N° 56980/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL
ECONÓMICO NRO. 7
SECRETARÍA NRO. 14
EDICTO:
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico
N° 7, Secretaría N° 14, notifica a Jorge Eduardo
VERNAZA, (titular del DNI N° 10.550.907), de
lo resuelto el 9 de agosto de 2016, en la cau-
sa N° 1.081/2.014 (6.985), caratulada: “JUKE
BOX S.A. SOBRE INFRACCIÓN LEY 22.415”.
Publíquese por el término de un día. Como
recaudo legal, se transcribe el auto que así lo
ordena: “Buenos Aires 9 de agosto de 2016.
…AUTOS Y VISTOS: … Y CONSIDERANDO:
…Por todo lo expresado, y de conformidad
con las prescripciones dispuestas por los ar-
tículos 334, 335 y 336, inciso 3° del C.P.PN.,
corresponde y así RESUELVO: I.- SOBRESEER
TOTALMENTE a Jorge Eduardo VERNAZZA,
(D.N.I. N° 10.550.907), porque los hechos inves-
tigados no encuadran en una figura legal (confr.
artículo 336, inciso 3° del C.P.P.N.); II.- HACER
EXPRESA MENCIÓN que la formación del pre-
sente proceso, con relación a los hechos men-
cionados por el punto anterior, no afecta el buen
nombre y honor del que hubiere gozado Jorge
Eduardo VERNAZZA (artículo 336, “in fine”, del
C.P.P.N.). III.- EXTRAER TESTIMONIOS de las
presentes actuaciones, y remitirlos al Banco
Central de la República Argentina, para que en
esa órbita se investiguen los presuntos giros de
divisas al exterior por parte de la firma JUKE
BOX S.A., en transgresión a las normas cam-
biarias aplicables en la especie; IV.- ARCHIVAR
las presentes actuaciones porque los hechos
investigados no encuadran en una figura legal;
V.- SIN COSTAS (artículos 530 y concordantes
del C.P.P.N.). Regístrese, protocolícese, notifí-
quese a la señora representante del Ministerio
Público Fiscal y a la defensa de JUKE BOX S.A.,
mediante cédulas de notificación electrónicas y
a Jorge Eduardo VERNAZZA mediante la pu-
blicación de edictos por el término de un día.
Firme, comuníquese al Registro Nacional de
Reincidencia, y cumplido que sea cúmplase
con la remisión de testimonios ordenada, junto
con la documentación reservada por Secretaría
y, oportunamente, ARCHÍVESE.”. FDO: JUAN P.
GALVÁN GREENWAY, JUEZ. ANTE MÍ: MARÍA
INES CARBAJALES, SECRETARIA. Buenos Ai-
res, 10 de agosto de 2016.
Juan P. GALVÁN GREENWAY Juez - MARIA
INES CARBAJALES SECRETARIA
e. 12/08/2016 N° 56980/16 v. 12/08/2016