N° 63140/16 Aviso del Boletín Oficial
SPI ENERGY S.A.
Texto del aviso
SPI ENERGY S.A.
Por Esc Pub. 1032 del 29/08/2015 se protocolizó
la Asamblea de Accionistas del 24/08/2016 de
“SPI Energy S.A.” se resolvió reformar el artículo
Tercero del Objeto social, para que quede re-
dactado de la siguiente ARTICULO TERCERO:
OBJETO: La Sociedad tiene por objeto llevar a
cabo por sí, por intermedio de terceros o asocia-
da a terceros, en el país o en el extranjero, las
siguientes actividades: i) la generación, produc-
ción, transformación, transporte, distribución y
comercialización de energía eléctrica en todas
sus formas, explotación u operación de centra-
les térmicas, hidroeléctricas o de cualquier otra
fuente, propia o de terceros, para la generación
y producción de energía eléctrica en todas sus
variantes y su comercialización en los diferentes
mercados, a cuyo efecto podrá realizar cualquier
otra operación complementaria y subsidiaria de
su actividad o que resulte necesaria para facili-
tar la consecución de su objeto; ii) Importación
y Exportación de materias primas y todo tipo
de bienes, productos derivados y maquinarias
relacionadas con el objeto social; iii) Prestación
y provisión de servicios de asistencia, mante-
nimiento, operación, administración y aseso-
ramiento de personas físicas o jurídicas; para
ello la sociedad tiene, plena capacidad jurídica
para adquirir derechos y contraer obligaciones y
ejercer todos los actos que no le sean prohibidos
por las leyes o estos estatutos; y iv) al estudio,
exploración y explotación de yacimientos de hi-
drocarburos sólidos, líquidos, gaseosos y/o de
cualquier clase y demás minerales y sus respec-
tivos derivados directos e indirectos, incluyendo
productos petroquímicos, químicos derivados o
no de hidrocarburos y combustibles de origen
no fósil, biocombustibles y sus componentes;
así como su almacenaje, industrialización, trans-
porte y/o comercialización, a cuyo efecto se en-
contrará facultada para procesarlos, refinarlos,
comprarlos, venderlos, permutarlos, importarlos,
exportarlos y, en general, realizar cualquier tran-
sacción u operación complementaria, accesoria
o vinculada a su actividad; a tales efectos la
Sociedad tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derechos, contraer obligaciones, inclu-
yendo pero sin limitarse a afianzar obligaciones
propias o de terceros, y efectuar todos los actos
que no sean prohibidos por las leyes quedando
expresamente excluidas las operaciones de la
Ley de Entidades Financieras y toda aquella que
requiera el concurso del ahorro público. Autori-
zado según instrumento público Esc. Nº 1032 de
fecha 29/08/2016 Reg. Nº 553
Jorge Alejandro Nuñez - T°: 214 F°: 204
C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 01/09/2016 N° 63140/16 v. 01/09/2016