W20 Argentina W20Argentina

N° 63807/16 Aviso del Boletín Oficial

ORGANIZACION LOGICA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA viernes, 2 de septiembre de 2016

Texto del aviso

ORGANIZACION LOGICA S.R.L.

Por Escr. N° 166 del 26/08/2016, F° 661, Re-

gistro 2136, Cap. Fed., se transcribió lo re-

suelto en Acta de Reunión de Socios N° 25 del

15/06/16 y Acta de Reunión de Socios N° 27 del

23/08/2016: a) Renuncia al cargo de Gerente de

Juan Carlos Laplace, DNI 4.428.555; b) Cambio

de Sede Social a la calle Pacheco de Melo 2131,

1° piso, dpto. “A”, CABA, sin que ello implique

reforma del estatuto; c) Modificación de la cláu-

sula 4° del estatuto, la que queda redactada de

la siguiente manera: “Artículo 4. La sociedad

tiene por objeto dedicarse por cuenta propia,

de terceros o asociada a terceros, en el país y

en el extranjero las siguientes actividades: A)

Enajenación, compra venta, importación y ex-

portación, permuta, alquiler, renta, o leasing de

equipamiento tecnológico y maquinaria, inclui-

da maquinaria agrícola. B) Servicios de consul-

toría y administración. C) Recibir, administrar,

conceder y ejecutar toda clase de mandatos

y/o comisiones comerciales de terceros, sean

estas personas físicas o jurídicas por su cuenta

y orden. D) Otorgar préstamos a largo, corto y

mediano plazo, con o sin garantías reales o per-

sonales, con interés y/o cláusulas de reajuste

para diversos destinos, excluyéndose las ope-

raciones comprendidas en la ley de entidades

financieras. A tales fines la sociedad tiene plena

capacidad jurídica para adquirir derechos, con-

traer obligaciones, inclusive las prescriptas por

el Artículo 375 del Código Civil y Comercial de

la Nación, y para ejercer todos los actos que

no estén prohibidos por las leyes o por este

contrato” y; d) Modificación de la cláusula 7°

del Estatuto en lo referente a las mayorías ne-

cesarias para la toma de decisiones del Órgano

Social pasando de requerir la unanimidad en

todos los supuestos a la mayoría absoluta para

la modificación del contrato social y, las demás

resoluciones que no importen modificación del

contrato, la designación y revocación de geren-

tes, se adoptarán por mayoría de capital pre-

sente. Autorizado según instrumento público

Esc. Nº 166 de fecha 26/08/2016 Reg. Nº 2136

Mariano Jose Riganti - Matrícula: 5488 C.E.C.B.A.

e. 02/09/2016 N° 63807/16 v. 02/09/2016