N.I. N° 26.359.083),
Sección
porque los hechos investigados no encuadran
en una figura legal (confr. artículo 336, inciso
3° del C.P.P.N.); II.- HACER EXPRESA MEN-
CIÓN que la formación del presente proceso,
con relación a los hechos mencionados por
el punto anterior, no afecta el buen nombre y
honor del que hubiere gozado Esteban Martín
RUIZ DÍAZ (artículo 336, “in fine”, del C.P.P.N.).
III.- EXTRAER TESTIMONIOS de las presentes
actuaciones, y remitirlos al Banco Central de
la República Argentina, para que en esa órbita
se investiguen los presuntos giros de divisas al
exterior por parte de Alberto Andrés MAMONE,
en transgresión a las normas cambiarias aplica-
bles en la especie; IV.- ARCHIVAR las presentes
actuaciones porque los hechos investigados no
encuadran en una figura legal; V.- SIN COSTAS
(artículos 530 y concordantes del C.P.P.N.).
Regístrese, protocolícese, notifíquese a la se-
ñora representante del Ministerio Público Fiscal
mediante cédula de notificación electrónica, y
a Alberto Andrés MAMONE y a Esteban Martín
RUIZ DÍAZ mediante la publicación de edictos
por el término de un día. Firme, comuníquese al
Registro Nacional de Reincidencia, y cumplido
que sea cúmplase con la remisión de testimo-
nios ordenada, junto con la documentación
reservada por Secretaría y, oportunamente,
ARCHÍVESE.” FDO: JUAN P. GALVÁN GREEN-
WAY, JUEZ. ANTE MÍ: MARÍA INES CARBAJA-
LES, SECRETARIA. Buenos Aires, 10 de agosto
de 2016.
Juan P. GALVÁN GREENWAY Juez - MARIA
INES CARBAJALES SECRETARIA
e. 12/08/2016 N° 57119/16 v. 12/08/2016