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N° 61968/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 13

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS martes, 30 de agosto de 2016

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 13

SECRETARÍA NRO. 26

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo

Comercial nº 13, a cargo del Dr. Fernando J. Peri-

llo, Secretaría n 26, a cargo del Dr. Julián Maidana,

sito en Marcelo T. Alvear 1840, 4º piso de esta Ca-

pital Federal, en los autos COM 66218/2009 - “LA

ECONOMIA COMERCIAL S.A. DE SEGUROS GE-

NERALES s/QUIEBRA” comunica por cinco días

que con fecha 16 de agosto de 2016, se decretó

la liquidación judicial de La Economía Comercial

S.A de Seguros Generales CUIT 30-50003912-0

con domicilio en la calle Av. Corrientes Nº 550 en-

trepiso y piso 1º de esta Ciudad de Buenos Aires

e inscripta en la I.G.J con fecha 17 de junio de

1889, bajo el número 61 del Libro 3º Folio 461 de

Sociedades Anónimas y en Registro de Entidades

de Seguros bajo el nº 054, resolución Nº 1250 de

fecha 16 de junio de 1948, siendo desinsaculados

como Delegados Liquidadores los Dres. Mabel

Iris Ferraro, Héctor Jorge García, María Cristina

Ubbriaco, Diana Novakovich y Ezequiel Cará con

domicilio en la calle Av. Belgrano Nº 926 PB de

esta ciudad y teléfono 4338-4000, ante quien los

acreedores deberán presentar las peticiones de

verificación y los títulos justificativos de sus crédi-

tos (art. 32 L.C.Q) hasta el día 25 de noviembre de

2016 de lunes a viernes, en el horario de 11 a 17

horas. Los Delegados Liquidadores presentarán

los informes previstos en los arts. 35 y 39 L.C.Q

los días 13 de febrero de 2017 y 30 de marzo de

2017 respectivamente. Se intima a la aseguradora

en liquidación y a los terceros que entreguen a

los liquidadores los bienes que tengan en su po-

der, al igual que los libros de comercio y demás

documentación relacionada con su contabilidad,

previniéndose a los terceros la prohibición de

hacer pagos a la misma bajo apercibimiento de

considerarlos ineficaces. Asimismo, se intima al

administrador de la entidad en liquidación para

que dentro del quinto día cumplimente la infor-

mación requerida por el art. 11 de la ley 24.522,

bajo apercibimiento de considerar su conducta

obstructiva y de ocultamiento patrimonial, proce-

diendo a iniciar las acciones legales pertinentes

encaminada a reconstruir patrimonialmente el

activo de la aseguradora. Deberá asimismo la

aseguradora constituir, en el plazo de 48 hs., do-

micilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo

por constituido en los estrados del Juzgado y que

cumplan en lo pertinente con los requisitos del

art. 86 segundo párrafo de la ley citada. El auto

que ordena el presente dice: “Buenos Aires, 16

de agosto de 2016 ...publíquense edictos por 5

(cinco) días en el Boletín Oficial... Fdo. Fernando J.

Perillo. Juez”. En la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, a los 26 del mes de agosto de 2016.-

JULIAN MAIDANA, SECRETARIO

FERNANDO J.PERILLO Juez - JULIAN MAIDA-

NA SECRETARIO

e. 30/08/2016 N° 61968/16 v. 05/09/2016