N° 60811/16 Aviso del Boletín Oficial
SURLAND TECHNOLOGIES S.A.
Texto del aviso
SURLAND TECHNOLOGIES S.A.
La asamblea del 20/10/14 modificó la cláusula
séptima ampliando de 1 a 3 el plazo de duración
del directorio y por vencimiento del mandato
reeligió Director Titular y Presidente a Christian
Eduardo SCHIANO, argentino, nacido el 3/3/63,
DNI 17032012, Licenciado en Economía, casa-
do, Peña 2794, piso 2 dpo A, CABA y Suplente a
Luis Armando CAVALLINI, argentino, nacido el
13/2/60, DNI 13663790, comerciante, casado,
Santiago del Estero 454, piso 6, dpto 26, CABA.
Aceptaron cargos con domicilios especiales
en Virrey Avilés 2855, CABA. El directorio el
8/10/15, resolvió cambiar la sede de Soldado
de la Independencia 788 a Virrey Avilés 2855,
CABA. La asamblea del 22/10/15 modificó el
objeto y la cláusula tercera: La Sociedad tiene
por objeto realizar las siguientes actividades:
generación y comercialización de energía eléc-
trica a partir de fuentes renovables; ingeniería,
construcción y desarrollo de plantas de energía
renovable y su comercialización. Investigación,
desarrollo, en el campo de la ingeniería, de
las ciencias exactas y naturales, experimenta-
les; creación, fabricación, ensamble, compra,
venta, distribución, franquicia, leasing, impor-
tación, exportación, locación y todo tipo de
explotación y/o comercialización de productos,
hardware, software, equipos, componentes pe-
riféricos, repuestos, accesorios e insumos de
sistemas de cibernética, computación, robóti-
ca, energías, alternativas o sustentables, y sus
ampliaciones tecnológicas y electrónicas, para
uso industrial, médico, comercial, contable y/o
de servicios. Capacitación, asesoramiento,
servicio técnico, dictado de cursos para la ope-
rabilidad de los diversos sistemas vinculados
con el objeto. Y modificando la cláusula cuarta
aumentó el capital en $ 650.000, de $ 60.000,
a $ 710.000.- Autorizado según instrumento
público Esc. Nº 74 de fecha 22/08/2016 Reg.
Nº 1420
Tomás Ignacio Young Saubidet - Matrícula: 2319
C.E.C.B.A.
e. 25/08/2016 N° 60811/16 v. 25/08/2016