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N° 61354/16 Aviso del Boletín Oficial

ESTANCIA SAN FRANCISCO S.A.

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES viernes, 26 de agosto de 2016

Texto del aviso

ESTANCIA SAN FRANCISCO S.A.

Inscripta bajo el Nº 1522, Fº 147, Lº 61, Tº A,

de Estatutos Nacionales ante el Juzgado de

Primera Instancia en lo Comercial de Registro,

con fecha 14.07.66; hace saber por un dia que

por decisión de la Asamblea General Extraordi-

naria de Accionistas de fecha 30.12.2015 se han

resuelto las siguientes modificaciones al esta-

tuto social: (i) Modificación del objeto social,

quedando redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tiene por

objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros

y/o asociada a terceros, dentro fuera de país,

las siguientes actividades: A) Trabajos rurales

como servicio de siembra, fumigaciones, cose-

cha, recolección de cereales y/o oleaginosas y

todo otro fruto de la agricultura. Explotación de

establecimientos agrícolas, ganaderos, tambe-

ros, forestales y de granja, cultivo extensivo y/o

intensivo de todo tipo de productos agrícolas,

cría y engorde o invernada de ganado menor

y mayor, tambo y avicultura, fruticultura, pu-

diendo extender hasta las etapas comerciales

e industriales de los productos derivados de

esa explotación, incluyendo la actividad de

matarife o abastecedor y todo lo relacionado

con la elaboración, conservación, fraccio-

namiento y envasado. Explotación de molinos o

instalaciones para la preparación de alimentos

para el ganado y las aves. Compra, venta, im-

portación, exportación, distribución, permuta,

consignación, mandato, remate, comisión

de fertilizantes, insumos, semillas, acopio,

agroquímicos, transporte y distribución de los

rubros mencionados ya sean estos de carác-

ter nacional o internacional. B) Compra, venta,

permuta, alquiler, representación, distribución,

consignación, importación y exportación de

maquinarias, insumos, repuestos, accesorios,

ya sean nuevos o usados y/o renovados. C)

Transporte o flete en general y especial de car-

ga, por vía terrestres, aérea, fluvial o marítima,

privado, dentro o fuera de país, mediante la

explotación de vehículos propios o de terceros,

de concesiones, licencias o permisos, naciona-

les, provinciales, interprovinciales, comunales,

intercomunales e internacionales. D) Compra,

venta, importación, exportación, arriendo o u

arriendo de camiones, camionetas, y automo-

tores en general, chasis, carrocerías, motores,

repuestos, sus implementos y accesorios. E) A

todo tipo de actividad concerniente en materia

inmobiliaria en cualquiera de sus formas. Podrá

adquirir, vender, arrendar, alquilar u subalquilar

todo tipo de inmueble comercial o para vivien-

da, propiedad horizontal, predio o sitio, estan-

cias campos y lotes como así también todo tipo

de bienes muebles registrables o no, ya sean

incluidos por accesión e los inmuebles a co-

mercializar o separados por su propia cuenta.

A fines de la concreción de su objeto social la

sociedad podrá contratar con entidades priva-

das y públicas, ya sea de carácter municipal,

provincial o nacional; intervenir en licitaciones

o concursos de precio e idoneidad, sean estas

privadas o públicas; celebrar contratos de com-

pra venta, alquiler, arrendamiento, leasing, fran-

Sección

quicias, fideicomisos- actuando como fiducian-

te, fiduciaria y/o beneficiaria-, locación de obra

y cualquier otro relacionado con la prestación

de servicios relativos al rubro, como si también

participar en fideicomisos o cualquier otra mo-

dalidad de financiación para construcción o co-

mercio de bienes muebles e inmuebles, o pres-

tación de servicios. Para la realización de sus

fines, la sociedad podrá efectuar todas aquellas

operaciones que se vinculen con el objeto so-

cial, tiene plena capacidad jurídica para adquirir

derechos y contraer obligaciones, pudiendo

desarrollar las actividades sociales sola o aso-

ciada a terceros, y ejercer los actos que no sean

prohibidos por las leyes o este contrato, como

así también participar en cualquier modalidad

de financiación para el comercio de bienes

muebles e inmuebles. Queda excluidas las ac-

tividades comprendidas en la Ley de Entidades

Financieras.” (ii) Incremento del capital social

en la suma de Pesos noventa y nueve mil no-

vecientos noventa y nueve ($ 99.999), mediante

la capitalización parcial de la cuenta Ajuste de

Capital, que surge del Estado de Evolución del

Patrimonio Neto correspondiente al ejercicio

cerrado al 30.06.2012. El artículo cuarto quedó

redactado de la siguiente manera: “ARTICULO

CUARTO: El capital social se fija en la suma de

pesos CIEN MIL ($ 100.000,00), representado

por cien mil acciones (100.000) de pesos UNO

($ 1,00) valor nominal cada una, ordinarias,

nominativas no endosables dela clase “A”, con

derecho a cinco (5) votos por acción. El capital

social puede ser aumentado por decisión de

la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo del

monto conforme lo establece el Art. 188 de la

ley 19.550.” (iii) Cambio de denominación de la

Sociedad, modificación del artículo primero del

estatuto social. Quedando redactado de la si-

guiente manera: “ARTICULO PRIMERO: La so-

ciedad se denominara ESTANCIA SAN FRAN-

CISCO SOCIEDAD ANONIMA, continuadora

de ESTANCIA SAN FRANCISCO SOCIEDAD

ANONIMA, AGROPECUARIA Y COMERCIAL,

constituida conforme al régimen establecido

en la ley 19.550, Capítulo II, Sección V, artículos

163 a 307 (texto ordenado Decreto 841/84). El

domicilio legal de la sociedad se fija en la ju-

risdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, pudiendo el Directorio establecer sucur-

sales, agencias, representaciones y delegacio-

nes en cualquier lugar de país o del extranjero,

siempre que así lo resuelvan los socios por

mayoría del capital presente.” (iv) Modificación

del artículo octavo del estatuto social, respecto

de la administración de la Sociedad, quedando

la misma a cargo de un directorio compuesto

entre un mínimo de uno y un máximo de siete

miembros con mandato por tres ejercicios. Pu-

diendo la asamblea designar suplentes en igual

o menor número que los titulares y por el mismo

plazo a fin de llenar las vacantes que se produz-

can en orden de su elección.” (v) Modificación

de la sede social, fijando la misma en la Calle

Paraguay 1353 de la Ciudad Autónoma de Bue-

nos Aires. (i) Modificación del artículo noveno

del estatuto social, respecto de la garantía de

los administradores; en tanto que el monto de

la misma no podrá ser inferior al sesenta por

ciento (60%) del monto del capital social en

forma conjunta entre todos los titulares desig-

nados. En ningún caso el monto de la garantía

podrá ser inferior en forma individual a pesos

diez mil ni superior a pesos cincuenta mil por

cada director. Autorizado según instrumento

privado Asamblea General de Accionistas de

fecha 30/12/2015

María Laura Barbosa - T°: 72 F°: 627 C.P.A.C.F.

e. 26/08/2016 N° 61354/16 v. 26/08/2016