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N° 57013/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES viernes, 12 de agosto de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

ECONÓMICO NRO. 7

SECRETARÍA NRO. 14

EDICTO:

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico

N° 7, Secretaría N° 14, notifica a la firma SHI-

MISA DE COMERCIO EXTERIOR S.A. (CUIT

N° 30-70866198-4), a Sergio Adrián VEC-

CHIO (D.N.I. N° 17.287615), a Sandra Gabriela

GADALETA (D.N.I. N° 17.945.725), y a Lucio

Marcelo CASSARINO (D.N.I. N° 21.588.749)

de lo dispuesto en la causa N° 1093/2014

(6971), caratulada: “SHIMISA DE COMERCIO

EXTERIOR S.A. S/SOBRE INFRACCIÓN LEY

22.415”: “Buenos Aires, 9 de agosto de 2016.

AUTOS Y VISTOS:…Y CONSIDERANDO:…

RESUELVO: I.- SOBRESEER TOTALMENTE a

Sergio Adrián VECCHIO (D.N.I. N° 17.287615),

cuyos datos personales obran en autos, porque

los hechos investigados no encuadran en una

figura legal (confr. artículo 336, inciso 3° del

C.P.P.N.); II.- HACER EXPRESA MENCIÓN que

la formación del presente proceso, con relación

a los hechos mencionados por el punto ante-

rior, no afecta el buen nombre y honor del que

hubiere gozado Sergio Adrián VECCHIO (artícu-

lo 336, “in fine”, del C.P.P.N.). III.- SOBRESEER

TOTALMENTE a Sandra Gabriela GADALETA

(D.N.I. N° 17.945.725), cuyos datos personales

obran en autos, porque los hechos investigados

no encuadran en una figura legal (confr. artículo

336, inciso 3° del C.P.P.N.); IV.- HACER EXPRE-

SA MENCIÓN que la formación del presente

proceso, con relación a los hechos mencio-

nados por el punto anterior, no afecta el buen

nombre y honor del que hubiere gozado Sandra

Gabriela GADALETA (artículo 336, “in fine”, del

C.P.P.N.). V.- SOBRESEER TOTALMENTE a Lu-

cio Marcelo CASSARINO (D.N.I. N° 21.588.749),

cuyos datos personales obran en autos, porque

los hechos investigados no encuadran en una

Viernes 12 de agosto de 2016

figura legal (confr. artículo 336, inciso 3° del

C.P.P.N.); VI.- HACER EXPRESA MENCIÓN que

la formación del presente proceso, con relación

a los hechos mencionados por el punto ante-

rior, no afecta el buen nombre y honor del que

hubiere gozado Lucio Marcelo CASSARINO (ar-

tículo 336, “in fine”, del C.P.P.N.). VII.- EXTRAER

TESTIMONIOS de las presentes actuaciones,

y remitirlos al Banco Central de la República

Argentina, para que en esa órbita se investi-

guen los presuntos giros de divisas al exterior

por parte de la firma SHIMISA DE COMER-

CIO EXTERIOR S.A. (CUIT N° 30-70866198-

4), en transgresión a las normas cambiarias

aplicables en la especie; VIII.- ARCHIVAR las

presentes actuaciones porque los hechos in-

vestigados no encuadran en una figura legal;

IX.- SIN COSTAS (artículos 530 y concordantes

del C.P.P.N.). Regístrese, protocolícese, notifí-

quese a la señora representante del Ministerio

Público Fiscal con cédula, y a la firma SHIMISA

DE COMERCIO EXTERIOR S.A., Sergio Adrián

VECCHIO, Sandra Gabriela GADALETA, y a

Lucio Marcelo CASSARINO, mediante la pu-

blicación de edictos por el término de un día.

Firme, comuníquese al Registro Nacional de

Reincidencia, y cumplido que sea cúmplase

con la remisión de testimonios ordenada, junto

con la documentación reservada por Secretaría

y, oportunamente, ARCHÍVESE.” FDO: JUAN P.

GALVÁN GREENWAY – JUEZ, ANTE MÍ: MARÍA

INÉS CARBAJALES, SECRETARIA. Buenos Ai-

res, 10 de agosto de 2016.

Juan P. GALVÁN GREENWAY Juez - MARIA

INES CARBAJALES SECRETARIA

e. 12/08/2016 N° 57013/16 v. 12/08/2016