N° 56175/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10
SECRETARÍA NRO. 20
Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 10, Secretaría Nº 20, sito en
Av. Callao 635 PB de esta Capital comunica
por Dos Días que en los autos caratulados:
“GALANTE BALDOMERO RUBEN c/DE LUCA
ENRIQUE FRANCISCO Y OTRO s/EJECUTIVO”
Ex. Nº 30887/2003, el martillero Carlos Coronas
rematará el día 1 de septiembre de 2016 a las
11:00 hs. en punto, en Jean Jaures 545 de esta
Ciudad, el 100% indiviso del inmueble sito en la
calle España 1507, Localidad de El Talar, Pdo.
de Tigre, Pcia. Bs. As., propiedad de Enrique
Francisco De Luca (LE 4.165.218) AD-CORPUS
y en el estado en que se encuentra. Según
constatación original y nueva constatación de
fs. 368/503, se trata de tres inmuebles de mate-
rial construidos sobre un mismo lote de terreno
sin subdivisión en propiedad horizontal. Uno
de ellos lo ocupa el Sr. Roberto Piquet, con su
esposa y un hijo. Consta de: cocina comedor,
un dormitorio y baño completo. Paredes de
material, techos de chapa y pisos de cemento.
La unidad siguiente es un monoambiente con
baño de similares características. Ocupado por
la suegra del Sr. Piquet, Sra. Celia Alvarez. La
tercer unidad, de ladrillos vista, se encuentra
construida en la esquina del lote y está ocu-
pada por un hijo del Sr. Piquet, quien ocupa
el inmueble con su pareja y un hijo menor de
edad. Consta de: Cocina comedor, dos dor-
mitorios y baño completo. Techos de chapa y
pisos de cemento. Todo en regular estado de
uso y conservación. Nom. Cat.: Circ. III; Sec. K;
Manz. 67 a; Parc. 20 Matrícula: 50797. BASE:
$ 300.000.- (fs. 514) SEÑA: 30%. COMISION:
3% ARANCEL: 0,25%. SELLADO: 1,2%. Todo
a cargo del comprador en el acto de la subasta.
El saldo de precio deberá ser depositado, den-
tro del plazo del 5º día de aprobado el remate
sin necesidad de otra notificación ni intimación,
bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art.
580 del CPCC. En caso de corresponder pago
de IVA por la presente compraventa, deberá
ser solventado por el comprador en el acto de
la subasta. DEUDAS: Munic. Tigre (fs. 498) al
2/11/15 $ 18.639,78. AySA (fs. 486) al 3/9/15
$ 456,71. Ag. Arg. (fs. 484) al 3/9/15 $ 5100,33.
OSN (fs. 480) sin deuda al 1/9/15. Arba (fs. 489)
al 14/9/15 $ 551,40. Expensas comunes no
existen, conforme constatación del martillero
de fs. 368. De acuerdo con la doctrina plenaria
dictada in re “Servicios Eficientes S.A. c/Yabra
Roberto I. del 18/9/99 en caso que las expen-
sas comunes no pudieran satisfacerse con el
producido de la subasta, no corresponderá
eximir al adquirente de su pago. Dentro de los
diez días corrientes de aprobada la subasta
el martillero deberá entregar la posesión al
adquirente, con independencia del estado de
ocupación del bien. Para ello deberá notificar
fehaciente y extrajudicialmente al adquirente el
lugar, día y horario de la entrega de la posesión.
Sección
El comprador deberá constituir domicilio dentro
del radio del Juzgado y denunciar dentro del 3º
de realizado el remate el nombre de su eventual
comitente, con los recaudos establecidos en el
art. 571 del CPCC. La eventual escritura trasla-
tiva de dominio o inscripción por testimonio se
cumplirá dentro de los treinta días siguientes de
acreditada la efectivización del saldo de precio.
Hácese saber al adquirente que a los fines de
la confección del testimonio deberá dar estricto
cumplimiento con lo dispuesto por el art. 94 del
decreto 466/99 reglamentario de la ley 17801
respecto de los datos a incluirse en tal pieza. La
escrituración solo se cumplirá de ser requerida
por el adquirente (doctr. Cod. Proc. Arts. 582 y
586) por el escribano que él mismo proponga,
en tanto la venta es al contado. Hágase constar
adecuadamente en los edictos. Se hace saber a
la ejecutante y al eventual comprador que, para
el caso de que el ejecutado no revista el carác-
ter de inscripto en el impuesto a las ganancias,
deberá abonarse el Impuesto a la Transfe-
rencia de Inmuebles (ley 23095) con el precio
que se obtenga en el remate. A tal efecto, será
carga del adquirente realizar las indagaciones
pertinentes tendientes a obtener constancia
fehaciente de la situación del ejecutado frente
al impuesto a las ganancias, como también de-
nunciar la cuenta en la cual debe depositarse
el I.T.I. en el supuesto en que deba efectuarse
dicho pago. Dejase expresamente aclarado
que no se autorizará el retiro de fondos, ni el
libramiento de testimonio u otra pieza para la
inscripción del inmueble, hasta tanto no se haya
abonado el mencionado impuesto o el Tribunal
decida que la venta no se encuentra alcanzada
por esa gabela. Se fijan para exhibición los días
24, 25 y 26 de Agosto en el horario de 15,00 a
17,00 hs.
Buenos Aires, 4 de agosto de 2016.
Hector Osvaldo Chomer Juez - Fernanda An-
drea Gomez Secretaria
e. 19/08/2016 N° 56175/16 v. 22/08/2016