N° 57034/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
ECONÓMICO NRO. 7
SECRETARÍA NRO. 14
EDICTO:
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico
N° 7, Secretaría N° 14, notifica a Jorge Eduar-
do VERNAZA, (titular del DNI N° 10.550.907)
de lo resuelto el 9 de agosto de 2016, en la
causa N° 1.082/2.014 (6.966), caratulada:
“NB DISTRIBUIDORA MAYORISTA S.R.L.
SOBRE INFRACCIÓN LEY 22.415” Publíque-
se por el término de un día. Como recaudo
legal, se transcribe el auto que así lo ordena:
“Buenos Aires 9 de agosto de 2016. …AUTOS
Y VISTOS: … Y CONSIDERANDO: ….Por
todo lo expresado, y de conformidad con las
prescripciones dispuestas por los artículos
334, 335 y 336, inciso 3° del C.P.PN., corres-
ponde y así RESUELVO: I.- SOBRESEER TO-
TALMENTE a Sebastián MARTORELL (D.N.I.
N° 22.818.774) y Jorge Eduardo VERNAZZA
(D.N.I. N° 10.550.907), porque los hechos in-
vestigados no encuadran en una figura legal
(confr. artículo 336, inciso 3° del C.P.P.N.);
II.- HACER EXPRESA MENCIÓN que la for-
mación del presente proceso, con relación
a los hechos mencionados por el punto an-
terior, no afecta el buen nombre y honor del
que hubieren gozado Sebastián MARTORELL
y Jorge Eduardo VERNAZZA (artículo 336,
“in fine”, del C.P.P.N.). III.- EXTRAER TES-
TIMONIOS de las presentes actuaciones, y
remitirlos al Banco Central de la República
Argentina, para que en esa órbita se investi-
guen los presuntos giros de divisas al exterior
por parte de la firma NB DISTRIBUIDORA
MAYORISTA S.R.L., en transgresión a las nor-
mas cambiarias aplicables en la especie; IV.-
ARCHIVAR las presentes actuaciones porque
los hechos investigados no encuadran en una
figura legal; V.- SIN COSTAS (artículos 530 y
concordantes del C.P.P.N.). Regístrese, proto-
colícese, notifíquese a la señora representan-
te del Ministerio Público Fiscal y a la defensa
de NB DISTRIBUIDORA MAYORISTA S.R.L.,
mediante cédulas de notificación electró-
nicas, y a Sebastián MARTORELL y Jorge
Eduardo VERNAZZA mediante la publicación
de edictos por el término de un día. Firme,
comuníquese al Registro Nacional de Reinci-
dencia, y cumplido que sea cúmplase con la
remisión de testimonios ordenada, junto con
la documentación reservada por Secretaría y,
oportunamente, ARCHÍVESE”. FDO: JUAN P.
GALVÁN GREENWAY, JUEZ. ANTE MÍ: MARÍA
INES CARBAJALES, SECRETARIA. Buenos
Aires, 10 de agosto de 2016.
Juan P. GALVÁN GREENWAY Juez - MARIA
INES CARBAJALES SECRETARIA
e. 12/08/2016 N° 57034/16 v. 12/08/2016