N° 65304/16 Aviso del Boletín Oficial
CLUB DE GIMNASIA Y ESGRIMA
Texto del aviso
CLUB DE GIMNASIA Y ESGRIMA
ASOCIACION CIVIL
Señor Consocio: La Comisión Directiva del Club
de Gimnasia y Esgrima convoca a los Sres.
Socios a la Asamblea General Extraordinaria a
celebrarse el día 28 de setiembre de 2016, a las
19,00 hs, en la Sede Dr. Ricardo C. Aldao, sita
en la calle Bartolomé Mitre 1149 y/o Tte. Gral.
Juan D. Perón 1154, C.A.B.A., para considerar y
resolver el siguiente: ORDEN DEL DIA. 1. Desig-
nación de dos (2) socios para firmar el Acta de
la Asamblea conjuntamente con el Presidente
y Secretario. 2. Aprobación en particular de
los artículos que se proponen reformar: 2.1.
Artículos que se modifican: Artículo 43º inciso
d): Texto actual: Presentar anualmente la Me-
moria y Balance al día 30 de junio, ante el or-
ganismo oficial correspondiente, publicándola
en lugares en formas visibles de las sedes del
Club y cada dos años ambos ejercicios ante la
Asamblea General Ordinaria para su conside-
ración. Texto propuesto: Presentar anualmente
la Memoria y Balance al día 30 de junio, ante el
organismo oficial correspondiente, publicándo-
la en lugares en formas visibles de las sedes del
Club y anualmente ante la Asamblea General
Ordinaria para su consideración. Artículo 99º:
Texto actual: La Asamblea Ordinaria se cele-
brará cada dos años, el mismo en que se reali-
cen elecciones, dentro de los noventa días del
cierre del ejercicio económico que se opera el
treinta de junio. Tendrá por objeto considerar la
Memoria, Inventario y Balance que presentará
Sección
la Comisión Directiva y pronunciarse sobre am-
bos ejercicios. Texto propuesto: La Asamblea
Ordinaria se celebrara todos los años, dentro
de los ciento veinte días del cierre del ejercicio
económico que operara el trato de junio. Tendrá
por objeto considerar la Memoria, Inventario y
Balance que presentará la Comisión Directiva y
pronunciarse sobre el mismo. NOTA: Art. 109°:
Para asistir y votar en las Asambleas se requie-
re cumplir con todas las condiciones del Art.
75° y estar incluido en el padrón. Art. 75°: Para
votar se requiere: a) Tener no menos de 18 años
de edad y 3 años de antigüedad continuada e
inmediata como socio al día de la Asamblea; b)
No tener deuda alguna con el Club por ningún
concepto hasta el último día del mes prece-
dente inclusive y c) No estar suspendido en los
derechos de socio. Art. 108°: Las Asambleas se
celebrarán con los socios que estén presentes
media hora después de la fijada en la convo-
catoria, cuando antes no se hubiese reunido
la mitad más uno de los socios con derecho a
voto. Esta convocatoria se hará por medio de
circulares y avisos que se publicarán una vez en
el Boletín Oficial y en lugar y formas visibles en
todas las Sedes del Club en forma permanente,
con una anticipación no menor a quince días
de la fecha de realización del acto. Art. 104°: En
las Asambleas no podrán tratarse asuntos que
no se hallen incluidos en el Orden del Día. Art.
106°: Todas las resoluciones de las Asambleas
serán tomadas por mayoría de votos emitidos,
salvo los casos que este Estatuto disponga ex-
presamente mayorías especiales.
Designado según instrumento privado acta
Comision Directiva nro. 26 de fecha 20/10/2014
jose luis palmisciano - Presidente
e. 08/09/2016 N° 65304/16 v. 08/09/2016