N° 56969/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
ECONÓMICO NRO. 7
SECRETARÍA NRO. 14
EDICTO:
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico
N° 7, Secretaría N° 14, notifica a Esteban Mar-
tín RUIZ DÍAZ, (titular del DNI N° 26.359.083),
Gustavo Adrián ANGELI (titular del DNI
N° 25.205.535), y a la razón social de CASA
JARSE S.A.I.C. (C.U.I.T. N° 30-55009571-4),
de lo resuelto el 9 de agosto de 2016, en la
causa N° 1.090/2.014 (6.956), caratulada:
“CASA JARSE S.A.I.C SOBRE INFRACCIÓN
LEY 22.415”. Publíquese por el término de
un día. Como recaudo legal, se transcribe el
auto que así lo ordena: “Buenos Aires, 9 de
agosto de 2016. AUTOS Y VISTOS: … Y CON-
SIDERANDO: … Por todo lo expresado, y de
conformidad con las prescripciones dispues-
tas por los artículos 334, 335 y 336, inciso 3°
del C.P.PN., corresponde y así RESUELVO:
I.- SOBRESEER TOTALMENTE a Gustavo
Adrián ANGELI (D.N.I. N° 25.205.535) y Este-
ban Martín RUIZ DÍAZ (D.N.I. N° 26.359.083),
porque los hechos investigados no encuadran
en una figura legal (confr. artículo 336, inciso
3° del C.P.P.N.); II.- HACER EXPRESA MEN-
CIÓN que la formación del presente proceso,
con relación a los hechos mencionados por
el punto anterior, no afecta el buen nombre
y honor del que hubieren gozado Gustavo
Adrián ANGELI y Esteban Martín RUIZ DÍAZ
(artículo 336, “in fine”, del C.P.P.N.). III.- EX-
TRAER TESTIMONIOS de las presentes ac-
tuaciones, y remitirlos al Banco Central de la
República Argentina, para que en esa órbita
se investiguen los presuntos giros de divisas
al exterior por parte de la firma CASA JARSE
S.A.I.C., en transgresión a las normas cambia-
rias aplicables en la especie; IV.- ARCHIVAR
las presentes actuaciones porque los hechos
investigados no encuadran en una figura legal;
V.- SIN COSTAS (artículos 530 y concordantes
del C.P.P.N.). Regístrese, protocolícese, notifí-
quese a la señora representante del Ministerio
Público Fiscal mediante cédula de notificación
electrónica, y a la razón social de CASA JAR-
SE S.A.I.C., Gustavo Adrián ANGELI y Esteban
Martín RUIZ DÍAZ mediante la publicación de
edictos por el término de un día. Firme, co-
muníquese al Registro Nacional de Reinci-
dencia, y cumplido que sea cúmplase con la
remisión de testimonios ordenada, junto con
la documentación reservada por Secretaría y,
oportunamente, ARCHÍVESE.” FDO: JUAN P.
GALVÁN GREENWAY, JUEZ. ANTE MÍ: MARÍA
INES CARBAJALES, SECRETARIA. Buenos
Aires, 10 de agosto de 2016.
Juan P. GALVÁN GREENWAY Juez - MARIA
INES CARBAJALES SECRETARIA
e. 12/08/2016 N° 56969/16 v. 12/08/2016