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N° 56175/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES viernes, 19 de agosto de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10

SECRETARÍA NRO. 20

Juzgado Nacional de Primera Instancia en

lo Comercial Nº 10, Secretaría Nº 20, sito en

Av. Callao 635 PB de esta Capital comunica

por Dos Días que en los autos caratulados:

“GALANTE BALDOMERO RUBEN c/DE LUCA

ENRIQUE FRANCISCO Y OTRO s/EJECUTI-

VO” Ex. Nº 30887/2003, el martillero Carlos

Coronas rematará el día 1 de septiembre de

2016 a las 11:00 hs. en punto, en Jean Jau-

res 545 de esta Ciudad, el 100% indiviso del

inmueble sito en la calle España 1507, Loca-

lidad de El Talar, Pdo. de Tigre, Pcia. Bs. As.,

propiedad de Enrique Francisco De Luca (LE

4.165.218) AD-CORPUS y en el estado en que

se encuentra. Según constatación original y

nueva constatación de fs. 368/503, se trata

de tres inmuebles de material construidos

sobre un mismo lote de terreno sin subdivi-

sión en propiedad horizontal. Uno de ellos lo

ocupa el Sr. Roberto Piquet, con su esposa

y un hijo. Consta de: cocina comedor, un

dormitorio y baño completo. Paredes de ma-

terial, techos de chapa y pisos de cemento.

La unidad siguiente es un monoambiente con

baño de similares características. Ocupado

por la suegra del Sr. Piquet, Sra. Celia Al-

varez. La tercer unidad, de ladrillos vista, se

encuentra construida en la esquina del lote

y está ocupada por un hijo del Sr. Piquet,

quien ocupa el inmueble con su pareja y un

hijo menor de edad. Consta de: Cocina co-

medor, dos dormitorios y baño completo.

Techos de chapa y pisos de cemento. Todo

en regular estado de uso y conservación.

Nom. Cat.: Circ. III; Sec. K; Manz. 67 a; Parc.

20 Matrícula: 50797. BASE: $ 300.000.- (fs.

514) SEÑA: 30%. COMISION: 3% ARANCEL:

0,25%. SELLADO: 1,2%. Todo a cargo del

comprador en el acto de la subasta. El saldo

de precio deberá ser depositado, dentro del

plazo del 5º día de aprobado el remate sin

necesidad de otra notificación ni intimación,

bajo apercibimiento de lo dispuesto por el

art. 580 del CPCC. En caso de corresponder

pago de IVA por la presente compraventa,

deberá ser solventado por el comprador en

el acto de la subasta. DEUDAS: Munic. Tigre

(fs. 498) al 2/11/15 $ 18.639,78. AySA (fs. 486)

al 3/9/15 $ 456,71. Ag. Arg. (fs. 484) al 3/9/15

$ 5100,33. OSN (fs. 480) sin deuda al 1/9/15.

Arba (fs. 489) al 14/9/15 $ 551,40. Expensas

comunes no existen, conforme constatación

del martillero de fs. 368. De acuerdo con la

doctrina plenaria dictada in re “Servicios Efi-

cientes S.A. c/Yabra Roberto I. del 18/9/99 en

caso que las expensas comunes no pudieran

satisfacerse con el producido de la subasta,

no corresponderá eximir al adquirente de

su pago. Dentro de los diez días corrientes

de aprobada la subasta el martillero deberá

entregar la posesión al adquirente, con in-

dependencia del estado de ocupación del

bien. Para ello deberá notificar fehaciente y

extrajudicialmente al adquirente el lugar, día y

horario de la entrega de la posesión. El com-

prador deberá constituir domicilio dentro del

radio del Juzgado y denunciar dentro del 3º

de realizado el remate el nombre de su even-

tual comitente, con los recaudos establecidos

en el art. 571 del CPCC. La eventual escritura

traslativa de dominio o inscripción por testi-

monio se cumplirá dentro de los treinta días

siguientes de acreditada la efectivización del

saldo de precio. Hácese saber al adquirente

que a los fines de la confección del testimo-

nio deberá dar estricto cumplimiento con lo

dispuesto por el art. 94 del decreto 466/99

reglamentario de la ley 17801 respecto de los

datos a incluirse en tal pieza. La escrituración

solo se cumplirá de ser requerida por el ad-

18 BOLETÍN OFICIAL Nº 33.443

quirente (doctr. Cod. Proc. Arts. 582 y 586)

por el escribano que él mismo proponga, en

tanto la venta es al contado. Hágase constar

adecuadamente en los edictos. Se hace sa-

ber a la ejecutante y al eventual comprador

que, para el caso de que el ejecutado no re-

vista el carácter de inscripto en el impuesto a

las ganancias, deberá abonarse el Impuesto

a la Transferencia de Inmuebles (ley 23095)

con el precio que se obtenga en el remate. A

tal efecto, será carga del adquirente realizar

las indagaciones pertinentes tendientes a

obtener constancia fehaciente de la situación

del ejecutado frente al impuesto a las ganan-

cias, como también denunciar la cuenta en la

cual debe depositarse el I.T.I. en el supuesto

en que deba efectuarse dicho pago. Dejase

expresamente aclarado que no se autorizará

el retiro de fondos, ni el libramiento de tes-

timonio u otra pieza para la inscripción del

inmueble, hasta tanto no se haya abonado

el mencionado impuesto o el Tribunal decida

que la venta no se encuentra alcanzada por

esa gabela. Se fijan para exhibición los días

24, 25 y 26 de Agosto en el horario de 15,00

a 17,00 hs.

Buenos Aires, 4 de agosto de 2016.

Hector Osvaldo Chomer Juez - Fernanda An-

drea Gomez Secretaria

e. 19/08/2016 N° 56175/16 v. 22/08/2016