N° 63491/16 Aviso del Boletín Oficial
LANDA IN TEC S.R.L.
Texto del aviso
LANDA IN TEC S.R.L.
COMPLEMENTARIO AVISO del 19/07/2016 TI
50601/16. ESCRITURA 122 del 25.08.2016.
Ante observación IGJ. sobre OBJETO SOCIE-
TARIO se da nueva nueva redacción al mismo el
que así queda conformado: La sociedad tiene
por objeto dedicarse en cualquier parte de la
República Argentina o del extranjero por cuenta
propia, de terceros o asociada a terceros, a las
siguientes actividades: Compra, venta, permu-
ta, administración, construcción y explotación
de inmuebles urbanos o rurales en todas las
modalidades existentes o a crearse, inclusive
las relacionadas con la propiedad horizontal;
proyecto y/o construcción total o parcial de in-
muebles; sin limitación de tipo, clase, destino o
especialidad y cuando en razón de la materia la
actividad haya sido reservada por la legislación
vigente a profesionales con título habilitante, la
sociedad la efectuará por medio de éstos. Pro-
cesamiento de datos, desarrollo de sistemas
informáticos. Ejercicio de representaciones,
comisiones, consignaciones y mandatos en
general, la intermediación inmobiliaria de todo
tipo, arrendamiento, locación, leasing, loteo,
urbanización y administración de toda clase
de bienes inmuebles y todas las operaciones
comprendidas en las leyes y reglamentaciones,
incluso las sometidas al régimen de preho-
rizontalidad. Compra, venta, arrendamiento,
importación, exportación, fabricación, elabo-
ración, reparación de maquinarias, materiales
e insumos y servicios complementarios para
todo tipo de obras. Para el cumplimiento de su
objeto la Sociedad tiene plena capacidad jurí-
dica para adquirir derechos y contraer obliga-
ciones pudiendo contratar con personas físicas
o jurídicas, así como con el Estado Nacional,
Provincial o Municipal, ya sea en forma directa
o a través de Organismos Públicos y/o privados
y/o mixtos. Podrá participar en Licitaciones
Públicas o Privadas o Concursos de Precios
llamados por el Estado Nacional, Provincial
de cualquier provincia, Municipal de cualquier
municipio, de Entes Autárquicos, Autónomos o
descentralizados, de Sociedades del Estado,
Mixtas o con participación Estatal. No podrá
realizar las operaciones comprendidas en la ley
21.526, o cualquier otra que se dicte en el futuro
en su reemplazo o que requiera la intermedia-
ción con el ahorro público; pudiendo para el
mejor cumplimiento de sus fines realizar todos
los actos y contratos que se relacionen directa
o indirectamente con su objeto. A tal fin la so-
ciedad tiene plena capacidad jurídica para ad-
quirir derechos, contraer obligaciones y ejercer
los actos que no sean prohibidos por las leyes
o por este estatuto. ARTICULO QUINTO: La
administración, representación legal y uso de la
firma social estará a cargo de uno o mas geren-
tes, socios o no, en forma individual e indistinta,
quienes actuarán por el término de duración del
contrato social. Autorizado según instrumento
público Esc. Nº 122 de fecha 25/08/2016 Reg.
Nº 1341
JOSE DOMINGO MANGONE - Habilitado
D.N.R.O. N° 2678
e. 02/09/2016 N° 63491/16 v. 02/09/2016