N° 62309/16 Aviso del Boletín Oficial
CANLEMAR SL
Texto del aviso
CANLEMAR SL
CANLEMAR S.L. comunica la apertura de sucur-
sal extranjera en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, decidida mediante acta de directorio de
fecha 05/08/2016. Fija Sede social en la calle
Tte. Gral. Juan D. Perón Nº 555, Piso 2º, CABA.
Sin capital asignado. Cierre de ejercicio: 31/12.
Representante legal: Francisco Javier Vazquez
Cabana, Pasaporte Nº AAJ972717, español, ca-
sado, empresario, nacido el 11/01/1961, domicilio
real en Plaza do Conde nº 1, 3º N, 15600 Ponte-
deume, A Coruña, España y domicilio constituido
en la calle Tte. Gral. Juan D. Perón Nº 555, Piso
2º, CABA. Datos de inscripción: Canlemar SL, so-
ciedad de responsabilidad limitada, constituida el
17/09/1996, inscripta por ante el Registro Mercan-
til de A Coruña, España bajo Nº 1.846, Sección
General, Folio 50, Hola C-17.031, Inscripción 1º
con domicilio social en Polígono de Vidreiro, nú-
mero 4, 15600 Pontedeume, A Coruña, España.
Objeto Social: A) la comercialización, adquisición
y venta al por mayor y por menor de toda clase
de productos derivados de la construcción, así
como las actividades de distribución de los refe-
ridos productos, a través de venta directa, o me-
diante el establecimiento de tiendas minoristas,
centros de venta al por mayor, supermercados
e hipermercados, grandes almacenes y estable-
cimientos franquiciados; B) la realización de pro-
yectos de urbanismos, promoción, construcción,
uso, explotación, enajenación y arrendamiento de
obras públicas y privadas, edificios, viviendas, lo-
cales, naves industriales y comerciales, así como
obras de urbanización y la adquisición, parcela-
ción, saneamiento, explotación, transformación
y enajenación de toda clase de terrenos o fincas
rústicas o urbanas. Y con la misma amplitud, la
promoción, construcción, explotación, enajena-
ción y arrendamiento de viviendas de protección
oficial, o las de otra nomenclatura que legalmente
sustituya la anterior, con los beneficios estableci-
dos o que se establezcan para ellas en las leyes;
C) la realización por cuenta propia o ajena de todo
tipo de obras de construcción marítimas: draga-
dos y obras en puertos, construcción de muelles,
vertidos de escolleras, enrase para colocación de
bloques, y dragados en arenas para generación
de playas; D) servicio de asesoramiento técnico
dirigido al sector de la construcción, terrestre o
marítima; E) la explotación económica de buques
mercantes bajo cualquier modalidad que asegu-
re la disponibilidad sobre la totalidad del buque.
Todo ello podrá ser realizado por la sociedad, ya
directamente, ya indirectamente, mediante la titu-
laridad de acciones o participaciones en socieda-
des de objeto análogo o mediante cualesquiera
otras formas admitidas en derecho.
Autorizado según instrumento público Esc.
Nº 1510 de fecha 11/08/2016 Reg. Nº 364
Nicolas Ferla - T°: 115 F°: 788 C.P.A.C.F.
e. 30/08/2016 N° 62309/16 v. 30/08/2016