N° 57118/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
ECONÓMICO NRO. 7
SECRETARÍA NRO. 14
EDICTO:
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico
N° 7, Secretaría N° 14, notifica a Jorge Eduardo
VERNAZZA, (titular del DNI N° 10.550.907), de
lo resuelto el 9 de agosto de 2016, en la causa
N° 1.091/2.014 (6.963), caratulada: “BRICKELL
ELECTRONICS S.A. SOBRE INFRACCIÓN LEY
22.415”. Publíquese por el término de un día.
Como recaudo legal, se transcribe el auto que
así lo ordena: “Buenos Aires, 9 de agosto de
2016. AUTOS Y VISTOS: … Y CONSIDERAN-
DO: Por todo lo expresado, y de conformidad
con las prescripciones dispuestas por los ar-
tículos 334, 335 y 336, inciso 3° del C.P.PN.,
corresponde y así RESUELVO: I.- SOBRESEER
TOTALMENTE a Jorge Eduardo VERNAZZA
(D.N.I. N° 10.550.907), porque los hechos in-
vestigados no encuadran en una figura legal
(confr. artículo 336, inciso 3° del C.P.P.N.); II.-
HACER EXPRESA MENCIÓN que la formación
del presente proceso, con relación a los hechos
mencionados por el punto anterior, no afecta el
buen nombre y honor del que hubiere gozado
Jorge Eduardo VERNAZZA (artículo 336, “in
fine”, del C.P.P.N.). III.- EXTRAER TESTIMO-
NIOS de las presentes actuaciones, y remitirlos
al Banco Central de la República Argentina,
para que en esa órbita se investiguen los pre-
suntos giros de divisas al exterior por parte
de la firma BRICKELL ELECTRONICS S.A., en
transgresión a las normas cambiarias aplica-
bles en la especie; IV.- ARCHIVAR las presentes
actuaciones porque los hechos investigados no
encuadran en una figura legal; V.- SIN COSTAS
(artículos 530 y concordantes del C.P.P.N.). Re-
gístrese, protocolícese, notifíquese a la señora
representante del Ministerio Público Fiscal me-
diante cédula de notificación electrónica, y a la
razón social de BRICKELL ELECTRONICS S.A.,
y a Jorge Eduardo VERNAZZA mediante la pu-
blicación de edictos por el término de un día.
Firme, comuníquese al Registro Nacional de
Reincidencia, y cumplido que sea cúmplase
con la remisión de testimonios ordenada, junto
con la documentación reservada por Secretaría
y, oportunamente, ARCHÍVESE.” FDO: JUAN P.
GALVÁN GREENWAY, JUEZ. ANTE MÍ: MARÍA
INES CARBAJALES, SECRETARIA. Buenos Ai-
res, 10 de agosto de 2016.
Juan P. GALVÁN GREENWAY Juez - MARIA
INES CARBAJALES SECRETARIA
e. 12/08/2016 N° 57118/16 v. 12/08/2016