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N° 58313/16 Aviso del Boletín Oficial

CALDENES S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 18 de agosto de 2016

Texto del aviso

CALDENES S.A.

Comunica que por Acta de Asamblea del

29/07/2016 se resolvió modificar el Artículo

Tercero del Estatuto quedando de la siguiente

forma: “ARTICULO TERCERO: La sociedad,

por cuenta propia, de terceros y/o asociada

a terceros en el país o en el exterior tiene por

objeto dedicarse: a) a la explotación de acti-

vidades agropecuarias e industrias rurales y

forestales y de sus derivados; la comerciali-

zación e industrialización primaria de pro-

ductos relacionados con dicha actividad y la

exportación y/o importación de productos e

insumos agropecuarios. Podrá asimismo ad-

quirir, vender, permutar y arrendar bienes raí-

ces, bosques, muebles, semovientes, naves y

aeronaves; explotar y administrar estancias,

campos, chacras, bosques, terrenos y fincar

y realizar toda clase de estudios, investiga-

ciones, y trabajos preparatorios que tengan

por fin su utilización y valorización en agricul-

tura, comercio e industria, b) la prestación de

servicios de asesoramiento legal, contable,

laboral, administrativo, comercial, auditoria,

consultoría económica y financiera, investiga-

ción de mercado, planeamiento de negocios,

procesamiento de datos, c) el ejercicio de

representaciones, comisiones y mandatos de

empresas nacionales y del exterior, d) la par-

ticipación e intermediación en la celebración

de contratos de cualquier naturaleza nomi-

nados o innominados entre todo tipo de per-

sonas ya sean físicas, jurídicas o empresas

nacionales o extranjeras, privadas estatales o

mixtas, e) la compra, venta, importación, ex-

portación de tecnología, “Know How”, equi-

pos de computación e informática en general,

sus elementos, implementos y accesorios,

sistemas de programación. La prestación de

servicios de computación. Implantación de

programas de computación y procesamiento

de datos, f) explotación de cualquier tipo de

concesión nacional, provincial o municipal y

g) compra, venta, intermediación, alquiler, ad-

ministración, gestión y explotación de bienes

inmuebles propios o de terceros. Asimismo,

la sociedad podrá otorgar avales. A los fines

indicados la sociedad tiene plena capacidad

jurídica para adquirir derechos, realizar con-

tratos, presentarse a licitaciones públicas pri-

vadas o mixta, formar “joint venture”, integrar

consorcios nacionales o internacionales y

agrupaciones de empresas (contrato de cola-

boración empresaria y/o uniones transitorias

de empresas). La enunciación que precede no

es limitativa sino explicativa, pues la sociedad

podrá hacer cualquier clase de operaciones

que resuelva su directorio y que se relacione

con su objeto” Autorizado según instrumento

privado Asamblea de fecha 29/07/2016

Veronica Gonzalez - T°: 78 F°: 585 C.P.A.C.F.

e. 18/08/2016 N° 58313/16 v. 18/08/2016