N° 61641/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO FEDERAL DE CONCEPCIÓN
Texto del aviso
JUZGADO FEDERAL DE CONCEPCIÓN
DEL URUGUAY NRO. 1
SECRETARÍA PENAL NRO. 1
ENTRE RÍOS
S.S. el Sr. Juez Federal de Primera Instancia
de la ciudad de Concepción del Uruguay, Pro-
vincia de Entre Ríos, Dr. Pablo Andrés Seró,
en la causa Nº FPA2645/2015-MGF, caratula-
dos: “ZDZYLOWSKI REARTE, PABLO DANIEL
EDUARDO s/USO DE DOCUMENTO ADULTE-
RADO O FALSO (ART. 296) FALSIFICACION
DOCUMENTACION AUTOMOTOR”, cita, lla-
ma y emplaza por el término de Cinco días,
Sucesiones
JUZGADOS NACIONALES
Publicación extractada (Acordada
partir de la fecha de primera publicación a herederos
días comparezcan a estar a derecho conforme
Fecha Edicto
13/11/2014 RAFAEL
01/07/2015 ANCERI
10/06/2016 JOSEFA
12/07/2016 MARQUES
18/12/2015 GONZALEZ
10/08/2016 JUAN EDUARDO
23/08/2016 RODRIGUEZ
24/08/2016 NEGRI ROBERTO
20/11/2013 ISJAQUI
JUZGADOS NACIONALES
Publicación extractada (Acordada
partir de la fecha de primera publicación a herederos
días comparezcan a estar a derecho conforme
Fecha Edicto
18/08/2016 SUSANA
Sección
al ciudadano ZDZYLOWSKI REARTE PABLO
DANIEL EDUARDO, DNI Nº 24.675.331, con
posibles domicilios en calles: a) Valparaíso
Nº 428 Dpto Nº 2 de la localidad de Rosario;
b) Independencia Nº 404, de la localidad de
Alcorta; c) Diaz Vélez Nº 246 de la localidad
de Rosario (sería el domicilio de la Madre),
todos estos de la Provincia de Santa Fe (tel.
0341-4303528 // 3415-955734), para que en el
plazo improrrogable de cinco días a contar de
la última publicación, comparezca ante este
Tribunal, Secretaría Penal Nº 1, a prestar de-
claración indagatoria en el marco de la causa
referenciada. De forma previa a la recepción
de declaración indagatoria, y conforme lo pre-
ceptuado por el Art. 197 del Código Procesal
Penal, deberá proponer abogado defensor,
comunicándole de que en caso de que así no
lo hiciere o el defensor propuesto no aceptare
inmediatamente el cargo, se le designará de
oficio al Sr. Defensor Oficial del Tribunal, con-
forme lo prescripto por el Art. 107 del referido
Código Procesal. Concepción del Uruguay,
23 de Agosto de 2016. Pablo Seró Juez - José
María Barraza Secretario Penal Federal
e. 29/08/2016 N° 61641/16 v. 02/09/2016