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N° 57131/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES viernes, 12 de agosto de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

ECONÓMICO NRO. 7

SECRETARÍA NRO. 14

EDICTO:

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico

N° 7, Secretaría N° 14, notifica a Jorge Eduardo

VERNAZZA, (DNI N° 10.550.907), y a Jorge Luis

CABAÑE (DNI N° 12.485.382) de lo resuelto el 9

de agosto de 2016, en la causa N° 1.097/2.014

(6.995), caratulada: “DISTECNA S.A. SOBRE IN-

FRACCIÓN LEY 22.415”. Publíquese por el térmi-

no de un día. Como recaudo legal, se transcribe

el auto que así lo ordena: “Buenos Aires, 9 de

agosto de 2016. AUTOS Y VISTOS: … Y CONSI-

DERANDO: … RESUELVO: I.- SOBRESEER TO-

TALMENTE a Jorge Eduardo VERNAZZA (D.N.I.

Viernes 12 de agosto de 2016

N° 10.550.907) y Jorge Luis CABAÑE (D.N.I.

N° 12.485.382), porque los hechos investigados

no encuadran en una figura legal (confr. artículo

336, inciso 3° del C.P.P.N.); II.- HACER EXPRESA

MENCIÓN que la formación del presente proce-

so, con relación a los hechos mencionados por el

punto anterior, no afecta el buen nombre y honor

del que hubieren gozado Jorge Eduardo VERNA-

ZZA y Jorge Luis CABAÑE (artículo 336, “in fine”,

del C.P.P.N.). III.- EXTRAER TESTIMONIOS de las

presentes actuaciones, y remitirlos al Banco Cen-

tral de la República Argentina, para que en esa ór-

bita se investiguen los presuntos giros de divisas

al exterior por parte de la firma DISTECNA S.A.

(CUIT N° 33-70884437-9), en transgresión a las

normas cambiarias aplicables en la especie; IV.-

ARCHIVAR las presentes actuaciones porque los

hechos investigados no encuadran en una figura

legal; V.- SIN COSTAS (artículos 530 y concordan-

tes del C.P.P.N.). Regístrese, protocolícese, noti-

fíquese a la señora representante del Ministerio

Público Fiscal y a la defensa de DISTECNA S.A.,

mediante cédulas de notificación electrónicas, y a

Jorge Eduardo VERNAZZA y Jorge Luis CABAÑE

mediante la publicación de edictos por el término

de un día. Firme, comuníquese al Registro Nacio-

nal de Reincidencia, y cumplido que sea cúmpla-

se con la remisión de testimonios ordenada, junto

con la documentación reservada por Secretaría

y, oportunamente, ARCHÍVESE.” FDO: JUAN P.

GALVÁN GREENWAY, JUEZ. ANTE MÍ: MARÍA

INES CARBAJALES, SECRETARIA. Buenos Ai-

res, 10 de agosto de 2016.

Juan P. GALVÁN GREENWAY Juez - MARIA

INES CARBAJALES SECRETARIA

e. 12/08/2016 N° 57131/16 v. 12/08/2016