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N° 62496/16 Aviso del Boletín Oficial

MOVIMIENTOS LIBRES DEL SUR

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES miércoles, 31 de agosto de 2016

Texto del aviso

MOVIMIENTOS LIBRES DEL SUR

Distrito Corrientes

Juzgado Federal de Primera Instancia Compe-

tencia Electoral, Distrito Corrientes, a cargo del

Juez Federal, Dr. Carlos Vicente Soto Davila, Se-

cretaría Electoral a cargo del Dr. Carlos Alberto

Rausch, en los autos caratulados: “PARTIDO

MOVIMIENTOS LIBRES DEL SUR S/RECONO-

CIMIENTO DE PERSONALIDAD JURIDICO PO-

LITICA”, Expte. Nº C.N.E 5042921/1994, por el

termino de un (1) dia hace saber la Resolucion y

la nómina de NUEVAS AUTORIDADES del Parti-

do “MOVIMIENTOS LIBRES DEL SUR”- Distrito

Corrientes.

Corrientes, de agosto de 2016.-

VISTO: En este Expte. N° CNE 5042921/1994,

caratulado: “MOVIMIENTOS LIBRES DEL SUR

S/RECONOCIMIENTO DE PERSONALIDAD

JURIDICO POLITICA”, la documental presen-

tada y agregada de fs. 498/508, y CONSIDE-

RANDO: Que conforme se desprende de las

documentaciones de la Junta Electoral y órga-

nos competentes de la agrupación política de

autos, las elecciones internas para renovar las

autoridades partidarias, el proceso eleccionario

se desarrolló conforme las disposiciones de la

carta orgánica partidaria y las leyes electorales

vigentes y atento que se ha presentado una sola

lista para las elecciones convocadas, la Junta

Electoral del partido (Acta fs. 502), resuelve

proclamar a los integrantes de la misma.-

Que conforme lo expuesto, resulta que el pro-

ceso de las elecciones partidarias internas del

partido “MOVIMIENTOS LIBRES DEL SUR”

fueron realizadas en el marco de las disposicio-

nes legales vigentes.

Por ello y constancias de autos:

RESUELVO:

I) Tener por realizadas las elecciones internas

del partido “Movimientos Libres del Sur”, tener

por constituidas las nuevas autoridades del

mismo, conforme la nómina de fs. 509 que pasa

a formar parte de la presente.

18 Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.451

II) Solicitar su publicación en el Boletín Oficial Y CONSIDERANDO: I) Que la Constitución

de la Nación (Art. 31, Ley 23298).

Nacional define a los partidos políticos como

“instituciones fundamentales del sistema de-

III) Comunicar a la Excma. Cámara Nacional mocrático” (Artículo 38 C.N.). Por ello, establece

Electoral y Dirección Nacional Electoral.

que “su creación y el ejercicio de sus actividades

son libres dentro del respeto a la Constitución, la

IV) Regístrese y notifíquese.-

que garantiza su organización y funcionamiento

democráticos”. En este entendimiento, la Ley

“MOVIMIENTO LIBRES DEL SUR”

Orgánica de los Partidos Políticos 23.298, en

su artículo 7° bis Inc. “a” impone la cantidad de

DISTRITO CORRIENTES

afiliaciones válidas para obtener la personería en

forma definitiva como partido de distrito. Aquí

FECHA RECONOCIMIENTO: 23/12/94.-

resulta pertinente resaltar que el trámite previsto

Domic. partidario: Velez Sarsfield N° 1372.- por las disposiciones establecidas en el Art. 7°

bis de la mencionada Ley, no se establece solo

Apoderado/s:

en “interés de la ley”, sino en la necesidad de

1) Silvana Roció Lagraña – 31.568.928

que las agrupaciones políticas –en tanto son las

2) Dr. Gabriel Alejandro Romero – 13.693.221 encargadas de regir el destino de la vida políti-

ca nacional e instrumentos para designación

COMITÉ DE DISTRITO

de candidatos y para la formación y realización

1) Leticia GAUNA DNI N° 24.954.270.-

de las políticas del Estado- den cumplimiento

2) Daniel Nicolás URQUIDIZ DNI N° 14.236.095.- acabado de los requisitos normados a los fines

3) Gabriel Alejandro ROMERO DNI N° 13.693.221.- de obtener el reconocimiento legal que las habi-

Mandato: 17/07/2016 hasta 17/07/2020

lite a tales fines. II) Que, conforme lo expuesto,

quedó demostrado en autos que la agrupación

Corrientes, de agosto de 2016.-

política citada, acompañó fichas de afiliación en

CARLOS V SOTO DAVILA Juez - JUEZ FEDE- cantidad suficiente, pero una vez verificada la va-

RAL DE 1 º INSTANCIA CORRIENTES CARLOS lidez de las mismas por este Tribunal, resultaron

VICENTE SOTO DAVILA Juez - JUEZ FEDERAL insuficientes para completar la cantidad de afi-

DE 1º INSTANCIA

liaciones mínimas que para este Distrito exige la

Ley Orgánica de los Partidos Políticos N° 23.298 e. 31/08/2016 N° 62496/16 v. 31/08/2016

(4.000 afiliaciones), en el plazo de 150 días corri-