W20 Argentina W20Argentina

N° 57187/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES viernes, 12 de agosto de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

ECONÓMICO NRO. 7

SECRETARÍA NRO. 14

EDICTO:

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico

N° 7, Secretaría N° 14, notifica a Jorge Eduar-

do VERNAZZA, (titular del DNI N° 10.550.907),

de lo resuelto el 9 de agosto de 2016, en la

causa N° 1.098/2.014 (6.960), caratulada:

“STYLUS S.A. SOBRE INFRACCIÓN LEY

22.415”. Publíquese por el término de un día.

Como recaudo legal, se transcribe el auto que

así lo ordena: “Buenos Aires, 9 de agosto de

2016. AUTOS Y VISTOS: … Y CONSIDERAN-

DO: … Por todo lo expresado, y de conformi-

dad con las prescripciones dispuestas por los

artículos 334, 335 y 336, inciso 3° del C.P.PN.,

corresponde y así RESUELVO: I.- SOBRESEER

TOTALMENTE a Jorge Eduardo VERNAZZA…,

porque los hechos investigados no encuadran

en una figura legal (confr. artículo 336, inciso

3° del C.P.P.N.); II.- HACER EXPRESA MEN-

CIÓN que la formación del presente proceso,

con relación a los hechos mencionados por

el punto anterior, no afecta el buen nombre y

honor del que hubiere gozado Jorge Eduardo

VERNAZZA (artículo 336, “in fine”, del C.P.P.N.).

III.- EXTRAER TESTIMONIOS de las presentes

actuaciones, y remitirlos al Banco Central de

la República Argentina, para que en esa órbita

se investiguen los presuntos giros de divisas al

exterior por parte de STYLUS S.A., en trans-

gresión a las normas cambiarias aplicables

en la especie; IV.- ARCHIVAR las presentes

actuaciones porque los hechos investigados no

encuadran en una figura legal; V.- SIN COSTAS

(artículos 530 y concordantes del C.P.P.N.). Re-

gístrese, protocolícese, notifíquese a la señora

representante del Ministerio Público Fiscal y a

la defensa de STYLUS S.A. mediante cédulas

de notificación electrónicas, y a Jorge Eduardo

VERNAZZA mediante la publicación de edictos

por el término de un día. Firme, comuníquese al

Registro Nacional de Reincidencia, y cumplido

que sea cúmplase con la remisión de testimo-

nios ordenada, junto con la documentación

reservada por Secretaría y, oportunamente,

ARCHÍVESE.” FDO: JUAN P. GALVÁN GREEN-

WAY, JUEZ. ANTE MÍ: MARÍA INES CARBAJA-

LES, SECRETARIA. Buenos Aires, 10 de agosto

de 2016.

Juan P. GALVÁN GREENWAY Juez - MARIA

INES CARBAJALES SECRETARIA

e. 12/08/2016 N° 57187/16 v. 12/08/2016