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N° 66091/16 Aviso del Boletín Oficial

CHPM S.R.L.

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES viernes, 9 de septiembre de 2016

Texto del aviso

CHPM S.R.L.

Por escritura 586, folio 2036 del 5/9/2016 Re-

gistro 776 CABA se constituyó “CHPM S.R.L.”:

(1) a. Dow AgroSciences Argentina S.R.L., con

domicilio legal en Blvd. Cecilia Grierson 355,

Piso 26°, CABA, una sociedad de Responsa-

bilidad Limitada inscripta ante la Inspección

de Justicia con fecha 28 de diciembre de 1989

bajo el Número 9534 del Libro 107 Tomo A de

Sociedades Anónimas y cuya transformación

ha sido inscripta ante la Inspección General de

Justicia con fecha 11 de abril de 2016 bajo el

Número 2625 del Libro 148, Tomo – de S.R.L. b.

PBBPolisur S.R.L. con domicilio legal en Blvd.

Cecilia Grierson 355, Piso 25°, CABA, una so-

ciedad de Responsabilidad Limitada inscripta

ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia

en lo Comercial de Registro con fecha 16 de

junio de 1976 bajo el Número 1.370 del Libro 84

Tomo A de Sociedades Anónimas, cuya trans-

formación ha sido inscripta ante la Inspección

General de Justicia con fecha 30 de diciembre

de 2015 bajo el Número 11647 del Libro 147,

Tomo – de S.R.L. (2) Duración: 99 años. (3) Ob-

jeto: Tiene por objeto realizar, por cuenta propia

o ajena, en forma independiente o asociada a

terceros, dentro o fuera de la República Argen-

tina, las siguientes actividades: a) Industriales

y Comerciales: dedicarse a la realización de

actividades agropecuarias en general, inclu-

yendo pero sin estar limitada a las siguientes:

venta, compra, producción, distribución, frac-

cionamiento, consignación, depósito, formu-

Viernes 9 de septiembre de 2016

lación, packaging, importación y exportación

de productos agropecuarios y agroquímicos,

sean estos herbicidas, insecticidas, fungicidas,

aditivos u otros, fertilizantes, inoculantes y se-

millas de todo tipo e insumos agropecuarios

vinculados con la aplicación de agroquímicos y

fertilizantes, prestación de servicios en general

relacionados con la aplicación de agroquímicos

y fertilizantes, acondicionamiento de granos,

compra y venta de equipos y maquinaria rela-

cionada con la actividad agropecuaria, compra

y venta y producción, distribución, fraccio-

namiento, consignación, depósito, importación

y exportación de cereales, oleaginosas, frutos

del país, productos agropecuarios y plantacio-

nes de olivos, venta, compra, producción, dis-

tribución, fraccionamiento, formulación, pac-

kaging, consignación, depósito, importación

y exportación de aceites de todo tipo, como

por ejemplo pero sin limitarse a oliva, girasol,

etc., y la realización de todo tipo de operacio-

nes financieras, incluyendo el otorgamiento de

préstamos con o sin garantía vinculados con

su operatoria comercial, excluyéndose las ope-

raciones comprendidas en la ley de entidades

financieras y toda otra que requiera el concurso

del público. Para su cumplimiento, la sociedad

tendrá plena capacidad jurídica para realizar

todo tipo de actos y operaciones y celebrar

todos los contratos que se relacionen directa

o indirectamente con aquél. En suma, podrá

realizar todo acto conexo y afín sin que esta

enunciación sea limitativa o restrictiva y en caso

de ambigüedad, esta cláusula será interpretada

de manera que queden ampliadas, más bien

que restringidas sus atribuciones, quedando

plenamente facultada la sociedad a realizar to-

das las operaciones, actos y contratos civiles,

comerciales sin más límite que lo permitido por

ley; y b) Financieras: mediante aportes de ca-

pitales a sociedades o empresas constituidas

y/o a constituirse dentro de las limitaciones pre-

vistas en la Ley 19.550 y a personas para ope-

raciones realizadas o a realizarse, operaciones

de préstamo con intereses y financiaciones de

créditos en general, así como la compra venta

y negociación de títulos, acciones, debentures

y toda clase de valores mobiliarios y papeles

de crédito de cualquiera de los sistemas o mo-

dalidades creadas o a crearse, excluyéndose

las operaciones comprendidas en la ley de

entidades financieras y toda otra que requiera

el concurso del público. Para su cumplimiento,

la sociedad tiene plena capacidad jurídica para

adquirir derechos, contraer obligaciones y ejer-

cer todos los actos que no sean prohibidos por

las leyes o por este estatuto y que se relacionen

directa o indirectamente con aquél. (4) Capital:

TREINTA MIL PESOS ($ 30.000) representado

por 3.000 cuotas, de $ 10 valor nominal cada

una y de un voto. (5) La administración y repre-

sentación legal de la sociedad corresponderá

a uno o más gerentes, socios o no, entre un

mínimo de 1 y un máximo de 5 quienes po-

drán actuar en forma individual e indistinta y

podrán ser elegidos por tiempo determinado

o indeterminado. (6) GERENTE TITULAR: Lino

Alberto Palacio quien acepta expresamente el

cargo y constituye domicilio especial en Blvd.

Cecilia Grierson 355, Piso 25°, CABA. GEREN-

TE SUPLENTE: Gastón Remy quien acepta

expresamente el cargo y constituye domicilio

especial en Blvd. Cecilia Grierson 355, Piso 25°,

CABA. Ambos Gerentes han sido designados

por el plazo de 3 años. Sindicatura: Prescinde.

(7) Estados Contables: ejercicio social cierra el

31 de diciembre de cada año. (8) Sede Social:

Blvd. Cecilia Grierson 355, Piso 25°, CABA. Au-

torizado según instrumento público Esc. Nº 586

de fecha 05/09/2016 Reg. Nº 776

Lorena Aimo - T°: 76 F°: 604 C.P.A.C.F.

e. 09/09/2016 N° 66091/16 v. 09/09/2016