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N° 65013/16 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES jueves, 8 de septiembre de 2016

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL

BAHÍA BLANCA - BUENOS AIRES

EDICTO

La Señora Juez de Ejecución Penal del Tribunal

Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca,

dra. Beatriz E. Torterola, sito en calle Chiclana

nº 402 de la misma ciudad, de conformidad con

lo previsto por el art. 500 C.P.P.N., publica por

tres (3) días la parte resolutiva de la sentencia

dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Fe-

deral de Bahía Blanca, contra HUGO ISIDRO

RIVERO, DNI. 12.070.781, hijo de Hugo Flo-

rencio y de Matilde Ivanoff, nacido en Bahía

Blanca, provincia de Buenos Aires, el 15 de

Enero de 1958; la que textualmente dice: “///

hía Blanca, 3 de junio de 2016.- Y VISTOS:…

RESULTA:… Y CONSIDERANDO:... RESUELVE:

... 1ro.) CONDENANDO a Hugo Isidro RIVERO,

cuyas demás circunstancias personales son de

figuración en autos, a la PENA de DOS (2) de

AÑOS DE PRISIÓN e inhabilitación absoluta

perpetua, por considerarlo autor penalmente

responsable del delito de peculado previsto en

el art. 261 del Código Penal, como cometido

Jueves 8 de septiembre de 2016

en la Sucursal del Banco Nación de la ciudad

de Punta Alta, provincia de Buenos Aires, los

días 1 y 2 del mes de noviembre de 2012, deján-

dose en suspenso el cumplimiento de la pena

privativa de la libertad impuesta, en virtud de

que, tratándose de primera condena a prisión,

concurren las demás condiciones exigidas a tal

fin por el art. 26 del Código Penal, tal como se

explicitara supra en el Considerando Tercero de

este pronunciamiento. CON COSTAS (arts. 26,

29 inc. 3º; 40, 41 y 261 del Código Penal y arts.

399 y concordantes y 530 del C.P.P.N.). Déjase

expresa constancia que se imprimió al presente

el trámite de juicio abreviado previsto en el art.

431 bis del C.P.P.N. 2do.) IMPONIENDO… 3ro.)

REGULANDO los honorarios profesionales…

4to.) DISPONIENDO que se notifique a las par-

tes haciéndose entrega de fotocopia certificada

de la presente… REGÍSTRESE, notifíquese,

cúmplase con lo dispuesto en las Acordadas

15/2013 y 24/2013 de la C.S.J.N. y, consentida

o ejecutoriada que sea, pasen los autos a la

señora Juez de Ejecución del Tribunal (art. 493

C.P.P.N.). FIRMADO: JUAN LEOPOLDO VELAZ-

QUEZ- RAUL H. FERNÁNDEZ OROZCO- BEA-

TRIZ E. TORTEROLA. Ante Mi: ALEJANDRO C.

ROMERO- Secretario de Cámara).-

Bahía Blanca, de septiembre de 2016.-

MARIA CECILIA YAPUR, Secretaria de Ejecu-

ción Penal

Beatriz E. Torterola Juez - Maria Cecilia Yapur

Secretaria de Ejecución Penal

e. 08/09/2016 N° 65013/16 v. 12/09/2016