N° 56917/16 Aviso del Boletín Oficial
(P.S.U.Ch) y se le otorgue el reconocimiento
Texto del aviso
(P.S.U.Ch) y se le otorgue el reconocimiento
PARTIDO SOCIALISTAS UNIDOS
Que a fs. 181/278, 286/321, 326/350 y 354/373 provisorio.
corren agregadas las planillas de adhesiones POR EL CHACO (P.S.U.CH)
y soportes magnéticos conteniendo datos de Que a fs. 500/502 obra dictamen del Sr. Fiscal
Distrito Chaco
adherentes a la agrupación política solicitante. Federal en el que manifiesta en lo sustancial:
“...del contenido del libelo presentado a fs.
La Señora Juez Federal Subrogante con Com- Que a fs. 283/5 corre agregado el Oficio 137 de autos, emerge nítida que la “oposición”
petencia Electoral en el Distrito Chaco, DRA. n° 384/16 de la Cámara Nacional Electoral, re- planteada refiere inherente a una supuesta
ZUNILDA NIREMPERGER, hace saber por ferido a la cantidad mínima de afiliados reque- palmaria “similitud” en su integralidad con el
el término de (1) día, que en Expte. N° CNE ridos para el mantenimiento de la personalidad nombre del partido que representa, similitud
6004717/2013 caratulado “PARTIDO SOCIA- de los partidos políticos (arts. 7 bis “a” y 7 ter, que provocaría en los ciudadanos -electores
LISTAS UNIDOS POR EL CHACO (P.S.U.CH) S/ Ley 23.298 modif. por Ley 26.571) para el Año una seria confusión respecto de la utilización
RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRI- 2016.
de la denominación de los mencionados par-
TO”, tramitado por la Secretaria Electoral Na-
tidos (Partido Socialista y Partido Socialistas
cional a cargo del DR. HUGO DANIEL HAEDO, Que a fs. 386 se adjunta impreso de la “nómina Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch). Ambos entes
se ha dictado la Resolución N° 138 de fecha de adhesiones” emitida por el centro de cóm- partidarios reivindican como indubitables el de-
01/08/2016, por la cual se ha otorgado la perso- putos de este Tribunal.
recho que les asiste en el uso del nombre “SO-
nalidad jurídico política con carácter provisorio
CIALISTA o SOCIALSITAS”, desde el momento
a la agrupación política “PARTIDO SOCIALIS- Que a fs. 389, obra informe realizado por el Se- mismo en que ambos integran sus respectivas
TAS UNIDOS POR EL CHACO (P.S.U.CH)” de cretario Nacional Electoral, dando cuenta que denominaciones efectuando a su respecto
este distrito, en los términos del art. 7 de la Ley han sido ingresados al Registro de Adhesiones —en cada proceso de reconocimientos— las
23.298 y fue aprobada su Carta Orgánica (art. la cantidad de 3.530 adherentes a la agrupa- reseñas doctrinarias y dogmáticas acerca de
63 - apartado segundo de la Ley Orgánica de ción política PARTIDO SOCIALISTAS UNIDOS la vida y conformación institucional como entes
los Partidos Políticos N° 23.298)
POR EL CHACO (P.S.U.Ch), por haber reunido políticos. Con relación al término “Socialista”
los requisitos exigidos por la Ley 23.298, por lo y tal el criterio señalado por la C.S.J.N. res-
Resistencia, 10 de agosto de 2016.
expuesto se desprende que la agrupación polí- pecto de nombres que mentan concepciones
Dr. Ricardo Daniel Boschetti, Prosecretario tica ha alcanzado a cubrir el porcentaje mínimo ideológicas como el mencionado, co-existen
Electoral.
exigido por la Ley 23.298.
sendos fallos de la propia Cámara Nacional
Electoral, donde se ha resuelto, que: “... ante
RESOLUCIÓN N° 138 Que consultado (cf. lo establecido por el artícu- la común utilización de vocablos que mentan
lo 14 de la ley 23298, y Acordada Extraordinaria concepciones ideológicas o político filosóficas,
Resistencia, 01 de agosto de 2.016.- MI
N° 88/04 - punto 2°) el “sistema informático del dicho equivoco se soslaya mediante el adita-
Registro General de Nombres de los Partidos mento de expresiones, esta vez sí exclusivas,
VISTO: El expediente N° CNE 6004717/2013 Políticos de la Excma. Cámara Nacional Elec- con que se complementa la denominación”
caratulado: “PARTIDO SOCIALISTAS UNIDOS toral”, acerca del nombre utilizado por la agru- (cf. Falllos CNE: 3192/03; 3301/04 - Disidencia
POR EL CHACO (P.S.U.Ch) S/RECONOCIMIEN- pación solicitante y surgiendo que solo en esta Dr. Dalla Via). Cabe señalar en lo que se refiere
TO DE PARTIDO DE DISTRITO”, que se tramita Secretaria Electoral Nacional, se encuentra “en al nombre partidario, que la Ley N° 23.298 en
en la Secretaria Electoral Nacional de este Juz- trámite” una agrupación política identificada conformidad con lo dispuesto por sus arts. 13 y
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Segunda Sección
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16, establece en forma expresa que el nombre de donde ha de resultar si se produce confu- 2) Otorgar la personería jurídico-política “con Art. 2: Constituyen el Partido Socialistas Uni-
partidario constituye un atributo exclusivo del sión o no. (cf. fallo 4566/11).
carácter provisorio” en el Distrito Chaco al dos por el Chaco (P.S.U.Ch.), los/as afiliados/as,
partido debiendo distinguirse razonable y cla-
PARTIDO SOCIALISTAS UNIDOS POR EL Comisiones Partidarias Locales, que acepten
ramente de cualquier otra agrupación política,
sus principios, métodos de acción, programa También en Fallos (CNE 2842/01, 2851/01, CHACO (P.S.U.Ch), con derecho exclusivo al
como así también, que en la materia tales re-
nombre partidario, sigla y logo adoptados, con y la presente Carta Orgánica que rige su fun- 3047/02, 3192/03 y 4958/2013) se establece
gulaciones tienden y tienen por finalidad evitar
todos los derechos y obligaciones que emanan cionamiento. que “La comparación entre denominaciones
la confusión del electorado, procurándose la
de su reconocimiento (Ley 23.298, modif. Ley de dos partidos debe hacerse tomando ambos
nítida identificación de los partidos políticos
26.571).
Art. 3: La organización del Partido Socialistas nombres en su integridad, pues es la impresión
con la finalidad de preservar siempre la genuina
Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.), se inspira en de conjunto de donde ha de resultar si se pro-
expresión de la voluntad política del ciudadano,
los siguientes principios: duce o no confusión” y Fallo 3047/02 “No hay 3) Hacer saber a la agrupación política referida
sosteniendo que el nombre no solo “no debe-
“ut supra que dicho reconocimiento no permite posibilidad de confusión alguna, entre designa-
rá provocar confusión material o ideológica”
la postulación de candidaturas ni financiamien- a) La democracia como forma de participación ciones si existe suficiente diferenciación fonéti-
y por consiguiente “lo que tiene que hacer es
to público (cfr. art. 7° último párrafo de la ley de los/as afiliados/as en la vida del Partido So- ca, auditiva y visual”.
causa suficiente de confusión” y no una mera
cialistas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.). 23.298).
posibilidad. Que efectuado un análisis integral
En Fallo 3301/200 la CNE dice: “.. Que tam- y contextual del nombre aquí cuestionado —
4) Tener por apoderados partidarios a la Sra. b) La igualdad efectiva de varones y mujeres
bién debe tenerse presente que el vocablo leáse PARTIDO SOCIALISTAS UNIDOS POR
Acuña Marcela Verónica, DNI. N° 22.131.631 y en el seno del Partido Socialistas Unidos por el
“SOCIALISTA” transciende la identificación o EL CHACO (P.S.U.Ch)— nítidamente y con
al Dr. Díaz Juan Fernando, DNI. N° 28.660.937. Chaco (P.S.U.Ch.).
individualización de un partido político, toda meridiana claridad se distingue de la denomina-
vez que “el socialismo” es un sistema político ción Partido Socialista —del Distrito Chaco—,
c) La elección periódica de los órganos parti- 5) Tener como domicilio legal el sito en calle que constituye una concepción del mundo y ello a partir de que los otros vocablos que lo
darios y la posibilidad de revocar los mandatos Santa María de Oro n° 1.460 de la ciudad de de la vida que pretende la liberación del tra- integran — léase “UNIDOS POR EL CHACO”
Resistencia - Chaco.
total o parcialmente.
bajo humano frente a los abusos capitalistas, incluida la denominación “SOCIALISTAS” ex-
mediante el establecimiento de una sociedad presada en pluralidad”— de manera inequívoca
d) El carácter colegiado de sus órganos y la res- 6) Tener por Declaración de Principios, Bases justa en la que no es posible la explotación lo diferencian, a lo que debe adunarse las siglas
ponsabilidad individual de los/as miembros/as de Acción Política, y por Carta Orgánica Parti- del hombre por el hombre –“Diccionario de —P.S.U.CH.— que también integran su identi-
que los integran en relación con las funciones daria los textos de fs. 47/71. Derecho Público”, Emilio Fernández Vázquez, ficación, despejando cualquier posibilidad de
específicas que tengan asignadas.
Ed. Astrea, Bs. As., 1981 (conf. Fallos CNE semejanza de tipo auditiva, fonética y de analo-
549/88, 551/88, 554/88 y 618/88 entre otros). 7) Hacer saber a las autoridades promotoras
gía, siendo determinante para evitar la mentada
e) La renovación periódica de los cargos de que a fin de obtener la personería jurídica El socialismo es un humanismo, un humanis- posibilidad de confusión “visual o fonética”
elección interna y de los/as candidatos/as a política definitiva deberán acreditar, dentro mo temporal, interesado, no sólo en la pro- con el nombre “PARTIDO SOCIALISTA” que se
cargos públicos. del plazo improrrogable de 150 días a partir blemática social del hombre, al que pretende presenta en oposición. Tampoco puede sosla-
de la notificación del presente resolutorio, la liberarlo, no solo en el plano jurídico público yarse, en vinculación directa a la cuestión traída
f) La representación de las minorías en los
formal, sino también en el socio económico, afiliación de un número de electores no in-
a análisis, tal los antecedentes que emergen de
órganos de dirección del Partido Socialistas
condición indispensable para la existencia ferior al cuatro por mil del total de inscriptos
los infolios 78/79vta. entre la nómina remitida
Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.) en todos sus en el registro de electores de este distrito, real con contenido de aquél. Se trata enton- por la CNE de las Agrupaciones Existentes
niveles. acompañando conjuntamente con las fichas ces de un pensamiento filosófico y de una con Coincidencias Parciales en Nombres, se
respectivas copias de los documentos cívicos posición ideológica de alcance universal, por extraen numerosas y diferentes agrupaciones
g) El debate político permanente como instru- de los afiliados, donde conste la identidad y el lo que ningún partido podría pretender para políticas que en su denominación utilizan el
mento para profundizar la formación y capaci-
si su patrimonio monopólico ni, por consi- domicilio, certificada por la autoridad partidaria
vocablo “Socialista”, denotando “per se” ello,
tación política de los/as afiliados/as.
guiente, el uso exclusivo de la denominación (art. 7 bis, inc. “a” de la Ley 23.298, modificada
una prueba palmaria y patente de la inexisten-
por la ley 26.571), debiendo tener presente a “SOCIALISTA”. cia de esa posible confusión que esgrime el
Art. 4: Para el resguardo de los principios tal efecto lo dispuesto en los arts. 3° y 5° del
impugnante a su respecto, máxime cuando tal
enunciados, se establecen las siguientes ga- Decreto n° 937/2010 P.E.N. reglamentario de la
fehaciente y demostrada co-existencia de par- Que así mismo tiene señalado la Corte Supre-
referida ley.
rantías:
tidos claramente enerva cualquier tipo de duda ma de Justicia (Fallos: 305:1262) y CNE en Fa-
a efectos de emitir una opinión favorable para llos: 618/88, 680/89, 1615/93, 2547/99, 4662/11
a) Las resoluciones de los órganos de dirección 8) Hacer saber que —a los fines señalados pre-
y 4958/2013 entre otros: “...de lo que se trata su autorización.... Por los fundamentos y argu-
del Partido Socialistas Unidos por el Chaco cedentemente y dentro del plazo improrrogable
fundamentalmente, en definitiva, es de garanti- mentos citados, éste Ministerio Publico Fiscal
(P.S.U.Ch.) serán vinculantes para todos/as los/ de 180 días de notificada la presente— debe-
solicita el rechazo a la oposición formulada por zar a los ciudadanos el derecho de asociación
as miembros/as que los componen. rá realizar elecciones internas para constituir
el apoderado del Partido Socialista - Distrito política para agruparse en partidos políticos
autoridades definitivas (art. 7 bis, inc. b) de la
Chaco, pudiendo el señor Juez proceder de democráticos, como reza el art. 1° de la ley, y
b) En los órganos de dirección, administración citada ley).
conformidad con lo normado por los arts. 14 y de reconocerles la elección de su nombre y su
y contralor del Partido Socialistas Unidos por
uso como atributo exclusivo (art. 16, inc. 1°), 63, ambos de la Ley 23.298- y sus modif. Ley
el Chaco (P.S.U.Ch.), así como en las listas de 9) Hacer saber que atento lo prescripto por el sin que esto adquiera ribetes de monopolista 26.571.
candidatos/as a cargos públicos electivos, en artículo 7 bis inciso c) de la ley 23.298, y dentro derecho absoluto, cuando razonablemente no
lugares expectables, ninguno de los dos sexos de los sesenta (60) días, deberán presentar para exista confusión con otro”. La confusión sólo
Que luego de analizados los argumentos ver-
podrá tener una representación inferior al trein- su rúbrica los libros exigidos por el artículo 37° puede resultar de la total desinformación -lo
tidos por la agrupación de autos como el es-
ta por ciento. de la ley 23.298 y artículo 21° de la ley 26.215, que no se presume- y ello se disipa por la ac-
crito presentado por el apoderado del Partido
bajo apercibimiento de lo dispuesto por el ar- ción consciente y continua de los partidos, que
c) Las candidaturas a los diferentes órganos Socialista de este distrito, la Suscripta entiende
tículo 50 inciso d) de la ley 23.298, modificada es imperativo del régimen republicano”.
de dirección del Partido Socialistas Unidos por que los vocablos “SOCIALSITAS UNIDOS” en
por la Ley 26.571.
el Chaco (P.S.U.Ch.), así como las diferentes el “PARTIDO SOCIALISTAS UNIDOS POR EL
CHACO” es lo que diferencia del “PARTIDO Que los vocablos “SOCIALISTAS UNIDOS” y
listas electorales, a cargos públicos electivos
10) Publíquese por un (1) día, en el Boletín
SOCIALISTA” Distrito Chaco. También la sigla la sigla “P.S.U.Ch”, es lo que diferencia al PAR-
deberán contar como mínimo con un veinte por
Oficial de la Nación, la presente resolución y
TIDO SOCIALISTAS UNIDOS POR EL CHACO
ciento de renovación, en los lugares expecta- (P.S.U.Ch).
la Carta Orgánica respectiva (artículo 63 ley
(P.S.U.Ch.) de este distrito, con el “PARTIDO
bles.
23.298).
SOCIALISTA” Distrito Chaco, por lo que no co-
Que ante una similar oposición al nombre
rresponde hacer lugar a la oposición formulada
d) Se garantiza la total libertad de discusión
partidario en Expte. N° 2281/2001, este Tribu-
Notifíquese, regístrese y oportunamente remí-
al NOMBRE, por el apoderado del Partido So-
interna, tanto a cada afiliado/a individual-
nal se expidió, no haciendo lugar a la opo-
tase fotocopia certificada de esta resolución a
cialista de este distrito.
mente como a través de las diferentes líneas
sición al uso del nombre “Partido Socialista
la Excma. Cámara Nacional Electoral.
internas, que podrán expresarse a través de
Democrático”- Distrito Chaco, formulada por
los distintos ámbitos de la Organización y Que, por otra parte, surge de constancias el apoderado del “Partido Socialista” Distrito
Dra. ZUNILDA NIREMPERGER, Juez Federal
por los cauces establecidos en esta Carta obrantes en el presente Expediente, que se Chaco.
Subrogante
ha dado cumplimiento a todos los requisi-
Orgánica.
tos exigidos por los arts. 7° y 14° de la Ley
Que la Cámara Nacional Electoral en reitera-
CARTA ORGÁNICA DEL PARTIDO
TITULO II: DE LOS/AS AFILIADOS/AS Y SIMPA- 23.298, por lo que se han cumplidos los ex-
das oportunidades (cf. Fallos 25/84, 113/85,
SOCIALISTAS UNIDOS POR
TIZANTES tremos legales que autorizan el otorgamiento
EL CHACO (P.S.U.Ch) 233/85, 270/86 entre otros), ha dicho que “el
de la personería jurídico-político con carácter
nombre partidario es un signo convencional
CAPITULO I: DE LOS/AS AFILIADOS/AS provisorio a la agrupación política solicitan-
representativo, un atributo de su personalidad
TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES
te, reconocimiento que no permite presentar
jurídico política, atiende a su designación,
Art. 5: Para ser afiliado/a del Partido Socialis- candidaturas a cargos electivos en eleccio-
identidad y reconocimiento, hace a su defini-
Art. 1: La denominación del Partido es la de Par- tas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.) es indis- nes primarias ni en elecciones nacionales, ni
ción y constitución y está determinado por una
tido Socialistas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.), pensable: otorga derecho a la percepción de aportes
cualidad ideal doctrinaria e ideológica. La ley
su logo es la figura de un puño cerrado color
públicos ordinarios ni extraordinarios, confor-
23.298 en sus artículos 13, 16 y 38 garantiza a
blanco de fondo color rojo sobre una estrella
me lo normado por artículo 7° último párrafo,
a) Estar inscripto/a en los Registros Electorales
las agrupaciones políticas el registro y uso de
color roja.
del distrito; Ley 23.298.
la denominación bajo la cual están autorizados
a desarrollar su actividad”. En similar orden
b) Pagar las contribuciones que se fijen;
de ideas, se expreso que, “toda vez que las Por estas consideraciones, y de conformidad
con lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, siglas son “abreviaturas gramaticales y fonéti-
c) No estar afectado/a por las inhabilitaciones
resulta procedente rechazar la oposición inter- cas” de la denominación partidaria, utilizadas
previstas en las leyes y sus reglamentaciones;
puesta por el “Partido Socialista” de este dis- para distinguirse de otra u otras agrupaciones,
trito y consecuentemente otorgar la personería corren idéntica suerte” (cf. Fallo CNE 233/85,
d) Haber sido aceptado/a en las condiciones
3333/04).
jurídico político con carácter provisorio al PAR-
que se determinen en esta Carta Orgánica.
TIDO SOCIALISTAS UNIDOS POR EL CHACO
(P.S.U.Ch) - Distrito Chaco.
La regulación adoptada por la Ley 23.298 en
La afiliación puede solicitarse durante todos los
materia de nombre partidario, símbolos y em-
días del año y se considerará en las oportunida-
RESUELVO: blemas, tiene por finalidad procurar la nítida
des previstas en esta Carta Orgánica.
identificación de los partidos políticos y, con
ello, preservar la genuina expresión de voluntad 1) Rechazar la oposición al nombre del PAR-
CAPITULO II: DEL INGRESO
política del ciudadano. Advirtiéndose, asimis- TIDO SOCIALISTAS UNIDOS POR EL CHACO
mo, que la distinción no debe hacerse com- (P.S.U.Ch) del Distrito Chaco, interpuesta por
Art. 6: La solicitud de afiliación deberá ser
parando vocablo por vocablo sino tomando el el “PARTIDO SOCIALISTA” de este distrito
presentada por el/la interesado/a a Comisión
nombre en su integridad, pues es de ese modo Chaco.
Partidaria Local que corresponda al lugar de
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Segunda Sección
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.439
su domicilio, en un formulario, en tantos ejem- d) Los/as afiliados/as, no podrán desempeñar Art. 18: La fecha y lugar de los Congresos serán término de veinte días a contar desde el de la
plares como considere necesarios el Comité cargos políticos o técnico-políticos sin la previa fijados por el Comité Ejecutivo del Distrito. convocatoria.
Ejecutivo del Distrito. El/la interesado/a hará conformidad del Comité Ejecutivo del Distrito.
manifestación expresa de conformidad con los
Art. 19: Son atribuciones y deberes del Congreso: DEL QUÓRUM
principios del Partido Socialistas Unidos por el e) Aportar sus conocimientos a cuantos órga-
Chaco (P.S.U.Ch.), método de acción, programa nos e instituciones del Partido Socialistas Uni- a)-Determinar la orientación política del Partido Art. 24: Para formar quórum en los Congresos
y Carta Orgánica.
dos por el Chaco (P.S.U.Ch.) se lo demanden. Socialistas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.) de será necesaria la presencia de la mitad más
uno del número total de delegados/as acredi- conformidad con su Declaración de Principios,
f) Remitir, a través de los cauces orgánicos que Art. 7: El pedido de afiliación será tratado por
Bases de Acción Política y Carta Orgánica; tados/as. Transcurrida una hora desde la es-
la Asamblea General de afiliados/as de la Co- se establezcan la información que posean con
tablecida para la iniciación del Congreso, éste
misión Partidaria Local en la primera Asamblea relación a las tareas de organización.
b)-Modificar la Carta Orgánica y Bases de Ac- sesionará válidamente con la presencia del 30
que se realice. Admitida la afiliación, se remitirá
por ciento de los/as delegados/as acreditados/ ción Política;
un ejemplar de la ficha de ingreso a la Comisión g) Asistir activamente a cuantos actos de la vida
as, sólo para la designación de las autoridades
orgánica y política convoque la organización.
del mismo y la conformación de las comisio- Partidaria Local respectiva, otro al Comité Eje-
c)-Designa la Junta Electoral para las eleccio-
cutivo del Distrito y los que exijan las normas
nes primarias, abiertas, simultáneas y obligato- nes de estudio, y para la toma de decisiones
legales en vigor a la Justicia.
h) Aceptar aquellos cometidos de representa- rias de conformidad con lo normado en el art. 3 el Congreso.
ción política que democráticamente les sean de la Ley N° 26.571 y 26.215;
requeridos o ejecutivamente designados, se-
DE LAS REGLAS DEL CONGRESO CAPITULO III: DE LOS DERECHOS Y DEBERES
gún los casos y, salvo circunstancia o causa DE LOS/AS AFILIADOS/AS.
d)-Autorizar la participación de precandidatos
justificada.
y candidatos extrapartidarias en las elecciones Art. 25: El Comité Ejecutivo del Distrito elevará a
de cargos públicos electivos;
los/as congresales reunidos un informe sobre la Art. 8: Son derechos de los/as afiliados/as:
i) Contribuir al sostenimiento partidario a través
situación política nacional, regional y provincial,
de una cuota.
a los fines de su tratamiento. e)-Designar los responsables económicos a) Participar activamente en la vida interna
financieros para la campaña electorales confor- del Partido Socialistas Unidos por el Chaco
j) Mantener una conducta coherente con el va-
Art. 26: Se aplicarán las siguientes reglas de me la Ley N° 26.571 y 26.215; (P.S.U.Ch.), realizando en su seno una actividad
lor de la honestidad.
Asamblea:
política específica.
f)-Sancionar la plataforma electoral y programa
k) Adquirir y propagar la prensa del Partido
a) Toda proposición deberá ser presentada por que sostendrán los candidatos del Partido de b) Expresar libremente sus opiniones dentro Socialistas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.),
escrito, haciendo constar el/la proponente el Distrito; del respeto a los/as afiliados/as y al Partido ya sean diarios, periódicos, revistas o folletos,
Centro que representa.
Socialistas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.), divulgar su doctrina y su política e incorporar
reunirse en los locales del Partido. Socialistas
g)-Concertar alianzas transitorias con motivo de
nuevos/as adherentes.
b) Las mociones previas, incidentales o de or- una determinada elección. Deberá al momento Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.), expresarse a
den serán presentadas verbalmente; del reconocimiento de la alianza la distribución través de sus órganos y dirigirse a los órganos Art. 10: Es un objetivo del Partido Socialistas de los fondos del fondo partidario permanente, de dirección y administración, presentar o so- Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.) que sus miem-
c) Son mociones previas: cerrar el debate; de- ajustándose a la normativa vigente y acordar el licitar información, sugerencias, críticas y ser bros/as intervengan activamente en la acción
clarar que no hay lugar a deliberar; volver un
atendidos/as por los mismos.
reglamento electoral.
gremial, cooperativa y mutualista, y que actúen
asunto a comisión; pasar al Orden del Día y
en algún movimiento social (sindicatos, centros
declarar libre el debate; h)-Determinar y reglamentar el funcionamiento c) Recibir a través de los canales orgánicos, de estudiantes, vecinales, clubes, asociaciones
de los organismos partidarios, sus autoridades, información puntual sobre las decisiones adop- profesionales, organizaciones no gubernamen-
d) Es moción de orden la que tiende a obtener su ámbito de acción, sus actividades y conse- tadas por los órganos del Partido Socialistas tales y cualquier otro tipo de asociaciones de la
que un orador/a no se separe de la cuestión en cuentemente intervenirlos en forma provisoria Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.), en los diferen- comunidad en defensa de sus legítimos intere-
debate o de llamar su atención si incurre en ma- mientras subsistan los motivos que obligaron a tes niveles y en general sobre todos aquellos ses). El accionar deberá ser coherente con los
nifestaciones que le están vedadas; tomar esas medidas; temas que afecten a la vida interna del partido y lineamientos políticos partidarios.
su proyección exterior.
e) Son mociones incidentales la petición de que
i)-Fiscalizar y controlar la conducta política de
TITULO III: DE LA ORGANIZACIÓN DEL PAR-
se lean documentos, el retiro de una moción y
los representantes del partido que cumplan d) Recibir de la organización la formación po- TIDO SOCIALISTAS UNIDOS POR EL CHACO
cualquier otra indicación que no sea previa o
funciones parlamentarias, gremiales o ejecuti- lítica o técnica que mejor permita colaborar en (P.S.U.Ch.)
de orden;
vas; la construcción del socialismo y en el éxito de
la organización en las tareas que se le enco- Art. 11: El Partido Socialistas Unidos por el Cha-
f) Cada Delegado/a sólo podrá hablar una vez
j)-Fijar la retribución de los empleados del Par- mienden.
co (P.S.U.Ch.) es una organización política de
en la misma cuestión, a menos que se declare
tido;
carácter distrital, constituido sobre la base de
libre el debate;
e) Ser elector/a y elegible a todas las instancias Comisiones Partidarias Locales.
k)-Convocar a elecciones internas del Partido
orgánicas del Partido Socialistas Unidos por el
g) No se debe atacar ni discutir las intenciones
Socialistas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.);
Chaco (P.S.U.Ch.), de acuerdo a las disposicio- Art. 12: Las comisiones Partidarias Locales ten-
que inducen a hacer una proposición, sino su
nes de esta Carta Orgánica.
drán a su cargo la organización y conducción
naturaleza y sus consecuencias posibles;
l)-Designar apoderados para actuar ante la de las actividades partidarias en el área de su
Justicia Electoral o ante cualquier otro fuero en jurisdicción.
h) La moción previa de clausura del debate, f) Recurrir a los organismos superiores contra
representación del Partido Socialistas Unidos
cualquier resolución que estime lesiva a sus
cierra definitivamente toda cuestión, debiendo
por el Chaco (P.S.U.Ch.); Art. 13: Todo Comisión Partidaria Local para derechos o libertades.
pasarse al voto aunque haya pedidos anteriores
quedar constituida como tal, deberá ser reco-
de palabra.
m)-Elegir la Junta Electoral para las elecciones nocida expresamente por el Comité Ejecutivo g) Ser elegible y participar en la designación de
internas. del Distrito.
DE LOS INTEGRANTES CON VOZ Y SIN VOTO candidatos/as a cargos de representación pú-
blica de acuerdo con las disposiciones de esta
TITULO IV: DE LOS ÓRGANOS DEL PARTI- DE LOS DELEGADOS/AS A LOS CONGRESOS
carta orgánica.
Art. 27: Realizados los respectivos Congresos,
DO SOCIALISTAS UNIDOS POR EL CHACO
es obligación de los organismos directivos y
Art. 20: El Congreso se constituye por un/a (P.S.U.Ch.)
de los/as afiliados/as, respetar y hacer res- h) Los/as miembros/as de los órganos ejecuti-
delegado/a por cada Comisión Partidaria Local petar la orientación y normas fijadas en ellos, vos de los diferentes niveles podrán participar
elegidos por el voto directo de la mayoría sim- Art. 14: Son órganos de dirección, administra-
reservándose el derecho de discutir y juzgar en todos los órganos de dirección y administra-
ción y contralor del Partido Socialistas Unidos ple de los miembros de la Comisión a la cual la interpretación y cumplimiento dados por el ción de su mismo nivel o de un nivel inferior, en
por el Chaco (P.S.U.Ch.) en el orden nacional: represente.
Comité Ejecutivo del Distrito, para el primer su ámbito territorial, con voz pero sin voto.
Congreso que con posterioridad, se lleve a
Art. 21: A los fines de la notificación una vez a) El Congreso del Distrito
cabo.
Art. 9: Son deberes de los/as afiliados/as:
elegidos/as los/as congresales/as, se elevará
b) La Junta Electoral
por escrito al Comité Ejecutivo del Distrito la Art. 28: La trasgresión a estas reglas impor-
a) Velar por la buena organización y adminis-
nómina de los/as congresales/as que hayan tará alzamiento contra la voluntad del Partido,
tración del partido, defender los intereses ge- c) El Tribunal de Disciplina
sido electos/as por cada Comisión Partidaria expresada en sus Congresos, como autoridad
nerales de la organización, acatar en el orden
Local, su domicilio y número de documento, máxima, y los/as afiliados/as o los organismos
nacional y provincial la Declaración de Princi-
acompañando la documentación probatoria de d) El Comité Ejecutivo del Distrito
responsables serán pasibles de las medidas
pios, la Carta Orgánica y, los reglamentos que
la elección firmada por la autoridad partidaria. disciplinarias que correspondan de acuerdo
se dicten en su consecuencia, las resoluciones e) La Comisión Revisora de Cuentas
a la importancia de la trasgresión, las que se
de los congresos y de los cuerpos directivos,
Art 22: A los fines del cumplimiento de lo esta- aplicarán según las disposiciones de esta Carta
el Programa o línea política, la Plataforma Elec-
blecido en el Art. 15 de esta Carta Orgánica, la Art. 15: En los órganos de dirección; administra-
Orgánica.
toral y las resoluciones de los órganos disci-
nómina de congresales/as nacionales a la que ción y contralor Partido Socialistas Unidos por
plinarios.
el Chaco (P.S.U.Ch.), ninguno de los dos sexos refiere el Art. precedente deberá confeccionar- CAPITULO II: DE LA JUNTA ELECTORAL
tendrá una representación inferior al 30%. se de modo tal que uno de cada tres lugares
b) Ejercer la solidaridad con los/as demás
sea ocupado por un/una congresal/a de distinto Art. 29: La Junta Electoral estará integrada
militantes de la organización, el respeto a sus CAPITULO I: DE LOS CONGRESOS DE DISTRI- sexo.
por un mínimo de ocho y un máximo de ca-
opiniones y posiciones.
TO
torce miembros titulares y tres suplentes, los
Los/as congresales/as durarán un años en sus que deberán reunir las condiciones requeridas
c) Los/as afiliados/as del Partido Socialistas Art. 16: El Congreso de delegados/as del Dis- funciones, pudiendo ser reelectos/as.
para ser congresal y durarán cuatro años en
Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.) no pueden sos- trito es la autoridad suprema del Partido Socia-
sus funciones. El Congreso designará ocho
tener, difundir ni apoyar doctrinas, principios, listas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.). Tienen Los/as suplentes se incorporarán por orden miembros titulares, un Presidente, un Vice-
ni proposiciones contrarias a la Declaración facultades deliberativas y resolutivas, sin más de lista en caso de fallecimiento, renuncia o presidente, un Secretario y cinco Vocales, y
de Principios, al Programa o Bases de Acción limitaciones que las que el mismo Congreso se impedimento definitivo o transitorio del/la titular tres suplentes para los mismos. Frente a cada
Política, a la Plataforma Electoral o a las reso- dé y que se ejercitarán según las normas fijadas debidamente acreditado.
proceso electoral, y hasta la finalización del
luciones de los cuerpos orgánicos y congresos en esta Carta Orgánica.
mismo, la mesa directiva del Congreso desig-
nacionales bajo pena de sanción disciplinaria
Art. 23: El Comité Ejecutivo del Distrito convo- nará seis miembros vocales titulares a pro-
por falta muy grave. Ningún/a afiliado/a ni grupo Art. 17: Cada un año se reunirán en Congreso cará a los Congresos ordinarios con noventa puesta de los apoderados de listas que hayan
de afiliados/as podrá arrogarse la representa- ordinario los/as delegados/as de todo el distrito días de anticipación a la fecha fijada y recla- oficializado candidatos. La no proposición de
ción del Partido Socialistas Unidos por el Cha- que se encuentren en condiciones de estar re- mará de las Comisiones Partidarias Locales miembros por parte de las listas o la no de-
co (P.S.U.Ch.), de otros/as afiliados/as ni de sus presentados/as en el mismo y por convocatoria un informe sobre el estado y la marcha de los signación de miembros por parte de la mesa
organismos directivos.
del Comité Ejecutivo del Distrito.
mismos, el que deberá ser enviado dentro del del Congreso, no invalida el funcionamiento
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Segunda Sección
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.439
del cuerpo. Mientras no se incorporen los Art. 40: El Tribunal de Disciplina está compues- f) Convocar a los Congresos anuales del Parti- caso, deberá ser emitido dentro del plazo de
miembros en representación de las listas de to por doce miembros titulares y tres suplentes, do Socialistas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.), treinta días, debiendo el Comité Ejecutivo del
candidatos, el quórum de la junta se cons- preferentemente abogados o escribanos, que y fijar el orden del día de sus sesiones.
Distrito remitir explicación detallada sobre el
tituirá con la presencia de cinco miembros durarán cuatro años en sus funciones, reunirán
asunto en consulta y formularios adecuados
titulares, luego de ello con la mitad más uno las cualidades exigidas para ser Miembros del g) Nombrar y remover el personal administrati- para la fácil emisión del voto. Se tendrá como
de sus miembros. Las decisiones de la Junta Congreso y no podrán formar parte de otros vo, estableciendo sus condiciones de trabajo y válido el pronunciamiento que cuente con la
Electoral son inapelables e irrevocables en el organismos partidarios.
remuneraciones.
mayoría de los votos emitidos. El Comité Ejecu-
ámbito partidario y tendrán autoridad de cosa
tivo del Distrito reglamentará el procedimiento
juzgada.
Art. 41: Los Tribunales de Disciplina podrán h) Coordinar y verificar las actividades de los or- para el voto directo de los/as afiliados/as.
aconsejar las siguientes sanciones:
ganismos partidarios pudiendo requerir de ellos
Art. 30: La Junta Electoral tiene las siguientes
y de los Grupos Parlamentarios Nacionales, DE LAS INCOMPATIBILIDADES
facultades: a) Dirección y control de todo acto a)- Amonestación.
Provinciales, Municipales, como así también
de los/as afiliados/as individualmente, todas las Art. 55: Los representantes del Partido Socialistas eleccionario interno. b) Aprobación, orde-
informaciones que fueran necesarias.
Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.) que ocupan car- namiento, clasificación y distribución de los b)- Suspensión temporaria de la afiliación.
padrones. c) Organización de los comicios y
gos públicos no deben tener relación pecuniaria
conocimiento y resolución de impugnaciones, c)- Desafiliación.
i) Aprobar los presupuestos del Partido Socia- ni profesional con empresas ni empresarios que
fiscalización de elecciones y proclamación
listas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.).
gestionen contratos, concesiones o franquicias
de candidatos electos. d) Confección de d)- Expulsión.
del Estado o os municipios, salvo la de pagar por
j) Hacer el seguimiento de la labor de los/as el uso personal de los servicios públicos. cronograma electoral. e) Dictado de su pro-
legisladores/as nacionales. pio reglamento y normas complementarias CAPITULO V: DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL
necesarias para la regulación de los actos DISTRITO
Art. 56: Los afiliados del Partido no podrán
electorales.
TITULO V: DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN ser representantes ni asesores transitorios o
POLÍTICA
permanentes de corporaciones empresarias, Art. 42: El Comité Ejecutivo del Distrito es el ór-
ni integrar su Comisión ni cuerpos directivos. CAPITULO III: DE LA ELECCIÓN A CARGOS gano de dirección y administración del Partido
Art. 47: La Formación y capacitación de los/las Tampoco podrán ejercer la representación pa- ELECTIVOS Y ELECCIONES PRIMARIAS, Socialistas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.) y
tronal en los conflictos colectivos de trabajo. ABIERTAS, SIMULTANEAS Y OBLIGATORIAS está compuesto por:
afiliados/as y militantes del Partido Socialistas
Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.) estará a cargo
de la Escuela de Formación política.
Art. 57: Loa profesionales afiliados al Partido
Art. 31: Los candidatos a ocupar cargos elec- -Presidencia
Socialistas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.), a
tivos públicos en representación del Partido
La misma deberá organizar cursos, seminarios los que por la índole de su profesión les sea so- -Secretaría General; Socialistas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.)
y conferencias. Promoverá la capacitación de licitado intervenir en la defensa de funcionarios
serán elegidos mediante elecciones primarias,
-Secretaría General Adjunta;
los/as militantes en las distintas problemáticas públicos procesados, acusados o denunciados
abiertas, simultaneas y obligatorias.
locales, provinciales, nacional e internacional. sólo podrán hacerlo cuando hayan obtenido
Tendrá a su cargo las publicaciones que consi- para ello la autorización del C.E.D. -Secretaría de Organización; Art. 32: Para el caso de concertarse Alianzas
dere convenientes a su cometido.
Transitorias será el Congreso, segú la facultad
Art. 58: Los afiliados no podrán desempeñar fun- -Secretaría de Actas; del art. 19, inc. g), el que acordará las listas con-
Art. 48: La Escuela de Formación Política tendrá ciones políticas en el poder ejecutivo en colabora-
juntas, quien podrá designar representantes
una Comisión Directiva presidida por un/una ción con otras corrientes de opinión ajenas al Par- -Secretaría Gremial; para acordar el reglamento electoral y demás
Director/a designado/da por el C.E.D., la que tido Socialistas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.)
instrumentos formales.
tendrá a su cargo la organización y coordinación sin el mandato del Congreso partidario. -Secretaría de la Mujer;
de las actividades y publicaciones de la Escuela.
Art. 33: En caso de realizarse elecciones el
Tendrá autarquía en el manejo de sus recursos. TITULO VII: DE LA ELECCION DE AUTORIDA-
-Secretaría de Prensa y Propaganda; Congreso partidario designará la conformación
DES SUPERIORES DEL PARTIDO SOCIALIS-
de una Junta Electoral que será la encargada
El/la Director/a de la Escuela elevará en forma TAS UNIDOS POR EL CHACO (P.S.U.Ch.)
-Secretaría de Cultura; de verificar el cumplimiento de ls condiciones
anual el Plan de Trabajo para su consideración
establecidas en la Constitución Nacional, la
al C.E.D.
Art. 59: Los/as miembros/as del Comité Ejecu-
-Secretaría de Finanzas; Ley Orgánica de los Partidos Políticos, el Có-
tivo del Distrito, serán elegidos/as por el voto
digo Electoral Nacional, Ley N° 24.012, la Carta
TITULO VI: DE LOS/AS PARLAMENTARIOS/ directo y secreto de los/as afiliados/as.
-Secretaría de Finanzas Adjunta; Orgánica, y en el caso de las alianzas, de su
AS Y LOS CARGOS PÚBLICOS EN EL PAR-
reglamento electoral.
TIDO SOCIALISTAS UNIDOS POR EL CHACO Art. 60: El Comité Ejecutivo del Distrito, fijarán
-Secretaría de Relaciones Exteriores;
(P.S.U.Ch.)
las fechas en que debe realizarse el corres-
Art. 34: Por cada lista oficializada se procede-
pondiente acto eleccionario con no menos de
-Secretaría de Derechos Humanos; rá a integrar un miembro de la lista a la Junta
Art. 49: Los/as Diputados/as y Senadores/as al noventa (90) días de anticipación. La convoca-
Electoral.
Congreso de la Nación y a las Legislaturas Pro- toria se publicará por un día en un diario de la
-Secretaría de Asuntos Técnicos;
vinciales, como así también los/las Concejales/ localidad sede del Comité Ejecutivo del Distrito.
Art. 35: Las listas para su oficialización podrán
as Municipales, donde los hubiese, formarán sus
-Secretaría de Cooperativismo y Mutualismo.
presentarte ante la Junta Electoral hasta 50
respectivos Grupos Parlamentarios y procede- Art. 61: La convocatoria a que se refiere el
rán de común acuerdo en su gestión representa- artículo anterior, será realizada por el Comité días antes de la elección primaria. Dentro de loo
Art. 43: El Comité Ejecutivo del Distrito (en ade- tiva. En caso de desaveniencia se recabará, para Ejecutivo del Distrito en un plazo que no podrá tres días posteriores a la oficialización las listas
lante C.E.D.) se reunirá con la periodicidad que
deberán presentar el modelo de boletas para su
solucionarla, el asesoramiento del C.E.D.
superar los quince (15) días desde la clausura
el mismo establezca y cuando sea convocado
aprobación. La Junta procederá de acuerdo al
del Congreso anual del Partido Socialistas Uni-
por el/la Presidente/a. Constituirá quórum con
art. 38 de la Ley N° 26.571.
Art. 50: Los/as Legisladores/as Nacionales o dos por el Chaco (P.S.U.Ch).
el 30% de sus miembros/as.
Provinciales y los/as Concejales/as están obli-
gados/as a informar al partido, ante los organis- Art. 62: La presentación de listas de candidatos/ Art. 36: cada lista oficializada designará un res- Art. 44: El/la Presidente/a y el/la Secretario/a mos competentes, respecto al desempeño de as para presidente/a del Partido los/as miembros/ ponsable económico y financiero que deberá General representan de manera oficial al Parti- sus respectivos mandatos. Podrán asistir con as titulares y suplentes del Comité Ejecutivo del presentar un informe final de gastos de campa- do Socialistas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.). voz a las reuniones del órgano de Dirección de Distrito y de la Comisión Revisoras de Cuentas ña de conformidad con los artículos 36 y 37 de
su ámbito territorial.
deberá cumplir con las siguientes normas: la Ley N° 26.571.
El/la Presidente/a modera las reuniones del
C.E.D. y autoriza con su firma todos los docu- Art. 51: Los/as afiliados/as al Partido Socialistas a) Presentarse en forma de lista completa y
Art. 37: En caso de que algunas de las listas mentos políticos, orgánicos y administrativos. Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.) que ocupen confeccionada de modo tal que uno de cada
oficializadas alcanzare el supuesto del art.
cargos públicos en representación de este sean tres lugares sea ocupado por un/a candidato/a
45 de la Ley N° 26.571, se procederá en con- El/la Secretario/a General coordina la tarea del electos o de libre designación están obligados/ de distinto sexo.
cordancia co la legislación vigente en materia C.E.D. Los/as Secretarios/as asumen las fun- as a realizar un aporte económico mensual en
electoral.
ciones que se especifiquen en el reglamento función de los criterios que se establezcan por b) La presentación de la lista deberá estar avalada
interno.
el C.E.D. Asimismo tendrán la obligación de par- por no menos de 100 (cien) firmas de afiliados/as.
CAPITULO IV: DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA
ticipar de una manera activa en las actividades
Art. 45: El Comité Ejecutivo del Distrito elegirá una partidarias de las localidades que pertenezcan. c) Durante los treinta (30) días posteriores a la
Art. 38: En cada Distrito existirá un tribunal Mesa Directiva compuesta por el/la Presidente/a,
convocatoria, podrá oficializarse ante el Comité
el/la Secretario/a General y 11 miembros/as más permanente de disciplina para entender, en
Art. 52: Los afiliados/as que ocupen cargos públi- Ejecutivo del Distrito dichas listas de candida-
los casos individuales o colectivos que se elegidos/as de entre sus integrantes.
cos deberán en el momento de su nombramiento tos/as, que serán presentadas, ante las sedes
susciten por inconducta, indisciplina, viola-
y al concluir su mandato, entregar a la conduc- partidarias con indicación de nombres, ape-
ción de los principios y resoluciones de los Art. 46: Son atribuciones y deberes del C.E.D. ción del Partido Socialistas Unidos por el Chaco llidos, documento identificatorio y Comisión
organismos partidarios que puedan significar
(P.S.U.Ch.) una declaración jurada de bienes. Partidaria Local a la que pertenecen los/as par-
la aplicación de sanciones para sus afiliados a) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones y
ticipantes con sus respectivas firmas hasta las
o adherentes. Substanciarán las causas por el directivas generales del Congreso del Distrito. Art. 53: Los Cargos públicos, son elementos veinticuatro (24) horas del día del vencimiento
procedimiento escrito que se reglamente y que
fundamentales de la relación entre los/as ciu- del plazo antedicho. Las listas deberán designar
asegure el derecho de defensa del imputado b) Expresar públicamente la posición política dadanos/as, el Partido Socialistas Unidos por el sus apoderados/as, los que reunirán los mismos
y dictaminará aconsejando la sanción que co- del Partido Socialistas Unidos por el Chaco Chaco (P.S.U.Ch.) y las Instituciones.
requisitos que para ser candidatos/as. Las listas
rresponda.
(P.S.U.Ch.).
presentadas serán expuestas en las sedes par-
Quienes los ejerzan, tendrán una especial tidarias y publicadas en el órgano oficial del Par-
Art. 39: En el respectivo distrito existirá asimis- c) Fijar las contribuciones de distrito al Partido So- dedicación a las actividades que comporten tido Socialistas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch).
mo un Tribunal de Disciplina designado por el cialistas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.) y de los incrementar esta relación y el contacto directo
Congreso, que con los mismos recaudos, pro- subsidios que reciba el Partido Socialistas Unidos con los/as ciudadanos/as y las diversas institu- d) Durante los cinco días hábiles posteriores a
por el Chaco (P.S.U.Ch.) en aplicación de las nor- cedimiento escrito, garantía de la defensa, dic-
ciones de la Sociedad.
su presentación se podrá impugnar por cual-
taminará en los casos que le sean propuestos mas sobre el régimen de los Partidos Políticos.
quiera de sus afiliados/as a los candidatos/
por el Congreso y en las Apelaciones cuando
Art. 54: El Comité Ejecutivo del Distrito, por as propuestos/as. Estas impugnaciones sólo
ellas procedan, interpuestas entre el Congreso d) Designar al/la Director/a de la Escuela de resolución de la mayoría de sus miembros/as, podrán fundarse en impedimentos estatutarios.
por sanciones disciplinarias resueltas por las Formación Política.
podrá someter a consideración y voto directo De comprobarse alguno de ellos se procederá
autoridades del Distrito. El Comité Ejecutivo
de los/as afiliados/as en condiciones de emitir- al reemplazo del/la impugnado/a por el/la que le
aplicará la sanción prevista en los incisos a) y e) Interpretar las disposiciones de la presente Car- lo, cualquier asunto de interés para la marcha siga en el orden de la lista. Durante el plazo de
b) del artículo 32 a propuesta del Tribunal de ta Orgánica y reglamentarla total o parcialmente, y desenvolvimiento del Partido Socialistas treinta (30) días a que se refiere este apartado,
Disciplina.
tomando las medidas para su debida aplicación. Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.). El voto, en tal los/as auspiciantes y apoderados/as podrán
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Segunda Sección
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.439
desarrollar en las sedes de las Comisiones Par- una o más mesas escrutadoras, las que efec- Art. 69: Las listas definitivas de candidatos/as bienes muebles y la adquisición a cualquier títu-
tidarias Locales y organismos las actividades tuarán su labor en forma pública y en presencia resultarán de la aplicación del sistema estatui- lo de todo tipo de bienes será competencia del
que fueran necesarias y convenientes para el de los/as fiscales de las listas oficializadas y de do en esta Carta Orgánica.
Comité Ejecutivo del Distrito.
conocimiento de las propuestas y programas los/as candidatos/as que así lo desearen.
que sostendrá la lista, como así también hasta
TITULO IX: PATRIMONIO
Art. 74: Disuelta o extinguida una Comisión Par-
veinticuatro (24) horas antes del acto comicial.
tidaria Local, todos sus bienes, libros o docu- Art. 63: La distribución de candidatos/as se
CAPITULO I: REGIMEN DE BIENES
mentos pasarán al Comité ejecutivo del Distrito. realizará, con excepción del/a Presidente/a que
e) El Comité Ejecutivo del Distrito fijará el día
Si se extinguiese el Partido Socialistas Unidos corresponderá a la lista ganadora por sistema
en que los afiliados/as deberán concurrir a sus
Art. 70: En el orden nacional el patrimonio por el Chaco (P.S.U.Ch.), sus bienes pasarán al D’Hont, entre aquellas listas que hubieren al-
respectivas Comisiones Partidarias Locales a
del Partido Socialistas Unidos por el Chaco Ministerio de Educación de la Nación. canzado el piso del 5% de los votos emitidos.
emitir el voto, debiendo cada Centro designar
(P.S.U.Ch.), se formará con las contribuciones La lista ganadora elegirá en primer término los
las autoridades del comicio. Sin perjuicio de ello,
permitidas por la legislación vigente especial- CAPITULO I: DE LA COMISIÓN REVISORA DE cargos que ocupará y así sucesivamente, las
el Comité Ejecutivo del Distrito podrá designar
mente por las siguientes: listas en el orden que determine el resultado
CUENTAS
veedores/as y los/as auspiciantes de las listas
electoral respetándose el cupo en forma efec-
oficializadas sus respectivos fiscales para con-
1) Cuotas y/o contribuciones de los/as afiliados/as. Art. 75: La Comisión Revisora de Cuentas es- tiva, de acuerdo a lo dispuesto por ésta Carta
trolar los comicios.
tará compuesta por un miembro titular y otro Orgánica en su artículo 15.
2) Contribuciones de las Comisiones Partida- suplente elegido por el voto de la mayoría sim-
f) Los comicios comenzarán a las 8 horas del
rias Locales, las que serán determinadas por el ple en los Congresos anuales del Partido Socia-
día fijado y finalizarán a las 20 horas del mis- Art. 64: La fiscalización y organización de las Comité Ejecutivo del Distrito.
listas Unidos por el Chaco (P.S.U.Ch.).
mo día. Todo afiliado/a que se encontrara en elecciones estarán a cargo de una Junta Electo-
la sede del comicio podrá emitir su voto si su ral designada por el Comité Ejecutivo del Distrito. 3) Porcentaje sobre las remuneraciones de los/ Art. 76: Es su deber hacer observar fielmente
ingreso se hubiera producido antes de la hora
as afiliados/as que ocupen cargos públicos en todas las disposiciones que sobre el control
fijada para el cierre.
representación del Partido Socialistas Unidos TITULO VIII: DE LA ELECCION DE CANDIDA-
patrimonial establecen las normas vigentes. La
por el Chaco (P.S.U.Ch.). TOS/AS A CARGOS PUBLICOS ELECTIVOS
fecha de cierre de los estados contables anua-
g) La operación de escrutinio será pública y
les será el 31 de diciembre de cada año.
estará a cargo de las autoridades del comicio
4) Porcentaje sobre los subsidios que reciban
Art. 65: Cuando se convoque a elecciones de en presencia de los/as candidatos/as, veedo-
las federaciones de Distrito del Poder Ejecu- TITULO X: APROBACIÓN Y REFORMA DE LA
Presidente/a y Vicepresidente/a de la Nación, el res/as, fiscales y afiliados/as de los respectivas
tivo Nacional o Provincial, en aplicación de CARTA ORGÁNICA. DECLARACIÓN DE PRIN-
Comité Ejecutivo del Distrito convocará a Ple- Comisiones Partidarias Locales.
las normas sobre el régimen de los partidos CIPIOS Y PROGRAMA PARTIDARIO.
nario Extraordinario a fin de determinar la estra- políticos.
tegia electoral, la política de alianzas y aprobar h) Con el resultado del escrutinio se labrará un
Art. 77: Toda reforma de las Bases de Acción Po- la plataforma electoral. La Elección de los can- acta firmada por las autoridades del comicio,
5) Donaciones, legados y cualquier otro ingreso lítica o de la Carta Orgánica debe ser previamente didatos a presidente/a y a Vicepresidente/a de veedores/as y fiscales y el/la Secretario/a Gene-
no prohibido por la legislación vigente.
declarada necesaria por los dos tercios de, votos la Nación será realizada de conformidad con lo ral de la Comisión Partidaria Local, en no menos
de los/as miembros/as del Comité Ejecutivo del dispuesto en la normativa vigente. de tres ejemplares, más uno por cada lista ofi-
Art. 72: La adquisición de bienes inmuebles Distrito. La reforma será considerada en un Con-
cializada. Un ejemplar será remitido al Comité
y otros bienes registrables que formalice el greso Ordinario o Extraordinario, según se deter-
Ejecutivo del Distrito según el caso, dentro de
Comité Ejecutivo del Distrito se inscribirán a Art. 66: La elección de los/as candidatos/as a
mine en cada caso. La discusión de la Reforma se
las veinticuatro (24) horas del acto comicial. Los Diputados Nacionales y Senadores/as Nacio- nombre de Partido Socialistas Unidos por el hará en un plazo no mayor a treinta días.
restantes ejemplares serán entregados a los/as nales del Distrito, se realizara de conformidad Chaco (P.S.U.Ch.). Los fondos deberán de-
veedores/as y fiscales y uno quedará reservado con lo dispuesto en normativa nacional vigente. positarse en bancos oficiales bajo el nombre TITULO XI: EXTINCIÓN DEL PARTIDO SOCIA-
en Comisión Partidaria Local respectiva. El voto,
del Partido Socialistas Unidos por el Chaco LISTAS UNIDOS POR EL CHACO (P.S.U.Ch.)
se emitirá por lista completa y se computará
(P.S.U.Ch.) y a la orden del/la Presidente/a, del/
Art. 67: La convocatoria se efectuará con una como tal aún cuando existieran tachaduras.
la Secretario/a General y del/la Secretario/a
anticipación mínina de 60 días a la fecha fijada
Art. 78: El Partido Socialistas Unidos por el
de Finanzas.
por la ley de elecciones.
Chaco solo podrá considerarse extinguido o
i) El Comité Ejecutivo del Distrito procederá
disuelto cuando así lo resuelva el voto unánime
a realizar el escrutinio definitivo el décimo día
Art. 73: Para vender, gravar o afectar de cual- de sus afiliados/as y en Congreso General Ex-
posterior a los comicios efectuados en los Comi- Art. 68: En las elecciones a que se refieren los quier forma bienes inmuebles será necesaria traordinario convocado a ese fin.
siones Partidarias Locales sobre la base de las artículos anteriores se aplicarán las normas que autorización especial del Comité Ejecutivo del
actas recibidas. A estos efectos podrá designar establece esta Carta Orgánica.
Distrito, que será fundada. La enajenación de
e. 12/08/2016 N° 56917/16 v. 12/08/2016