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N° 60875/16 Aviso del Boletín Oficial

PRIMHER S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 25 de agosto de 2016

Texto del aviso

PRIMHER S.A.

Comunica que por Asamblea Extraordinaria del

22/08/2016 resolvió cambiar su denominación

por Concepto Móvil de Argentina S.A., modifi-

cando el artículo 1 del Estatuto Social. Asimis-

mo, resolvió modificar el artículo 3 referido al

objeto, el cual queda redactado del siguiente

modo: La sociedad tiene por objeto dedicarse

por cuenta propia, de terceros y/o asociada a

terceros, en el país o en el extranjero, a las si-

guientes actividades: (a) La prestación de ser-

vicios de valor agregado y actividades afines y

conexas, tales como implementación de ser-

vicios de marketing en medios digitales, venta

de espacios publicitarios para plataformas

electrónicas o portales de internet, provisión

de contenidos y aplicaciones para los mencio-

nados servicios, incluyendo pero sin limitarse

a: (i) desarrollo de aplicaciones móviles, (ii)

marcaciones SMS, (iii) marcaciones de voz y

(iv) portales móviles; (b) Desarrollo, creación,

compra y venta de software, así como todo

tipo de actos a través de medios electróni-

cos, incluyendo, pero sin limitarse a aquellas

aplicaciones o herramientas que puedan ser

utilizadas a través de un servidor de internet,

intranet, wap o a través de cualquier tipo de

aparato electrónico; (c) Prestar todo tipo de

servicios, incluyendo pero sin limitarse a servi-

cios de ventas, marketing en medios digitales,

optimización para motores de búsqueda, co-

municación multicanal, desarrollo de técnicas

de marketing, operación, supervisión, asis-

tencia, ingeniería, mantenimiento, consultoría,

mercadotecnia, publicidad, promoción, aseso-

ramiento, encuestas, administración, finanzas,

contabilidad, y de asesoría en general; (d)

Representar en la República Argentina o en el

extranjero en calidad de agente, factor, franqui-

ciatario, comisionista, mediador, representante

legal o mandatario a toda clase de personas hu-

manas o jurídicas, nacionales o extranjeras, así

como la prestación de servicios relacionados

con la investigación, evaluación, planeamiento,

mercadeo, desarrollo, promoción, coordina-

ción y asesoría en materia de software; (e) La

realización de todas las actividades relacio-

nadas con la preparación, impresión, edición,

comercialización de todo tipo de artículos pu-

blicitarios, incluyendo libros, revistas, folletos y

demás obras literarias, musicales, didácticas,

comerciales y/o artísticas por cuenta propia

o de terceros; (e) La publicidad en general

por cualquier medio, en cualquier forma y por

cualquier sistema; la producción, promoción y

comercialización de anuncios, medios gráficos

y de cualquier otro sistema de publicidad; la

elaboración y promoción de estudios de mer-

cado, mercadotecnia y similares y la prestación

de servicios publicitarios en general; (f) Inves-

tigación y realización de estudios económicos

para inversiones futuras en territorio nacional,

a beneficio propio o de terceros. La sociedad

podrá otorgar garantías o avales y garantizar

deudas a favor de terceros. Para el desarrollo

del objeto la sociedad podrá realizar activida-

des de importación, exportación, intervención

en licitaciones públicas o privadas, así como

cualquier actividad conexa con la anterior y/o

Sección

que sea necesaria a efecto de que la sociedad

pueda cumplir plenamente con su objeto so-

cial. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad

jurídica para adquirir derechos, contraer obli-

gaciones y ejercer los actos que no sean pro-

hibidos por las leyes o por este Estatuto. A su

vez, resolvió reformar el artículo 15 del Estatuto

a efectos de establecer que el ejercicio cierra el

31 de diciembre de cada año y aprobar el texto

ordenado del Estatuto Social.

Esteban Gramblicka Abogado Tº 54 F° 632

CFACP. Autorizado. Autorizado según instru-

mento privado Asamblea de fecha 22/08/2016

Esteban Daniel Gramblicka - T°: 54 F°: 632

C.P.A.C.F.

e. 25/08/2016 N° 60875/16 v. 25/08/2016