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N° 65887/16 Aviso del Boletín Oficial

GESTORIA BIANCA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 9 de septiembre de 2016

Texto del aviso

GESTORIA BIANCA S.A.

Comunica por Acta de Asamblea General Ex-

traordinaria de fecha 14/07/2016 se resolvió:

i) Reformar la cláusula PRIMERA del Estatuto

Social: “ARTICULO PRIMERO: Bajo la denomi-

nación de CARBALLO Y ASOCIADOS Estudio

Jurídico S.A., continúa funcionando la sociedad

Gestoría Bianca S.A. Tiene su domicilio legal en

jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires, pu-

diendo por resolución del directorio establecer

sucursales, agencias y toda clase de represen-

taciones en cualquier punto del país”. ii) Modi-

ficar la cláusula TERCERA del Estatuto Social:

“ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por

objeto la prestación de servicios profesionales a

terceros, en el orden jurídico, económico, finan-

ciero, impositivo y cualquier otro de competen-

cia de los profesionales que la integran. A tales

efectos, la sociedad con relación a terceros, di-

rectamente a través de sus accionistas o de sus

colaboradores o asociada con profesionales o

estudios integrados por profesionales de disci-

plinas afines, podrá realizar todos los servicios

profesionales relacionados con la profesión de

abogado. De manera conexa podrá: a) ejercer

mandatos ante autoridades administrativas

y judiciales, con relación a asuntos y juicios

contenciosos y voluntarios, de cualquier natu-

raleza; b) representar a inversores nacionales

y extranjeros en sociedades y empresas cuyas

actividades se desarrollaren dentro o fuera del

país; c) ejercer mandatos generales o especia-

les a los fines de la celebración de contratos

de cualquier naturaleza; asistir a asambleas de

socios y accionistas; asesorar en la compra y

venta de establecimientos comerciales e in-

dustriales, cuotas, acciones y participaciones

en sociedades, con o sin contratación o par-

ticipación de profesionales ajenos a la socie-

dad; d) producir dictámenes respecto de tales

operaciones, en cuanto a conveniencia, precio,

modalidades, resguardos, garantías y demás

condiciones; e) redactar contratos y asesorar

respecto de la celebración y perfeccionamien-

to de actos jurídicos y contratos de cualquier

naturaleza, en especial, de constitución de

sociedades, sus modificaciones, disoluciones y

liquidaciones, disposición y administración de

bienes muebles e inmuebles, urbanos y rurales,

semovientes, valores mobiliarios, acciones y

derechos de cualquier naturaleza; f) asesorar

en materia impositiva y empresaria; g) ejercer

cualquier cargo atribuido por resolución judi-

cial, a cuyo ejercicio habilite la profesión de sus

accionistas; h) en general, realizar para terceros

toda prestación de servicios vinculados con la

profesión de sus accionistas; e i) compra de

cartera crediticia o derechos litigiosos”. iii) Se

resolvió modificar la EL ARTÍCULO SEXTO, que

establece que se excluye de la limitación de

responsabilidad derivada del tipo social, toda

obligación o responsabilidad asumida en el

ejercicio de la profesión de abogados de los ac-

cionistas. iv) Reformar el ARTÍCULO NOVENO,

la dirección y administración de la sociedad

estará a cargo de un directorio integrado por el

número de miembros que fije la asamblea entre

un mínimo de uno y un máximo de nueve, con

mandato por tres ejercicios y la representación

legal y uso de la firma social corresponde al

presidente o al vicepresidente indistintamen-

te. Autorizado según instrumento público Esc.

Nº 189 de fecha 01/09/2016 Reg. Nº 533

Ricardo Galarce - Matrícula: 5139 C.E.C.B.A.

e. 09/09/2016 N° 65887/16 v. 09/09/2016